ARTÍCULO Nº 1012 (CVE: BOME-A-2021-1012) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5908 - viernes, 29 de octubre de 2021 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, URBANISMO Y DEPORTE - CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, URBANISMO Y DEPORTE


Resolución provisional para la aprobación de la relación de beneficiarios y el listado de solicitantes excluidos en el procedimiento de concurrencia competitiva para la obtención de la mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad en viviendas en Melilla, para anualidad 2021, del Plan Estatal de Vivienda 2018/2021.

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PROPUESTA DE RESOLUCIÓN PROVISIONAL PARA LA APROBACIÓN DE LA RELACIÓN DE BENEFICIARIOS Y EL LISTADO DE SOLICITANTES EXCLUIDOS EN EL PROCEDIMIENTO DE CONCURRENCIA COMPETITIVA PARA LA OBTENCIÓN DE SUBVENCIONES DESTINADAS AL FOMENTO DE LA CONSERVACIÓN, DE LA MEJORA DE LA SEGURIDAD DE UTILIZACIÓN Y DE LA ACCESIBILIDAD EN VIVIENDAS EN MELILLA, PARA LA ANUALIDAD 2021, DEL PLAN ESTATAL DE VIVIENDA 2018 / 2021.

 

I.- Mediante Orden nº 1345 de fecha 15/06/2021 (BOME DE 22/06/2021), de la Consejería de Infraestructura, Urbanismo y Deporte, se convocaron subvenciones destinadas a la financiación de actuaciones nuevas o en curso destinadas al Fomento de la Conservación, de la mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad en viviendas, Convocatoria 2021, del Plan Estatal 2018/2021.

II.- En el BOME de fecha 27/08/2021, se publicó un requerimiento para aportación de documentos, otorgándose un plazo de 10 días hábiles para la referida subsanación o cumplimentación.

Durante el plazo otorgado se han presentado por los interesados las alegaciones o subsanaciones que han estimado oportunas.

III.- El art. 12.4 de la Resolución de Convocatoria dispone que “Una vez finalizado el plazo de subsanación y evaluadas las solicitudes por la Comisión de valoración, citada en el artículo 13 de la presente Orden, esta deberá emitir informe en el que se concrete el resultado de la evaluación efectuada, ordenando los expedientes de mayor a menor puntuación.

 

El órgano instructor, a la vista del expediente y del informe del órgano evaluador, formulará la propuesta de resolución.”

 

Por la citada Comisión se ha emitido, con fecha 25/10/2021, el correspondiente informe.

 

El art. 24 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, dispone que el órgano instructor, a la vista del expediente y del informe del órgano colegiado, formulará la propuesta de resolución provisional, debidamente motivada, que deberá notificarse a los interesados en la forma que establezca la convocatoria, y se concederá un plazo de 10 días para presentar alegaciones. Si bien el Reglamento de Subvenciones de la CAM dispone en su art. 16 que puede prescindirse de este trámite de audiencia cuando no figuren en el procedimiento ni sean tenidos en cuenta otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por los interesados, se considera conveniente no prescindir de este trámite.

 

Transcurrido dicho plazo, por tanto, se formulará la propuesta de resolución definitiva, que deberá notificarse y ser aceptada por los beneficiarios.

 

IV.- En el art. 9 de la Convocatoria se limitan las actuaciones a un crédito de 500.000,00 €, siendo 222.000,00 € con cargo al Ministerio de Transporte, Movilidad y Agenda Urbana y 278.000,00 € con cargo a los presupuestos de la CAM. Este crédito podrá ser aumentado cuando se den las circunstancias previstas en el art. 58 del RD 887/2006, por el que se aprueba el Reglamento General de Subvenciones.

V.- La cantidad reconocida como subvención estará sujeta a la posterior justificación de las cantidades realmente invertidas en cada una de las actuaciones, pudiéndose reajustar la subvención real, dentro de los límites de la convocatoria, siempre y cuando haya cobertura presupuestaria, teniendo en cuenta, como aportación de la Ciudad, la cantidad máxima de 278.000,00 €, y 222.000,00 del Estado.

VI.- CONTENIDO DE LA PROPUESTA.-

 

De conformidad con lo indicado, por esta Dirección General, vista la propuesta de la Comisión de Valoración, se formula la siguiente PROPUESTA DE RESOLUCIÓN PROVISIONAL:

 

PRIMERO. Aprobar la relación de beneficiarios que se recogen en el Anexo II a esta con indicación del número de expediente, dirección, número de viviendas, numero de locales, coste subvencionable y cuantía de la subvención a percibir, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8 de la Convocatoria, en la que se establecen los criterios reguladores para la cuantificación de la subvención. En el Anexo I se incluyen los expedientes excluidos por no reunir los requisitos establecidos en la Convocatoria, o por haber presentado la solicitud o la subsanación fuera de plazo.

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SEGUNDO.- Los solicitantes cuya petición conste aprobada provisionalmente, deberán presentar un escrito, en el plazo de Diez Días Hábiles, en el que se comprometan, en caso de resultar definitivamente aprobada su solicitud, a:

 

a)     A ejecutar las obras en un plazo máximo de 12 meses, contados desde la fecha de concesión de la ayuda. El plazo de inicio de las obras será el de TRES MESES contados a partir de la notificación de la Concesión. El incumplimiento de este plazo supondrá la pérdida de la subvención.

b)     A comunicar al órgano concedente la modificación de cualquier circunstancia tanto objetiva como subjetiva que afectase a alguno de los requisitos exigidos para la concesión de la subvención.

c)     A acreditar que no tiene deudas tributarias en periodo ejecutivo de pago con la Administración Pública de la Ciudad Autónoma, ni con la Administración del Estado, ni con la Seguridad Social, salvo que estén suspendidas o garantizadas.

d)     A someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el órgano concedente o la entidad colaboradora, en su caso, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, tanto nacionales como autonómicos, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.

e)     A comunicar al órgano concedente o la entidad colaboradora la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.

f)      A proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en el artículo 37 de la Ley General de Subvenciones.

g)     A incluir de forma visible la participación del Ministerio de Fomento, acompañado de la leyenda “Gobierno de España” junto a la de la Ciudad Autónoma en los carteles exteriores descriptivos de las obras en la zona de actuación. En estos figurará, además, el importe de las subvenciones aportadas por ambas administraciones con la misma tipografía.

h)     A presentar, cuando el importe del gasto subvencionable supere la cuantía de 40.000,00 €, como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contracción del compromiso para la obra. La elección entre las ofertas presentadas se realizará conforme a criterios de eficiencia y economía, debiendo justificarse expresamente en una memoria la elección cuando no recaiga en la propuesta económica más ventajosa. Si la justificación final de la obra ejecutada es menor de la prevista inicialmente los honorarios profesionales se reducirán proporcionalmente.

i)      De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31.4.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el caso de viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en fila y viviendas ubicadas en edificios de tipología residencial colectiva, los propietarios que resulten beneficiarios de forma individual, deberán destinar la misma a domicilio habitual y permanente durante un período de cinco años, a contar desde el pago de la subvención.

 

CUARTO.- Frente a esta propuesta de resolución provisional se podrán presentar por los interesados, en el plazo de Diez Días Hábiles, las alegaciones que consideren pertinentes en defensa de sus derechos.

QUINTO.- Ordenar la publicación de este trámite en el Boletín Oficial de la Ciudad. En vista de lo previsto en los artículos 40 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, esta publicación surtirá todos los efectos de notificación practicada.

 

ANEXO I RELACION DE SOLICITANTES NO ADMITIDOS O EXCLUIDOS

 

N.º

Ord

Exp.

Dirección

Código Exclusión

1

27815/21

C/ SIMANCAS Nº2

B,8,12

2

27931/21

C/ GRAN CAPITAN Nº 19

B 6, 12

3

27942/21

C/ FERNANDEZ CUEVAS Nº04

B1, 8

4

27945/21

AVDA CÁNDIDO LOBERA Nº 23

B 4, 8

5

27949/21

C/ GENERAL MACÍAS 9 Y 11

H

6

27954/21

C/ FALANGISTA PEDRO AVELLANEDA Nº 3

B1, 3, 5, 7, 8.

7

27955/21

C/ REYES CATÓLICOS 10

B4, 6, 8, 11, 12.

8

27957/21

C/ BAZÁN Nº28

B. 8.

9

27960/21

PLAZA DE LAS CULTURAS Nº2

B1, 6, 7.

10

27962/21

GENERAL MARGALLO Nº6

B 1, 6, 7,

11

27963/21

C/ JUAN RAMÓN 6/8/10

B.8, H

12

27965/21

C/ CASTELAR Nº1

B1, 6, 7.

13

27967/21

C/ MENDEZ NUÑEZ Nº 16

B6, 8, 12.

14

27975/21

PASEO DE RONDA Nº 5

B2, 3, 4, 9, 10, 11, 12.

15

27982/21

C/ DOCTOR JUAN RÍOS 7-9

B2, 4, 6. 9, 10, 11, 12.

16

27991/21

C/ OCEANÍA 19

H

17

27992/21

PADRE LECHUNDI Nº11

B3, 5, 6, 11, 12.

18

27994/21

ODONELL Nº4

B1, 3, 5, 8, 9, 10, 12.

19

27998/21

ASTILLEROS 96

B1, 3, 5, 6, 7, 9, 10, 12.

20

28000/21

COMANDANTE AVIADOR GARCÍA MORATO

B8

21

28003/21

GENERAL PRIM 22

B1, 3, 4, 7, 8, 9.

22

28006/21

SIMANCA 4

B 4, 8, 9.

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23

28048/21

GARCÍA MORATO 8

B 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 12

24

28049/21

A CORUÑA 25-27 CON VALENCIA 34

B11. 8.

25

28051/21

HERNANDO DE ZAFRA 6

B 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 12

26

28053/21

GENERAL POLAVIEJA 17

B 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 12

27

28054/21

CÁNDIDO LOBERA 7

B 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 12

28

28063/21

GARCÍA MORATO 40

B 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 12

29

28068/21

SANTANDER 8

B 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 12

30

28068/21

TEL AVIV 33

  F

31

28070/21

MUSTAFA ARRUF 4

B: 1,2,3,4,5,6,8,9,10,12

32

28071/21

EJÉRCITO ESPAÑOL 15

 I

33

28078/21

CÁNOVAS DEL CASTILLO 3

H

34

28085/21

PASEO MARÍTIMO MIR BERLANGA

 H

35

28088/21

MARQUÉS DE MONTEMAR 20

 H

36

28096/21

MAESTRO JOSE MOLINARES 1

B:2,3,4,8,9,10,11,12, 12

37

28101/21

MAESTRO JOSE MOLINARES 3

B:2,3,4,8,9,10,11,12, 13

38

28104/21

GENERAL PRIM 13

B:1, 2,3,4,6,7,9,10,11,12

39

28109/21

GENERAL PRIM 18

B: 1,2,3,4,5,6,7,9,10,1 1,12

40

28111/21

TRAVESÍA DE MADRID 7

H

41

28118/21

IBAÑEZ MARÍN 57

H

42

28127/21

ALICANTE 32

B: 3, 6,8,11,12

43

28134/21

GENERAL MARINA 10

B: 1,3,6,8,11,12

44

28139/21

SOR ALEGRIA 10

H

45

28193/21

MAESTRO JOSE MOLINARES 5

B: 2,3,4,8,9,10,11,12

46

28336/21

MARQUEZ DE LOS VÉLEZ 21-23

B:1,3,4,5,6,7,8,9,10, 11,12

47

28200/21

CAPITAN ECHAVARRÍA JIMENEZ

D

48

28201/21

ACTOR TALLAVÍ 8

D

49

28202/21

PAMPLONA 19

D

50

28354/21

CANDIDO LOBERA 4

D

51

28366/21

DIEGO DE PAREDES Nº12

D

52

35601/21

CASTELAR 10

D

53

35652/21

POLAVIEJA Nº 32

D

54

36063/21

SIYON 1

D

 

Nota:

 

código A:

art.4,6 tope de subvencion alcanzada

 

código B:

No subsanar documentación del art.11

 

codigo B.1

No presentar informe de evaluación de edificios

 

codigo B.2

No presentar Acuerdo de la Comunidad

 

codigo B.3

No presentar Proyecto, Memoria Presupuesto

 

codigo B.4

No presentar Cif o Dni

 

codigo B.5

No presentar notas simple

 

codigo B.6

No presentar cuenta banco

 

codigo B.7

No presentar fotografia

 

codigo B.8

No presentar cesión de datos

 

codigo B.9

No presentar división horizontal

 

codigo B.10

No presentar acta nombramiento de presidente

 

codigo B.11

No presentar solicitud bien cumplimentada

 

codigo B.12

No presentar declaración responsable

 

código C:

Obras no subvencionables según normativa

 

código D:

Solicitud fuera de plazo

 

código F:

No subsanar documentación en plazo

 

código H:

art. 4.5a) se incumple requisito general, de estar corriente con sus obligaciones fiscales

 

codigo j:

art. 5.3b) que al menos 50% vivienda costituya vivienda habitual del propietario o arrendatario

 

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ANEXO II RELACION EXPEDIENTES PROPUESTOS COMO BENEFICIARIOS

 

 

 

 

SUBVENCION

 

 

SUB. POR VIVIENDA

SUB. POR ACTUACION

Nº EXP

DIRECCION

Nº VIVIENDAS

Nº LOCALES

COSTE MINST.

COSTE

CAM

MINISTERO

CIUDAD

TOTAL

MINISTERO

CIUDAD

SUB.

MAX.

LOCAL

TOTAL VIV+LOC

LIMITE 55%

SUB.

PROVI.

27931/ 2021

C/ GRAN CAPITAN Nº19

4

1

65.878,37 €

68.513,5 0 €

3.000,0 0 €

2.000, 00 €

5.000,00 €

12.000,0 0 €

8.000,00 €

12.390,0 0 €

32.390,00 €

37.662,4 3 €

32.390,00 €

27932/ 2021

C/ REYES CATÓLICOS 1

10

4

113.964,0 3 €

118.522,59 €

4.558,5 6 €

1.777, 84 €

6.336,40 €

45.585,6 0 €

17.778,4 0 €

34.783,2 0 €

98.147,20 €

65.187,4 2 €

65.187,42 €

27933/ 2021

AVDA DEMOCRACIA Nº9

13

2

40.803,94 €

42.436,1 0 €

1.255,5 1 €

489,65 €

1.745,16 €

16.321,6 3 €

6.365,45 €

5.760,00 €

23.339,86 €

23.339,8 6 €

23.339,86 €

27936/ 2021

C/ CORONELES LACASA 15

1

 

88.428,45 €

91.713,5 9 €

3.000,0 0 €

0,00 €

3.000,00 €

3.000,00 €

0,00 €

 

3.000,00 €

50.442,4 7 €

3.000,00 €

27969/ 2021

C/ MARTIN GALINDO Nº5

4

 

27.951,16 €

29.069,2 1 €

2.795,1 2 €

2.204, 88 €

5.000,00 €

11.180,4 8 €

8.819,52 €

 

20.000,00 €

15.988,0 7 €

15.988,07 €

27973/ 2021

C/ ÁLVARO DE BAZÁN N 42

8

 

101.880,97 €

105.956,21 €

5.094,0 5 €

1.986, 68 €

7.080,73 €

40.752,4 0 €

15.893,4 4 €

 

56.645,84 €

58.275,9 2 €

56.645,84 €

27980/ 2021

C/ GENERAL PAREJA, 1

3

4

71.946,28 €

74.632,13 €

3.000,0 0 €

2.000, 00 €

5.000,00 €

9.000,00 €

6.000,00 €

7.650,00 €

22.650,00 €

41.047,6 7 €

22.650,00 €

28092/ 2021

CIUDAD DE MÁLAGA, BLOQUE 9

16

2

79.056,83 €

89.064,5 1 €

1.976,4 2 €

834,98 €

2.811,40 €

31.622,7 2 €

13.359,6 8 €

3.300,00 €

48.282,40 €

48.985,4 8 €

48.282,40 €

28090/ 2021

CIUDAD DE MÁLAGA, BLOQUE IV

18

3

96.622,95 €

110.786,62 €

2.147,1 8 €

852,98 €

3.000,16 €

38.649,2 4 €

15.353,6 4 €

2.220,00 €

56.220,00 €

60.932,6 4 €

56.220,00 €

28339/ 2021

GENERAL ASTILLEROS 71

4

1

35.913,27 €

37.349,8 0 €

3.000,0 0 €

0,00 €

9.750,00 €

12.000,0 0 €

0,00 €

750,00 €

12.750,00 €

20.542,3 9 €

6.000,00 €

                                                                                 722.446,25€       768.044,26€                                                        220.112,07€     91.570,13€                                                                                                        329.703,59€

TOTAL                                                                 81                 17

 

Melilla 25 de octubre de 2021,

El Director General de la Vivienda, Patrimonio y Urbanismo,

José Luis Matías Estévez