ARTÍCULO Nº 962 (CVE: BOME-A-2021-962) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5903 - martes, 12 de octubre de 2021 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD


Orden nº 1025 de fecha 6 de octubre de 2021, relativa a aprobación de la convocatoria del XII concurso cuentos interculturales.

BOME-P-2021-3068 Descargar página

La Excma. Sra. Consejera de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad, mediante Resolución núm. 2021001025 de fecha 06 de octubre de 2021, ha resuelto lo siguiente:

 

ÚNICO: La aprobación de la Convocatoria del XII Concurso de Cuentos Interculturales conforme a las siguientes

BASES

 

1.     Podrán participar en este concurso todas las personas mayores de 18 años, tanto españolas como extranjeras.

2.     Las obras presentadas serán cuentos escritos en castellano, originales e inéditos que no hayan sido premiados anteriormente en ningún otro concurso.

3.     Los cuentos tendrán como tema: “La sociedad intercultural”.

4.     Los cuentos deberán versar sobre el respeto a la diversidad cultural, los valores de la solidaridad y, en general, de la interculturalidad en cualquiera de sus vertientes.

5.     Las obras presentadas deberán tener una extensión no mayor de 15 folios DIN A4, escritos por una cara, a ordenador, a doble espacio, con un cuerpo de letra no inferior a 12 puntos.

6.     Los participantes deberán enviar los siguientes documentos al correo electrónico concursointercultura@melilla.es:

a.     En el primero de ellos se remitirá el texto literario con el título del cuento y firmado con seudónimo.

b.     En el segundo deberá figurar:

·         Nombre y Apellidos del Autor/a

·         Título del Cuento.

·         País de origen, número de DNI, NIE y/o pasaporte.

·         Dirección.

·         Teléfono de contacto.

·         Número de cuenta corriente en la que figure como titular el autor/a.

c.     El personal de la Dirección General de Relaciones Interculturales enviará un acuse de recibo vía email a los participantes del concurso.

d.     No se mantendrá correspondencia con los autores o autoras de los cuentos presentados. La organización del concurso no mantendrá correspondencia acerca de los originales enviados y cualquier intento de comunicación con la organización o con alguno de los jurados supondrá la inmediata descalificación de la obra.

e.     En el Asunto del correo electrónico deberá figurar el título “XII CONCURSO DE CUENTOS INTERCULTURALES"

7.     El plazo de presentación de obras finalizará el día XX de xxxxxx de 2021 a las 23:59 horas (horario peninsular)

8.     Se valorará especialmente la capacidad de la historia relatada para servir en tareas de sensibilización intercultural y aquellos aspectos relativos a la calidad literaria, originalidad y presentación de la obra.

9.     Están exceptuados de participar en el concurso los organizadores del mismo así como los miembros del jurado.

10.  El Órgano Colegiado competente para efectuar la propuesta de concesión de los premios estará constituido por un Jurado integrado por la Consejera de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad o persona en quien delegue, que actuará como Presidente, y por un número impar de profesionales o expertos de prestigio. En la designación del jurado, se tendrá en cuenta la voluntad de los candidatos-as de formar parte del mismo, su experiencia en el campo de la lengua y la literatura y el prestigio académico o profesional.

 

Actuará como Secretario del Jurado, con voz y sin voto, el Secretario Técnico de la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad, u otro funcionario habilitado para dar fe de las actuaciones.

BOME-P-2021-3069 Descargar página

11.     La designación del Jurado se efectuará mediante Orden de la Consejera de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad y su composición podrá hacerse pública en el momento de la emisión del fallo.

12.     El jurado puede resolver cualquier cuestión que no quede contemplada en las bases. El personal de la Dirección General de Relaciones Interculturales remitirá las obras enviadas con seudónimo al Jurado para la emisión del Fallo. Una vez realizado el Fallo, se comprobará la autoría de las obras ganadoras. El fallo emitido por el jurado será inapelable.

13.     El jurado podrá declarar desierto el premio.

14.     Se concederán tres premios:

·         Primer premio de 1.000€ y diploma Segundo premio de 600€ y diploma

·         Tercer premio de 400€ y diploma

·         En el supuesto de que ninguno de los ganadores sea residente en la Ciudad de Melilla y el Jurado estimara que la calidad de una obra presentada por un autor de nuestra Ciudad fuera merecedora de reconocimiento, se establece un premio especial dotado con Cuatrocientos Euros (400€).

 

A estos premios se les aplicarán las retenciones que marque la ley.

 

15.     El fallo del jurado se dará a conocer a través de las Redes Sociales de la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad.

16.     La organización se reserva el derecho de hacer modificaciones, adoptar decisiones no reguladas en las presentes Bases, siempre que las mismas contribuyan al mayor éxito del Concurso.

17.     La convocatoria del presente premio se regirá por las BASES REGULADORAS DE LAS SUBVENCIONES PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DE INTERÉS GENERAL Y DE CERTÁMENCES O CONCURSOS EN EL ÁMBITO DE ACTUACIÓN DE LA CONSEJERÍA DE EDUICACIÓN U COLECTIVOS SOCIALES (BOME núm. 4460, de 14 de diciembre de 2007). La presentación de trabajos a esta XLII edición del PREMIO INTERNACIONAL DE POESÍA "CIUDAD DE MELILLA" 2020, implica la total aceptación por sus autores de las presentes BASES.

18.     La presentación al concurso implica la total aceptación de las presentes bases.

 

Estando la presente convocatoria destinada a una pluralidad indeterminada de personas que pudieran estar interesadas en concurrir a la misma, se ordena su publicación, en aplicación del art. 45, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativos Común de las Administraciones Públicas.

 

La presente Orden no aborta la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recursos de alzada en el plazo de un mes, a computar al día siguiente de su publicación, ante el Presidente de la Ciudad Autónoma de Melilla, como Órgano Competente para resolverlos o ante esta Consejera, que deberá elevarlo con su informe a la Presidencia, de acuerdo con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativos Común de las Administraciones Públicas y artículo quinto del Reglamento de Organización Administrativa de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME extraordinario nº 13 de 7 de mayo de 1999).

 

 

Melilla, 7 de octubre de 2021,

El Secretario Técnico de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad P.A.,

El Secretario Técnico del Patronato de Turismo,

Arturo Jiménez Cano