ARTÍCULO Nº 976 (CVE: BOME-A-2021-976) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5905 - martes, 19 de octubre de 2021 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.


Orden nº 3406 de fecha 10 de octubre de 2021, relativa adjudicación del puesto de auxiliar archivo / biblioteca a Doña María del Pilar Serrano Peña.

BOME-P-2021-3132 Descargar página

La Consejería de Presidencia y Administración Pública, mediante Orden de 10/10/2021, registrada al número 2021003406, en el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería ha dispuesto lo siguiente:

 

En cumplimiento a Decreto del Presidente núm. 2021001089, de fecha 15 de septiembre de 2021, VENGO EN MODIFICAR mi Orden núm. 667, de fecha 2 de mayo de 2021, publicado en BOME núm. 5858, de 07/05/2021, la cual queda de la siguiente forma:

 

“Por Resolución núm. 1140 de fecha 30/09/2019 de la Consejería de Presidencia, Administración Pública y Regeneración Democrática (BOME núm. 5693 de 08/10/2019) se convocó la provisión de un puesto de trabajo de AUXILIAR ARCHIVO/BIBLIOTECA, MEDIANTE EL SISTEMA DE CONCURSO DE MÉRITOS, con los siguientes datos según Relación de Puestos de Trabajo de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME núm. 5598 de 09/11/2018):

 

Cód.

Denominación

Consej.

Grp

RJ

Formación

Provi

VPPT

C.D.

0733

Auxiliar Archivo/Biblioteca

Cultura  y Festejos

 C2

F

Graduado Escolar/FP1

CONC.

150

15

 

Previa tramitación prevista en las “Bases Generales de Aplicación a los Procedimientos de Provisión de Puestos de Trabajo mediante CONCURSO” (BOME núm. 4864 de 28/10/2011), habiéndose cumplido cuantos requisitos se establecen en las Bases de la Convocatoria mencionada sobre el plazo de presentación de instancias, examen de las mismas, valoración de méritos alegados según el Baremo establecido y Acuerdo de la Comisión de Valoración de 12 de abril de 2021, proponiendo como aspirante más idóneo a Doña María del Pilar Serrano Peña, y conforme al BAREMO siguiente:

 

 

JEFATURA

GRADO PERSONAL

PUESTOS RELACIONADOS

FORMACIÓN

ANTIGÜEDAD

TOTAL

ALFÉREZ FDEZ, LUIS F.

00

7,50

00

36

20

63,50

BENÍTEZ LOMEÑA, PEDRO

00

7,50

00

32

20

59,50

ESCOBAR PÉREZ, JOSÉ

00

7,50

00

14

20

41,50

MTNEZ.LÓPEZ, JUAN CARLOS

00

7,50

00

15

20

42,50

SERRANO PEÑA, PILAR

00

7,50

20

36

20

83,50

 

Existe crédito suficiente en RC Genérico núm. 2021000007301 de fecha 09/03/2021 para acometer el gasto previsto.

 

 En uso de las facultades que me confiere el Decreto de Distribución de Competencias entre Consejerías (BOME extr. núm. 22 de 16/07/2019), VENGO EN ORDENAR:

 

PRIMERO: Resolver la convocatoria, adjudicando el puesto de AUXILIAR ARCHIVO/BIBLIOTECADOÑA MARÍA DEL PILAR SERRANO PEÑA en situación de activo adscrita a la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad.

SEGUNDO: La toma de posesión será en el plazo de tres días hábiles, comenzando a contar dicho plazo a partir del día siguiente al del cese en el puesto de origen, el cual tendrá lugar con la publicación de la presente Orden del Concurso.

TERCERO: De la presente Orden se dará traslado a los interesados, publicándose asimismo en el Boletín Oficial de la Ciudad”.

 

Contra esta ORDEN/RESOLUCIÓN, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la presente.

 

Dicho recurso podrá presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, 
BOME-P-2021-3133 Descargar página

de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).

 

El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada interpuesto.

 

No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad

 

Lo que se hace público a los efectos que procedan.

 

Melilla 13 de octubre de 2021,

La Secretaria Técnica de Presidencia y Administración Pública,

Pilar Cabo León