ARTÍCULO Nº 979 (CVE: BOME-A-2021-979) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5905 - martes, 19 de octubre de 2021 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES, SALUD PÚBLICA Y BIENESTAR ANIMAL - CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES, SALUD PÚBLICA Y BIENESTAR ANIMAL


Addenda de modificación del convenio de colaboración entre la Ciudad Autónoma de Melilla y el voluntariado cristiano de prisiones para mantenimiento de piso, proyectos y actividades con reclusos, ex-reclusos y sus familias.

BOME-P-2021-3138 Descargar página

Esta Consejería, por acuerdo del órgano competente, ha procedido a la aprobación de Addenda de Modificación del Convenio de Colaboración entre la Ciudad Autónoma de Melilla y el Voluntariado Cristiano de Prisiones para Mantenimiento de Piso, Proyectos y Actividades con Reclusos, Ex-Reclusos y sus Familias, habiendo sido inscrita en el Registro de Convenios de la Ciudad Autónoma de Melilla con número CON2100133 y los siguientes datos:

 

Consejería:            CONSEJERIA DE POLITICAS SOC, SALUD PUB Y BIEN ANIM

 

Datos de Aprobación:

 

Órgano

Número

Fecha

Entidad:

Consejo de Gobierno

2021000653

16/09/2021

 ES-G2995471-6 (VOLUNTARIADO CRISTIANO DE PRISIONES)

Fecha de formalización:           16/09/2021

 

De acuerdo con la normativa vigente de aplicación se procede a su publicación para su general conocimiento.

 

Melilla 14 de octubre de 2021,

El Secretario Técnico de Políticas Sociales y Salud Pública,

Victoriano Juan Santamaría Martínez

 

BOME-P-2021-3139 Descargar página

ANEXO

 

ADDENDA DE MODIFICACIÓN DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y EL VOLUNTARIADO CRISTIANO DE PRISIONES PARAMANTENIMIENTO DE PISO, PROYECTOS Y ACTIVIDADES CON RECLUSOS, EX-RECLUSOS Y SUS FAMILIAS

 

En Melilla a, 16 de septiembre  de dos mil veintiuno

 

Las Partes firmantes de común acuerdo, y previamente autorizada su suscripción por el Consejo de Gobierno en su reunión de 16 de septiembre de 2021 (2021000653, de 16 de septiembre de 2021), tal y como prevé el art. 16.8 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOMe Extraord. nº 2, de 30/01/2017)

 

EXPONEN

 

Cláusula 1ª

La presente Addenda deviene del Convenio de Colaboración suscrito el 4 de mayo de 2021,  entre la Consejería de Economía y Políticas Sociales de la Ciudad Autónoma de Melilla y Voluntariado Cristiano de Prisiones de Melilla”, para mantenimiento de piso, proyectos y actividades con reclusos, ex-reclusos y sus familias (BOMe. núm. 5860, 14 de mayo de 2021).

 

Cláusula 2ª

Por la Intervención General de la Ciudad Autónoma de Melilla, en su Informe de Fiscalización previa, fechado el 30 de abril de 2021, se realizaron las siguientes observaciones:

 

“(...) 1.- Gastos de personal: (...) Concluyendo, dada la naturaleza de la entidad y en el supuesto de contratación de personal, se ha de realizar conforme a las previsiones que rigen para este tipo de entidades formadas por voluntarios.

2.- Gasto “Peculio”: El peculio o la aportación dineraria a los beneficiarios últimos de la subvención no viene delimitado en la propuesta de Convenio ni en el anexo.

Observando esta Intervención, los inconvenientes que plantea su justificación en cuanto a la salida y destino de los fondos aportados a la entidad y la percepción de los mismos por los beneficiarios últimos de la subvención, es conveniente su delimitación en convenio y el establecimiento de la forma de justificación.

3.- Gastos de mantenimiento del piso de acogida: La propuesta de Convenio, incluye como gasto subvencionable los gastos de mantenimiento en sentido genérico, observando la falta de detalle en la delimitación de dicho gasto, teniendo en cuenta que para necesidades básicas y ayudas al alquiler, la Consejería de Economía y Bienestar Social otorga ayudas conforme al Reglamento regulador de ayudas económicas y servicios para la atención de necesidades sociales (BOME Extraordinario n.º 4 de 9 de febrero de 2018) pudiendo existir disparidad de criterios de concesión.

 

Lo dispuesto afecta al Apartado 10 del Anexo A del convenio de referencia, suscrito el día 4 de mayo de 2021, entre la Ciudad Autónoma de Melilla y la Asociación de Voluntariado Cristiano de Prisiones de Melilla para el mantenimiento de piso, proyectos y actividades con reclusos, exreclusos y sus familias, publicado en el BOMe Nº 5860 de 14 de mayo de 2021, 

 

Cláusula 3ª

Atendiendo a lo arriba señalado por esa Intervención General de al Ciduad Autónoma de Melilla se procede a la modificación de los referidos apartados, que quedan redactados con el siguiente tenor literal:

 

“10- DESGLOSE DE GASTOS CORRIENTES

10.1 - Personal Mínimo previsto: personal voluntario. Gasto en Personal: 0 €

10.2 - Actividades y mantenimiento: 25.000,00 €

 

-       Piso de acogida: Arrendamiento y gastos asociados (agua, luz, etc.)

-       Seguro de Responsabilidad Civil y Accidentes Colectivos

-       Provisión de alimentos y productos básicos de limpieza, higiene, etc.

-       Ropa y calzado

-       Mantenimiento de vehículo (seguro y gastos asociados)

-       Celebraciones

-       Talleres

-       Formación

-               Ayudas económicas a reclusos (peculio)

 

 

 

BOME-P-2021-3140 Descargar página

PROCEDIMIENTO DE JUSTIFICACIÓN ECONÓMICA DEL PECULIO

En cuanto a los gastos subvencionables relativos a las ayudas económicas a reclusos que no cuenten con ninguna otra ayuda de tipo económico (peculio), estos se justificarán conforme al siguiente procedimiento:

 

a)            Por el funcionario del Centro Penitenciario de Preventivos de Instituciones Penitenciarias se extenderá documento debidamente formalizado en el que se hará constar que el Voluntariado Cristiano de Prisiones, NIF: G-29954716, hace entrega de la cantidad correspondiente mediante cheque bancario facilitado al Centro Penitenciario de Melilla, NIF: S-2913008-E, con destino a los reclusos cuyos datos identificativos se adjuntarán en listado del Libro Diario del Centro Penitenciario de Melilla (Código Mov. NIF, Nº NIS, Interno, Cantidad Recibida y Fecha), haciendo constar que dichos reclusos no reciben ninguna otra ayuda de tipo económico.

b)            Al referido documento se le adjuntará movimiento bancario de cargo en cuenta del cheque entregado al Centro Penitenciario de Melilla, en el que deberá quedar constancia de los siguientes datos bancarios: Entidad, Oficina, Fecha de la transacción, Importe, Fecha Valor y Nº de cheque.”

 

Cláusula 4ª

Continuará siendo de aplicación el contenido del Convenio de Colaboración suscrito el 4 de mayo de 2021, en aquellos aspectos que no hayan sido modificados por el presente  documento

Cláusula 5ª

De acuerdo con lo establecido en el art. 18.2 de la Ley 38/2003, de17 de noviembre, General de Subvenciones, la presente Addenda de modificación del Anexo A del convenio, deberá ser remitida para su publicación en la Base Nacional de Subvenciones para su oportuna publicidad.

 

Y para que así conste y, en prueba de conformidad, las partes intervinientes firman la presente Addenda del Convenio en el lugar y fecha señalados en el encabezamiento

 

CONSEJERIA DE POLÍTICAS

SOCIALES SALUD PÚBLICA Y BIENESTAR ANIMAL

VOLUNTARIADO CRISTIANO DE PRISIONES