ARTÍCULO Nº 844 (CVE: BOME-A-2021-844) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5888 - viernes, 20 de agosto de 2021 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, URBANISMO Y DEPORTE - CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, URBANISMO Y DEPORTE


Orden nº 1778 de fecha 17 de agosto de 2021, relativa a concesión de subvenciones institucionales por procedimiento de concurrencia competitiva, para Federaciones Deportivas Melillenses, ejercicio 2021.

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El Excmo. Sr. Consejero de Infraestructuras, Urbanismo y Deportes, mediante Orden de 17/08/2021, registrada al número 2021001778, en el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería de Infraestructuras, Urbanismo y Deportes, ha dispuesto lo siguiente:

 

ASUNTO: PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DEFINITIVA DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES INSTITUCIONALES POR PROCEDIMIENTO DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, PARA FEDERACIONES DEPORTIVAS MELILLENSES, PARA EL EJERCICIO 2021.

 

I.- Que con fecha 28 de Abril de 2017, el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma de Melilla, mediante Decreto registrado al número 2017000153, ha tenido a bien disponer lo siguiente:

 

Habiendo sido aprobadas inicialmente por el Consejo de Gobierno, en sesión ejecutiva ordinaria, celebrada el día 9 de Febrero de 2017, las Bases reguladoras de las subvenciones institucionales por procedimiento de concurrencia competitiva, para Federaciones Deportivas, y sus Anexos I A IV, y publicadas en el BOME extraordinario núm.5, de 2 de Marzo de 2017, éstas han pasado a ser definitivas, (publicadas en el BOME Extraordinario núm. 8, de fecha 4 de Mayo de 2017), ante la falta de alegaciones en el plazo de información  pública, por la aplicación de lo establecido en el artículo 77.2 del Reglamento de la Asamblea de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario núm.: 10, de fecha 19 de Mayo de 2012)

II.- Que con fecha 15 de Marzo de 2021, se procede, mediante Orden del Consejero de Infraestructuras, Urbanismo y Deporte, registrada al número 2021000650,  a efectuar la Convocatoria correspondiente. (BOME número 5844 de 19 de Marzo de 2021).

III.- Que, por parte del que suscribe, se ha procedido a informar sobre el cumplimiento de los requisitos de las correspondientes solicitudes presentadas, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4.-2.3. de las correspondientes Bases.

IV.- Que con fecha 19 de Julio de 2021, se procede a la evacuación de dictamen del Órgano colegiado sobre las solicitudes presentadas, evaluándolas de acuerdo con el artículo 4.-2.4. de las correspondientes Bases.

V.- Que con fecha 27 de Julio de 2021, y al amparo del artículo 4.-2.4. de las correspondientes bases, se procede a la Resolución provisional de las mismas.

VI.- Que con fecha 30 de Julio de 2021, se procede a la publicación de la Resolución Provisional en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla, BOME  (al amparo de lo dispuesto en el Artículo 4.-2.4. de las Bases y en el apartado Sexto de la correspondiente Convocatoria para el ejercicio 2021), se concederá un plazo de 10 días hábiles para presentar alegaciones, entre el día  2 de Agosto de 2021 al  13 de Agosto de 2021, ambos inclusive.

VII.- Transcurrido el plazo señalado en el apartado anterior, no se presentan alegaciones.

 

De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 5038/2021, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER

 

1º) La concesión de la siguiente convocatoria de Subvenciones institucionales por procedimiento de concurrencia competitiva, para Federaciones Deportivas, para el ejercicio 2021.

 

FEDERACIÓN

ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN

ORGANIZACIÓN

CAMPEONATO

AUTONOMICO

TECNIFICACIÓN DEPORTIVA

PROMOCIÓN DEPORTIVA

FORMACIÓN DEPORTIVA

TOTAL

SUBVENCIÓN A OTORGAR

PUNTOS

EUROS

PUNTOS

EUROS

PUNTOS

EUROS

PUNTOS

EUROS

PUNTOS

EUROS

EUROS

Halterofilia

43

1.449,13€

94

13.521,14€

163

9.949,55€

349

3.337,78€

229

1.880,62€

30.138,22 €

Ciclismo

23

775,11 €

86

12.442,12€

132

5.192,36€

173

1.654,55€

311

2.554,03€

22.618,17 €

Gimnasia

78

2.628,65€

201

18.900,00€

206

12.574,28€

473

4.523,70€

349

2.866,09€

41.492,72 €

Colombicultara

58

1.954,64€

84

6.625,00 €

*

0

186

1.040,00€

*

*

9.619,64 €

Fútbol

1000

33.700,63€

954

137.335,43€

614

37.478,67€

617

5.900,89€

322

2.644,36€

217.059,98 €

Natación

94

3.167,86€

110

13.428,68 €

154

9.400,19 €

488

3.865,00€

105

862,29 €

30.724,02 €

Voleibol

51

1.718,73 €

124

17.908,45 €

146

8.911,87 €

116

1.109,41€

146

1.199,00€

30.847,45 €

Triatlón

41

1.381,73 €

100

14.331,75 €

207

12.635,32€

186

1.778,88€

137

1.125,09€

31.252,76 €

Ajedrez

21

707,71 €

38

3.710,53 €

134

3.400,00 €

114

1.090,28€

30

246,37 €

9.154,89 €

Karate y D.A.

47

1.450,00 €

90

5.000,00 €

111

4.000,00 €

*

*

195

1.601,40€

12.051,40 €

Pesca y Casting

103

3.471,16 €

101

12.667,50 €

134

4.165,00 €

142

1.358,07€

15

123,18 €

21.784,92 €

Tiro con Arco

18

606,61 €

48

6.300,00 €

*

0,00 €

73

698,16 €

218

1.790,28€

9.395,05 €

Judo y D.A.

91

2.455,00 €

85

12.133,15 €

115

7.019,62 €

553

5.288,81€

105

862,29 €

27.758,87 €

Atletismo

38

1.280,62 €

115

16.613,27 €

104

6.348,18 €

123

1.176,35€

210

1.724,58€

27.143,01 €

Tenis

112

3.774,47 €

295

14.923,40 €

250

15.260,05€

821

7.851,92€

255

2.094,14€

43.903,97 €

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Taekwondo

8

269,61 €

61

8.734,18 €

80

4.883,21 €

144

1.377,19€

98

804,81 €

16.069,00 €

Padel

200

6.740,13 €

307

37.603,74 €

330

20.143,26€

984

9.410,82€

358

2.940,01€

76.837,95 €

Tiro Olímpico

8

269,61 €

71

10.173,76 €

176

10.743,07€

461

4.408,93€

232

1.905,25€

27.500,62 €

Act.  Subacuáticas

89

1.010,00 €

92

3.150,00 €

*

0,00 €

*

*

178

1.088,88€

5.248,88 €

Baloncesto

331

11.154,91€

380

54.698,69 €

433

26.430,40€

637

6.092,17€

396

3.252,07€

101.628,24 €

Motociclismo

1

33,70 €

26

3.799,21 €

24

1.464,96 €

213

2.037,10€

53

435,25 €

7.770,22 €

 

2º) La denegación de la siguiente convocatoria de Subvenciones institucionales por procedimiento de concurrencia competitiva, para Federaciones Deportivas, para el ejercicio 2021.

 

EXCLUIDOS

 

ENTIDAD

MOTIVO DE LA EXCLUSIÓN

FEDERACIÓN MELILLENSE DE BALONMANO

De acuerdo con el Artículo 4.1.- de las Bases Reguladoras correspondientes a dicha Subvención, literalmente dice: “Si la Solicitud no reúne los requisitos establecidos en la norma de Convocatoria, el órgano competente requerirá al interesado para que la subsane en el plazo máximo e improrrogable de 10 días hábiles desde la recepción del Requerimiento, indicándole que si no lo hiciese se le tendrá por desistido de su solicitud"

FEDERACIÓN MELILLENSE DE BADMINTON

De acuerdo con el Artículo 2 .- de las Bases Reguladoras correspondientes a dicha Subvención, literalmente dice: podrán obtener la condición de beneficiarios, las Federaciones que estén legalmente constituidas e inscritas en la Sección tercera del registro General de Asociaciones Deportivas de la Ciudad Autónoma de melilla con una antigüedad mínima de dos años.

 

Contra esta ORDEN, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la presente.

 

Dicho recurso podrá presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).

 

El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada interpuesto.

 

No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.

 

Lo que se notifica para su conocimiento y efectos oportunos.

 

Melilla 18 de agosto de 2021,

La Secretaria Técnica Acctal. de Infraestructuras, Urbanismo y Deportes,

Francisca Torres Belmonte