ARTÍCULO Nº 836 (CVE: BOME-A-2021-836) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5887 - martes, 17 de agosto de 2021 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD
Resolución nº 846 de fecha 11 de agosto de 2021, relativa a bases de la convocatoria del concurso "Mejor Rinconcito de Feria 2021".
La Excma. Sra. Consejera de
Educación, Cultura, Festejos e Igualdad, mediante Resolución núm. 2021000846 de
fecha 11 de agosto de 2021, ha resuelto lo siguiente:
La publicación de la
siguiente Convocatoria del CONCURSO “MEJOR RINCONCITO DE FERIA 2021” y el inicio del período de
presentación de solicitudes conforme a las siguientes
BASES
1º.- Podrán participar en
este concurso todos los establecimientos de hostelería (Bares, Restaurantes
Tabernas, Asociaciones, Entidades, etc.) que posean su propio ambigú en la
ciudad de Melilla.
2º.- La temática será libre.
Se deberá decorar con elementos decorativos que hagan referencia a la Feria y
su ambiente. (Ejemplo: farolillos, macetas, mantones, etc). La terraza y/o
local deberá estar adornado para disfrute de los ciudadanos mínimo desde el 24
al 29 de agosto, ambos inclusive.
3º.- Se podrán utilizar
cualquier material para su confección (madera, pintura, papel, lonas, etc). La
inscripción se podrá realizar a través del correo electrónico certamenescultura@melilla.es.
En el email deberá constar el nombre completo del participante, DNI del
participante, certificado de la cuenta corriente bancaria en la que figure como
titular y ubicación del establecimiento. Una vez recibido el correo
electrónico, se enviará un acuse de recibo que confirme la participación en el
concurso.
4º.- El plazo para la
inscripción comenzará en el momento de la publicación en el BOME de la presente
convocatoria y finalizará el día 24 de agosto a las 10:00 horas.
5º.- Jurado. El Órgano
Colegiado competente para efectuar la propuesta de concesión de los premios
estará constituido por un Jurado integrado por la Consejera de Educación,
Cultura, Festejos e Igualdad o persona en quien delegue, que actuará como
Presidente, y por un número impar de profesionales o expertos de prestigio en
cuanto a conocimiento de montajes de casetas, decoración y conocimientos
artísticos.
Actuará como Secretario del
Jurado, con voz y sin voto, el Secretario Técnico de la Consejería de
Educación, Cultura, Festejos e Igualdad, u otro funcionario habilitado para dar
fe de las actuaciones.
La designación del Jurado se
efectuará mediante Orden de la Consejera de Educación, Cultura, Festejos e
Igualdad y su composición podrá hacerse pública en el momento de la emisión del
fallo.
6º.- La visita del jurado se
producirá el día 24 y/o 25 de agosto, previa a la celebración de la feria en
honor a la Patrona de Melilla, Ntra. Sra De la Victoria.
7º.- Criterios de
valoración. El Jurado puntuará a los candidatos en función a la decoración,
ingenio, innovación, colorido, ambiente y estética en relación con la temática
del concurso.
8º.- Fallo. El fallo del
Jurado será inapelable y se hará público a través de las redes sociales de la
Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad durante la celebración de
las Fiestas Patronales.
9º.- Se concederán, a juicio
del Jurado, los siguientes premios:
1º.
premio 900 € + trofeo
2º.
premio 800 € + trofeo
3º.
premio 700 € + trofeo
Al importe de dichos premios
se les aplicará las retenciones previstas en la vigente legislación.
10º.- Los premios podrán ser
declarados desiertos si no reúnen una calidad mínima según el jurado.
11º.- Para cualquier
información adicional del presente CONCURSO, el teléfono de contacto es
95.269.92.90.
12º.- El área de Festejos y
el Jurado se reservan el derecho de adoptar cualquier iniciativa que, sin estar
regulada en las presentes bases, contribuya al mayor éxito del Concurso sin que
contra sus decisiones pueda formularse reclamación alguna.
13º.- La entrega de premios
se hará durante la feria donde se convocarán a los ganadores para su entrega
ante los medios de comunicación.
14º.- La convocatoria del
presente concurso se regirá por las BASES REGULADORAS DE LAS SUBVENCIONES PARA
EL DESARROLLO DE PROYECTOS DE INTERÉS GENERAL Y DE CERTÁMENES O CONCURSOS EN EL
ÁMBITO DE ACTUACIÓN DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN U COLECTIVOS SOCIALES (BOME
núm. 4460, de 14 de diciembre de 2007). La inscripción en esta edición del
concurso implica la total aceptación por sus participantes de las presentes
bases y convocatoria, así como la resolución por la organización de cualquier
problema no recogido en éstas.
Estando la presente
convocatoria destinada a una pluralidad indeterminada de personas que pudieran
estar interesadas en concurrir a la misma, se ordena su publicación, en
aplicación del art. 45, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento
Administrativos Común de las Administraciones Públicas.
La presente Orden no aborta
la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recursos de alzada
en el plazo de un mes, a computar al día siguiente de su publicación, ante el
Presidente de la Ciudad Autónoma de Melilla, como Órgano Competente para
resolverlos o ante esta Consejera, que deberá elevarlo con su informe a la
Presidencia, de acuerdo con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, de Procedimiento Administrativos Común de las Administraciones
Públicas y artículo quinto del Reglamento de Organización Administrativa de la
Ciudad Autónoma de Melilla (BOME extraordinario nº 13 de 7 de mayo de 1999).
Melilla 12 de agosto de 2021,
El Secretario Técnico de Educación,
Cultura, Festejos e Igualdad P.A.,
Arturo Jiménez Cano