ARTÍCULO Nº 954 (CVE: BOME-A-2021-954) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5902 - viernes, 8 de octubre de 2021 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, URBANISMO Y DEPORTE - CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, URBANISMO Y DEPORTE
Orden nº 2262 de fecha 6 de octubre de 2021, relativa a resolución definitiva de la convocatoria de subvenciones institucionales por procedimiento de concurrencia competitiva, para entidades deportivas implantadas en Melilla, para la organización de eventos deportivos en la Ciudad Autónoma de Melilla, para el ejercicio 2021.
El Excmo. Sr. Consejero de infraestructura, Urbanismo y
Deporte, mediante Orden de 06/10/2021, registrada al número 2021002262, en el Libro Oficial de
Resoluciones de la Consejería de infraestructura, Urbanismo y Deporte, ha
dispuesto lo siguiente:
ASUNTO: PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
DEFINITIVA DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES
INSTITUCIONALES POR PROCEDIMIENTO DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, PARA ENTIDADES
DEPORTIVAS IMPLANTADAS EN MELILLA, PARA LA ORGANIZACIÓN DE EVENTOS DEPORTIVOS
EN LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA, PARA EL EJERCICIO 2021.
I.- Que con fecha 28 de
Abril de 2017, el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma de Melilla,
mediante Decreto registrado al número 2017000152, ha tenido a bien disponer lo
siguiente:
Habiendo sido aprobadas
inicialmente por el Consejo de Gobierno, en sesión ejecutiva ordinaria,
celebrada el día 9 de Febrero de 2017, las Bases reguladoras de las
Subvenciones institucionales para Entidades Deportivas implantadas en Melilla
para la Organización de Eventos Deportivos de la Ciudad Autónoma de Melilla, y
sus Anexos I A IV, y publicadas en el BOME extraordinario núm.5, de 2 de Marzo
de 2017, éstas han pasado a ser definitivas (publicadas en el BOME
Extraordinario núm. 8 de fecha 4 de Mayo de 2017), ante la falta de alegaciones
en el plazo de información pública, por
la aplicación de lo establecido emn el artículo 77.2 del Reglamento de la
Asamblea de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario núm.: 10, de
fecha 19 de Mayo de 2012)
II.- Que con fecha 15 de
Marzo de 2021, se procede, mediante Orden del Consejero de Educación, Juventud
y Deportes, registrada al número 2021000648,
a efectuar la Convocatoria correspondiente. (BOME número 5844 de 19 de
Marzo de 2021).
III.- Que, por parte del que
suscribe, se ha procedido a informar sobre el cumplimiento de los requisitos de
las correspondientes solicitudes presentadas, de acuerdo con lo dispuesto en el
artículo 5.-2.3. de las correspondientes Bases.
IV.- Que con fecha 22
de Julio de 2021, se procede a la
evacuación de dictamen del Órgano colegiado sobre las solicitudes presentadas,
evaluándolas de acuerdo con el artículo 5.-2.4. de las correspondientes Bases.
V.- Que con fecha 5 de
Agosto de 2021, y al amparo del artículo 5.-2.4. de las correspondientes bases,
se procede a la Resolución provisional de las mismas.
VI.- Que se procede a la
publicación de la Resolución Provisional en el Boletín Oficial de la Ciudad
Autónoma de Melilla, BOME 5885 de 10 de Agosto de 2021 (al amparo de lo
dispuesto en el Artículo 5.-2.4. de las Bases y en el apartado Sexto de la
correspondiente Convocatoria para el ejercicio 2021), entre el día 11 de Agosto
de 2021 al 24 de Agosto de 2021, ambos inclusive.
VII.- Transcurrido el plazo
señalado en el apartado anterior, se presentan alegaciones que son estudiadas y
resueltas por la Comisión de Valoración, (Acta de Reunión por el órgano
Colegiado, de fecha 4 de Octubre de
2021, Expediente 5049/2021).
De
acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 5049/2021, en virtud de las
competencias que tengo atribuidas, VENGO
EN DISPONER
1º) La concesión de la
siguiente convocatoria de : Subvenciones institucionales por procedimiento de
concurrencia competitiva, para Entidades Deportivas implantadas en Melilla,
para la organización de Eventos Deportivos en la Ciudad Autónoma de Melilla,
para el ejercicio 2021.
ADMITIDOS
EVENTOS
CAMPEONATO DE ESAPAÑA / EUROPA O DEL MUNDO
ENTIDAD |
EVENTO |
TOTAL PUNTOS |
SUBVENCIÓN |
FEDERACION MELILLENSE DE TENIS |
XVIII
INTERNACIONAL DE TENIS FEMENINO CIUDAD DE MELILLA |
49 |
23.175,68 € |
FEDERACION MELILLENSE DE TENIS |
XVI INTERNACIONAL DE TENIS MASCULINO CIUDAD DE
MELILLA |
49 |
23.175,68 € |
FEDERACIÓN MELILLENSE DE PESCA Y CASTING |
XI CAMPEONATO ESPAÑA |
50 |
23.648,64 € |
EVENTOS
CIUDAD DE MELILLA
ENTIDAD |
EVENTO |
TOTAL PUNTOS |
SUBVENCIÓN |
CLUB TIRO CON ARCO ANFORA |
V OPEN
PRESIDENTE CIUDAD DE MELILLA |
10 |
1.101,40 € |
CLUB ENRIQUE SOLER |
XII HORAS D. MARTÍN
PÉREZ |
60 |
6.608,39 € |
CLUB AMIGOS DEL GOLF
DE MELILLA |
LIGA AMIGOS
DEL GOLF MELILLA SPORT CAPITAL |
5 |
550,70 € |
FEDERACIÓN
MELILLENSE DE CICLISMO |
GP XCO MELILLA SPORT CAPITAL |
22 |
2.423,08 € |
FEDERACIÓN
MELILLENSE DE CICLISMO |
I BIKE MELILLA SPORT CAPITAL |
37 |
4.075,17 € |
C.D.E. CLUB DE TENIS
PLAYA DE SAN LORENZO |
IX TORNEO
INTERNACIONAL DE TENIS PLAYA MELILLA SPORT CAPITAL |
41 |
4.515,73 € |
CLUB D.E. PATRIMONIO
DE LA HUMANIDAD |
MELILLA SPORT
CAPITAL EXHIBITION PATINAJE SOBRE RUEDAS |
43 |
4.736,01 € |
CLUB DEPORTIVO LPV MELILLA
|
TORNO MELILLA SPORT
CAPITAL DE HALTEROFILIA |
21 |
2.312,94 € |
CLUB BALONMANO T-MARAVILLAS
|
I INTERNACIONAL HANDBALL BEACH MSC |
29 |
3.194,06 € |
FEDERACIÓN
MELILLENSE DE ATLETISMO |
MILLA URBANA MELILLA
SPORT CAPITAL |
34 |
3.744,76 € |
FEDERACIÓN
MELILLENSE DE BALONCESTO |
TORNEO NAVIDAD
V EDICION |
76 |
8.370,63 € |
FEDERACIÓN
MELILLENSE DE BALONCESTO |
TORNEO PEZZI ED. IX |
78 |
8.590,91 € |
CLUB D.E. CORREDORES
AFRICANUS |
II CAMPO A
TRAVES MELILLA SPORT CAPITAL EL ROMPEPIERNAS |
3 |
330,42 € |
FEDERACIÓN
MELILLENSE TAEKWONDO |
I OPEN CIUDAD DE
MELILLA |
5 |
550,70 € |
CLUB D.E. TEAM FUSION MELILLA |
I CAMPUS MSC APRENDE
CON MUNIR |
15 |
1.652,10 € |
CLUB D.E. TEAM FUSION MELILLA |
I INTERNACIONAL MSC BEACH BATTLES |
20 |
2.202,80 € |
CLUB TENIS MELILLA |
VII TORNEO
INTERNACIONAL DE VETERANOS CIUDAD DE MELILLA |
34 |
3.744,76 € |
FEDERACIÓN
MELILLENSE DE PADEL |
XI INTERNACIONAL
CIUDAD AUTONOMA DE MELILLA – FIESTA DEL PADEL |
39 |
4.295,45 € |
2º)
La denegación de las siguientes convocatoria de Subvenciones institucionales
por procedimiento de concurrencia competitiva, para Entidades Deportivas
implantadas en Melilla, para la organización de Eventos Deportivos en la Ciudad
Autónoma de Melilla, para el ejercicio 2021.
EXCLUIDOS POR NO CUMPLIR REQUISITOS
ENTIDAD |
EVENTO |
MOTIVO DE EXCLUSIÓN |
|
EXCLUSIÓN
EVENTOS CAMPEONATOS ESPAÑA/EUROPA/MUNDO OFICIALES |
|
FEDERACIÓN MELILLENSE TIRO OLIMPICO |
COPA RFEDETO |
No cumple los
requisitos establecidos en el art. 2.b. de las bases reguladora Condición de
beneficiario. (que hayan justificado las subvenciones recibidas con
anterioridad por la Ciudad Autónoma de Melilla) |
REAL CLUB MARÍTIMO DE MELILLA |
REGATA DE VELA
LIGERA |
NO PROCEDE.
Base Reguladora Artículo 3 El Organo Colegiado, podrá proponer la no admisión
de aquellas solicitudes de subvención para aquellos eventos que no se
consideren viables por motivos técnicos, económicos y/o que no se ajusten al
objeto de las presentes bases. |
|
EXCLUSIÓN
EVENTOS CIUDAD |
|
CLUB VOLEIBOL MELILLA |
I TORNEO VOLEY PLAYA C.V. MELILLA |
No cumple los
requisitos establecidos en el art. 2.b. de las bases reguladoras Condición de
beneficiario.. (que hayan justificado
las subvenciones recibidas con anterioridad por la Ciudad
Autónoma de Melilla) |
FEDERACIÓN MELILLENSE NATACIÓN |
XVIII TROFEO CIUDAD
DE MELILLA |
No cumple los
requisitos establecidos en el art. 2.b. de las bases reguladoras. Condición
de beneficiario. (que hayan
justificado las subvenciones recibidas con anterioridad por la Ciudad Autónoma de
Melilla) |
CLUB BALONMANO EL ACIRAS |
TORNEO MELILLA SPORT CAP I |
No cumple los
requisitos establecidos en el art. 2.b. de las bases reguladoras. Condición
de beneficiario. (que hayan
justificado las subvenciones recibidas con anterioridad por la Ciudad
Autónoma de Melilla) |
FEDERACIÓN MELILLENSE DE BALONMANO |
TORNEO BM PLAYA ED.
III |
No cumple los
requisitos establecidos en el art. 2.b. de las bases reguladoras. Condición
de beneficiario. (que hayan
justificado las subvenciones recibidas con anterioridad por la Ciudad
Autónoma de Melilla) |
CLUB D. OLIMPO FÉNIX |
COPA DE
NAVIDAD ED. II |
No cumple los
requisitos establecidos en el art. 2.b. de las bases reguladoras. Condición
de beneficiario. (que hayan
justificado las subvenciones recibidas con anterioridad por la Ciudad
Autónoma de Melilla) |
CLUB D. CEIP REAL |
TORNEO DE NAVIDAD
ED. XXXVIII |
No cumple los
requisitos establecidos en el art. 2.b. de las bases reguladoras. Condición
de beneficiario. (que hayan
justificado las subvenciones recibidas con anterioridad por la Ciudad
Autónoma de Melilla) |
CLUB D.E. RUNNER´S TEAM MELILLA |
|
No cumple los requisitos establecidos en el art. 2.b. de las bases
reguladoras. Condición de beneficiario.
(que hayan justificado las subvenciones recibidas con anterioridad por
la Ciudad Autónoma de Melilla) |
CLUB D. PESKAYAK |
VII OPEN DESDE KAYAK MELILLA SPORT CAPITAL |
No cumple los
requisitos establecidos en el art. 2.b. de las bases reguladoras. Condición
de beneficiario. (que hayan
justificado las subvenciones recibidas con anterioridad por la Ciudad
Autónoma de Melilla) |
CLUB RESCUE |
REGATA DE VELA
LIGERA MLN SPORT CAPITAL |
NO PROCEDE. Base
Reguladora Artículo 3 El Organo Colegiado, podrá proponer la no admisión de
aquellas solicitudes de subvención para aquellos eventos que no se consideren
viables por motivos técnicos, económicos y/o que no se ajusten al objeto de
las presentes bases. |
FEDERACIÓN MELILLENSE DE ATLETISMO |
SAN SILVESTRE
ED. IX |
NO PROCEDE.
Base Reguladora Artículo 3 El Organo Colegiado, podrá proponer la no admisión
de aquellas solicitudes de subvención para aquellos eventos que no se
consideren viables por motivos técnicos, económicos y/o que no se ajusten al
objeto de las presentes bases. |
CLUB D.E. CORREDORES AFRICANUS |
VI TRAIL MELILLA SPORT CAPITAL |
NO PROCEDE. Base
Reguladora Artículo 3 El Organo Colegiado, podrá proponer la no admisión de
aquellas solicitudes de subvención para aquellos eventos que no se consideren
viables por motivos técnicos, económicos y/o que no se ajusten al objeto de
las presentes bases. |
CLUB ATLÉTICO MELILLA |
SAN SILVESTRE
ED. VIII |
NO PROCEDE.
Base Reguladora Artículo 3 El Organo Colegiado, podrá proponer la no admisión
de aquellas solicitudes de subvención para aquellos eventos que no se
consideren viables por motivos técnicos, económicos y/o que no se ajusten al
objeto de las presentes bases. |
|
EXCLUSIÓN
EVENTOS BASE |
|
CLUB NTRA. SRA. DEL BUEN CONSEJO |
XXXIV ROJOS Y
VERDES 100 AÑOS |
No cumple los
requisitos establecidos en el art. 2.b. de las bases reguladoras. Condición
de beneficiario. (que hayan justificado las subvenciones recibidas con
anterioridad por la Ciudad Autónoma de Melilla |
ENTIDADES DEPORTIVAS QUE
HAN PRESENTADO ESCRITO DE RENUNCIA
ENTIDAD |
CAMPEONATO DE ESPAÑA/EUROPA/MUNDO OFICIALES |
FEDERACIÓN MELILLENSE DE FÚTBOL |
CAMPEONATO DE ESPAÑA FÚTBOL PLAYA |
ENTIDAD |
EVENTOS CIUDAD DE MELILLA |
FEDERACIÓN MELILLENSE DE ATLETISMO |
MEDIA MARATÓN CIUDAD DE MELILLA |
CLUB D. E. TEAM FUSIÓN |
ED.II BATALLA DE PORTEROS TROFEO MSC FERMIN
MENÉNDEZ. |
FEDERACIÓN MELILLENSE DE BALONMANO |
TORNEO NAVIDAD ED. II |
CLUB D.E. TEAM FUSIÓN |
LEYENDAS VS PROMESAS, |
FEDERACIÓN MELILLENSE DE BALONMANO |
TORNEO BLASI |
FEDERACIÓN MELILLENSE DE ATLETISMO |
MITIN MEDIO FONDO Y FONDO ED. I |
CLUB D. E. TEAM FUSIÓN MELILLA |
ED. I VACACIONES ENTRE AMIGOS Y
DEPORTE |
FEDERACIÓN MELILLENSE DE
HALTEROFILIA |
FESTIVAL DE MUSCULACIÓN ED. II |
Contra
esta ORDEN, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de
alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o
publicación de la presente.
Dicho
recurso podrá presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente
de la Ciudad Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la Resolución
recurrida, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento
del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME
Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).
El
plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses.
Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender
desestimado el recurso de alzada interpuesto.
No
obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente
bajo su responsabilidad.
Lo
que se notifica para su conocimiento y efectos oportunos.
Melilla 6 de octubre
de 2021,
La Secretaria Técnica
Acctal. de Infraestructuras, Urbanismo y Deportes,
Francisca Torres
Belmonte