ARTÍCULO Nº 952 (CVE: BOME-A-2021-952) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5902 - viernes, 8 de octubre de 2021 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, URBANISMO Y DEPORTE - CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, URBANISMO Y DEPORTE
Emplazamiento y remisión de expediente en procedimiento abreviado 158/2021, seguido a instancias por Clece S.A.
JUZGADO CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO Nº 1 DE MELILLA
PROCEDIMIENTO ABREVIADO (PA)
0000158/2021
ASUNTO: RESOLUCIÓN DEL JUZGADO DE LO CONTENCIOSOADMINISTRATIVO
NÚM. 1. SOLICITANDO LA REMISIÓN DEL EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO 17406/2017, DEL
SERVICIO DE SOCORRISTAS DE LA PISCINA MUNICIPAL DE MELILLA INSTADO POR LA
MERCANTIL CLECE S.A.
INTERESADOS: CLECE S.A.
En el expediente referenciado, se ha interpuesto Recurso Contencioso
Administrativo, dando lugar al Procedimiento Abreviado Núm. 0000158/2021 en el desarrollo del cual ha
recaído Resolución del Juzgado de lo Contencioso Administrativo Nº 1 de
Melilla, de fecha 28 de septiembre de 2021, cuyo contenido es el siguiente:
“Conforme a lo acordado en resolución fecha 28-09-2021 en el
procedimiento al margen reseñado, por el presente solicito de V.I. la remisión del expediente / que
motivó la interposición del presente recurso.
El expediente administrativo
deberá remitirlo a este órgano judicial:
-
Completo, foliado y en su caso autentificado, acompañado de índece de
los documentos que contenga, Si el expediente fuera reclamado por diversos
órganos judiciales, la Administración enviará copias autentificadas del
original o de la copia que se conserve (Art. 48.4 LJCA. El expediente
administrativo con la implantación de la Justicia Digital deberá llegar al
órgano Judicial de forma digitalizada a través del cargador de expedientes
administrativos (INSIDE), en el que se contendrá un índice detallado de los
documentos remitidos; en caso de no poder remitir el expediente a través del
cargador, deberá remitirse en soporte informático.
-
De conformidad con lo dispuesto en el Art. 49 de la LJCA, la resolución
administrativa que se dicte a tal fin se notifique, en los cinco días
siguientes a su adopción, a cuantos aparezcan como interesados en dicho
expediente, emplazándoles para que puedan personarse como demandados ante este
órgano judicial en el plazo de nueve días. La notificación se practicará con
arreglo a lo dispuesto en la Ley qiue regule el procedimiento administrativo común.
-
Incorporando al mismo las notificaciones para emplazamiento efectuadas,
de conformidad con lo dispuesto en el Art. 49 de la LJCA.
-
Con al menos QUINCE DÍAS de antelación al señalado para la vista, que
está señalada, una vez consultada la Agenda Programada de Señalamientos, para
el próximo día 24/11/2021 a las horas 11:15 EN
LA PRIMERA PLANTA, SALA 2.
Deberá comunicar a este órgano judicial si tiene conocimiento de la
existencia de otros recursos contenciosos-administrativos en los que puedan concurrir los supuestos de
acumulación que previene el art. 38.1 de la LJCA
El presente Oficio sirve de emplazamiento a la Administración demandada,
y su personación se entenderá efectuada por el simple envío del expediente.
Deberá comunicar a este órgano judicial, la autoridad o empleado
responsable de la remisión del expediente administrativo.
Se interesa la devolución de la copia que se adjunta, debidamente
sellada uy fechada por la oficina de recepción”.
Melilla
5 de octubre de 2021,
La
Secretaria Técnica Acctal. de Infraestructuras, Urbanismo y Deportes,
Francisca
Torres Belmonte