ARTÍCULO Nº 1043 (CVE: BOME-A-2021-1043) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5910 - viernes, 5 de noviembre de 2021 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD


Resolución nº 1127 de fecha 28 de octubre de 2021, por la que se aprueba las bases que regirán la convocatoria del concurso de decoración navideña de fachadas 2021.

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La Excma. Sra. Consejera de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad, mediante Resolución núm. 2021001127 de fecha 28 de octubre de 2021, ha resuelto lo siguiente:

 

La aprobación de las Bases que regirán la Convocatoria del CONCURSO DE DECORACIÓN NAVIDEÑA DE FACHADAS 2021 conforme a las siguientes

 

BASES

 

1º.- Podrá concurrir cualquier vecino de la Ciudad Autónoma de Melilla que disponga en su vivienda de una fachada con vistas a la calle y elementos que se presten a ser decorados como ventanas o balcones. Quedan excluidas las fachadas de establecimientos empresariales (comercios, hostelería, etc).

2º.- Los participantes no podrán colaborar con otros residentes del inmueble en caso de viviendas no unifamiliares, siendo la participación únicamente permitida a unidades de convivencia.

3º.- Cada participante podrá presentar una sola fachada y la decoración debe ajustarse a las ventanas, balcones y fachadas correspondientes a su vivienda, sin molestar al vecindario.

4º.- Las decoraciones tendrán que estar ubicadas en la parte principal de la fachada y no se permitirán decoraciones en los patios interiores o en viviendas cuyas fachadas no puedan observarse desde la calle.

5º.- Sólo se permitirán decoraciones relacionadas con motivos navideños propios de estas fechas.

6º.- La decoración deberá estar expuesta para ser observada por el jurado desde el 10 de diciembre de 2021 y deberá seguir expuesta en la fachada hasta el 6 de enero de 2022.

7º.- El jurado realizará las visitas a las diferentes fachadas participantes a partir del día 10 de diciembre de 2021.

8º.- El jurado, en su labor de selección de los premiados del presente concurso, valoraráfundamentalmente los siguientes factores:

 

·         Diseño y originalidad

·         Montaje

·         Complejidad

·         Estética

·         Creatividad

·         Ambientación navideña

 

9º.- Jurado. El Órgano Colegiado competente para efectuar la propuesta de concesión de los premios estará constituido por un Jurado integrado por la Consejera de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad o persona en quien delegue, que actuará como Presidente, y por un número impar de profesionales o expertos de prestigio en cuanto a conocimiento de decoración y conocimientos artísticos.

 

Actuará como Secretario del Jurado, con voz y sin voto, el Secretario Técnico de la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad, u otro funcionario habilitado para dar fe de las actuaciones.

 

La designación del Jurado se efectuará mediante Orden de la Consejera de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad y su composición podrá hacerse pública en el momento de la emisión del fallo.

 

10º.- La inscripción se realizará en las oficinas del área de Festejos (Auditórium Carvajal), de lunes a viernes de 9 a 13 horas, finalizando la misma el lunes 29 de noviembre de 2021

 

El plazo de presentación de las solicitudes será desde el día de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial hasta el 30 de noviembre 2021.

 

11º.- Se concederán a juicio del Jurado los siguientes premios:

 

·         Un primer premio de 600€

·         Un segundo premio de 500€

·         Un tercer premio de 400€

·         Tres accésit de 200€

 

Al importe de dichos premios se les aplicará las retenciones previstas en la vigente legislación.

 

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Los premios podrán ser declarados desiertos por el jurado.

 

12º.- La Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad dará a conocer la deliberación del jurado y la entrega de premios se hará público a través de las redes sociales de la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad y en la medida de los posible, en un acto público en el lugar y la fecha que se determinen.

13º.- El área de Festejos de la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad y el Jurado se reservan el derecho de adoptar cualquier iniciativa que, sin estar regulada en las presentes bases, contribuya al mayor éxito del Concurso, sin que contra sus decisiones pueda formularse reclamación alguna.

14º.- La convocatoria del presente concurso se regirá por las BASES REGULADORAS DE LAS SUBVENCIONES PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DE INTERÉS GENERAL Y DE CERTÁMENES O CONCURSOS EN EL ÁMBITO DE ACTUACIÓN DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN U COLECTIVOS SOCIALES (BOME núm. 4460, de 14 de diciembre de 2007). La inscripción en esta edición del concurso implica la total aceptación por sus participantes de las presentes bases y convocatoria, así como la resolución por la organización de cualquier problema no recogido en éstas.

 

Estando la presente convocatoria destinada a una pluralidad indeterminada de personas que pudieran estar interesadas en concurrir a la misma, se ordena su publicación, en aplicación del art. 45, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativos Común de las Administraciones Públicas.

 

La presente Orden no aborta la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recursos de alzada en el plazo de un mes, a computar al día siguiente de su publicación, ante el Presidente de la Ciudad Autónoma de Melilla, como Órgano Competente para resolverlos o ante esta Consejera, que deberá elevarlo con su informe a la Presidencia, de acuerdo con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativos Común de las Administraciones Públicas y artículo quinto del Reglamento de Organización Administrativa de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME extraordinario nº 13 de 7 de mayo de 1999).

 

Melilla 2 de noviembre de 2021,

El Secretario Técnico Acctal. de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad,

Arturo Jiménez Cano