ARTÍCULO Nº 945 (CVE: BOME-A-2021-945) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5902 - viernes, 8 de octubre de 2021 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y SOSTENIBILIDAD - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y SOSTENIBILIDAD
Emplazamiento y remisión de expediente en procedimiento abreviado 210/2021, seguido a instancias por D. Mohamed Benaisa Mohamed.
El Juzgado Contencioso-Administrativo, nº 3 de Melilla,
en escrito de 1 de octubre de 2021, con entrada en esta Ciudad el 4 del mismo
mes y año y registrado con nº 81872,
comunica lo siguiente:
“UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO
Modelo: N30150
PLAZA DEL MAR SN EDIF V CENTENARIO TORRE NORTE PLANTA
13
Teléfono: 952673557 Fax: 952695649
Equipo/usuario: PTG
N I G: 52001 45 3
2021 0000708
Procedimiento: PA PROCEDIMIENTO ABREVIADO 0000210/2021
Sobre: INDEMINIZACIÓN DAÑOS Y
PERJUICIOS-RESPONSABILIDAD
De: D./ña. MOHAMED BENAISA MOHAMED
Abogado: LEOPOLDO BUENO FERNÁNDEZ
Contra D/ña. CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA
Abogado: LETRADO DE LA COMUNIDAD
Conforme a lo acordado en resolución de fecha de hoy,
en el procedimiento al margen reseñado, por el presente solicito de V.I. la
remisión del expediente que motivó la interposición del presente recurso por D. MOHAMED BENAISA MOHAMED.
El expediente administrativo deberá remitirlo a este
órgano judicial:
-
Completo, foliado
y en su caso autentificado, acompañado de índice de los documentos que
contenga. Si el expediente fuera reclamado por diversos órganos judiciales, la
Administración enviará copias autentificadas del original o de la copia que se conserve (art 48.4 LJCA). El expediente administrativo con la
implantación de la Justicia Digital deberá llegar al Órgano Judicial de forma
digitalizada a través del cargador de expedientes administrativos (INSIDE), en
el que se contendrá un índice detallado de los documentos remitidos; en caso de
no poder remitir el expediente a través del cargador, deberá remitirse en
soporte informático.
-
De conformidad con
lo dispuesto en el Art. 49 de la LJCA, la resolución administrativa que se
dicte a tal fin se notifique, en los cinco días siguientes a su adopción, a
cuántos aparezcan como interesados en dicho expediente, emplazándoles para que puedan personarse como demandados ante este
órgano judicial en el plazo de nueve
días, La notificación se practicará
con arreglo a lo dispuesto en la Ley que regule el procedimiento administrativo
común.
-
Incorporando al
mismo las notificaciones para emplazamiento efectuadas, de conformidad con lo
dispuesto en el Art 49 de la LJCA.
-
Con al menos QUINCE DÍAS de antelación al señalado para la vista, que está señalada, una vez
consultada la Agenda Programada de Señalamientos, para el próximo día veintiséis de
mayo de 2022 a las 11:00 horas
Deberá comunicar a este órgano judicial si tiene
conocimiento de la existencia de otros recursos contenciosos-administrativos en
los que puedan concurrir los supuestos de acumulación que previene el artículo
38.1 de la LJCA.
El presente oficio sirve de emplazamiento a la
Administración demandada, y su personación se entenderá efectuada por el simple
envío del expediente.
Deberá comunicar a este órgano judicial, la autoridad o
empleado responsable de la remisión del expediente administrativo.
Se interesa la devolución de la copia que se adjunta,
debidamente señalada y fechada por la oficina de recepción”
Lo que se publica a efecto del Emplazamiento
Previsto en el artículo 48 LJCA.
Melilla 5 de octubre de 2021,
El Secretario Técnico de Medio Ambiente y Sostenibilidad,
Juan Luis Villaseca Villanueva