ARTÍCULO Nº 952 (CVE: BOME-A-2021-952) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5902 - viernes, 8 de octubre de 2021 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, URBANISMO Y DEPORTE - CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, URBANISMO Y DEPORTE


Emplazamiento y remisión de expediente en procedimiento abreviado 158/2021, seguido a instancias por Clece S.A.

BOME-P-2021-3042 Descargar página

 

JUZGADO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 1 DE MELILLA

 

PROCEDIMIENTO ABREVIADO (PA) 0000158/2021

 

ASUNTO:  RESOLUCIÓN DEL JUZGADO DE LO CONTENCIOSOADMINISTRATIVO NÚM. 1. SOLICITANDO LA REMISIÓN DEL EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO 17406/2017, DEL SERVICIO DE SOCORRISTAS DE LA PISCINA MUNICIPAL DE MELILLA INSTADO POR LA MERCANTIL CLECE S.A.

INTERESADOS: CLECE S.A.

 

En el expediente referenciado, se ha interpuesto Recurso Contencioso Administrativo, dando lugar al Procedimiento Abreviado Núm.  0000158/2021 en el desarrollo del cual ha recaído Resolución del Juzgado de lo Contencioso Administrativo Nº 1 de Melilla, de fecha 28 de septiembre de 2021, cuyo contenido es el siguiente:

 

Conforme a lo acordado en resolución fecha 28-09-2021 en el procedimiento al margen reseñado, por el presente solicito de  V.I. la remisión del expediente  /   que motivó la interposición del presente recurso.

 

El expediente administrativo deberá remitirlo a este órgano judicial:

 

-       Completo, foliado y en su caso autentificado, acompañado de índece de los documentos que contenga, Si el expediente fuera reclamado por diversos órganos judiciales, la Administración enviará copias autentificadas del original o de la copia que se conserve (Art. 48.4 LJCA. El expediente administrativo con la implantación de la Justicia Digital deberá llegar al órgano Judicial de forma digitalizada a través del cargador de expedientes administrativos (INSIDE), en el que se contendrá un índice detallado de los documentos remitidos; en caso de no poder remitir el expediente a través del cargador, deberá remitirse en soporte informático.

-       De conformidad con lo dispuesto en el Art. 49 de la LJCA, la resolución administrativa que se dicte a tal fin se notifique, en los cinco días siguientes a su adopción, a cuantos aparezcan como interesados en dicho expediente, emplazándoles para que puedan personarse como demandados ante este órgano judicial en el plazo de nueve días. La notificación se practicará con arreglo a lo dispuesto en la Ley qiue regule el procedimiento administrativo común.

-       Incorporando al mismo las notificaciones para emplazamiento efectuadas, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 49 de la LJCA.

-       Con al menos QUINCE DÍAS de antelación al señalado para la vista, que está señalada, una vez consultada la Agenda Programada de Señalamientos, para el próximo día 24/11/2021 a las horas 11:15 EN LA PRIMERA PLANTA, SALA 2.

 

Deberá comunicar a este órgano judicial si tiene conocimiento de la existencia de otros recursos contenciosos-administrativos  en los que puedan concurrir los supuestos de acumulación que previene el art. 38.1 de la LJCA

 

El presente Oficio sirve de emplazamiento a la Administración demandada, y su personación se entenderá efectuada por el simple envío del expediente.

 

Deberá comunicar a este órgano judicial, la autoridad o empleado responsable de la remisión del expediente administrativo.

 

Se interesa la devolución de la copia que se adjunta, debidamente sellada uy fechada por la oficina de recepción”.

 

Melilla 5 de octubre de 2021,

La Secretaria Técnica Acctal. de Infraestructuras, Urbanismo y Deportes,

Francisca Torres Belmonte