ARTÍCULO Nº 1044 (CVE: BOME-A-2021-1044) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5910 - viernes, 5 de noviembre de 2021 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD


Resolución nº 1132 de fecha 29 de octubre de 2021, por la que se aprueba las bases que regirán la convocatoria del concurso de escaparates navideños 2021.

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La Excma. Sra. Consejera de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad, mediante Resolución núm. 2021001132 de fecha 29 de octubre de 2021, ha resuelto lo siguiente:

 

La aprobación de las Bases que regirán la Convocatoria del CONCURSO DE ESCAPARATES NAVIDEÑOS 2021 conforme a las siguientes

 

BASES

 

1º.- Podrán participar todos los establecimientos comerciales de la Ciudad de Melilla abiertos al público y que dispongan de escaparates. Cada establecimiento podrá presentar como máximo un escaparate.

2º.- La decoración de los escaparates ha de guardar relación directa con los motivos navideños propios de estas fechas y deberán estar decorados desde el 3 de diciembre de 2021.

3º.- Los establecimientos que participen, deben mantener la decoración navideña como mínimo hasta el 31 de diciembre de 2021. Una vez transcurrida la fecha, podrán seguir con la temática elegida para el concurso hasta finalizada la Navidad o modificarla si así lo desean.

4º.- El Jurado realizará las visitas a los establecimientos participantes el lunes 13 de diciembre de 2021 en horario comercial, sin previo aviso. En caso de que al llegar el Jurado esté cerrado el establecimiento, no se volverá a pasar. Constará en la pertinente acta de que dicho Jurado ya ha pasado por el establecimiento inscrito.

5º.- El Jurado, en su labor de selección de los premiados del presente concurso, valorará fundamentalmente los siguientes factores:

 

·         Originalidad

·         Montaje

·         Complejidad

·         Estética

·         Creatividad

·         Ambientación navideña

·         Atractivo comercial

 

6º.- Jurado. El Órgano Colegiado competente para efectuar la propuesta de concesión de los premios estará constituido por un Jurado integrado por la Consejera de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad o persona en quien delegue, que actuará como Presidente, y por un número impar de profesionales o expertos de prestigio en cuanto a conocimiento de decoración y conocimientos artísticos.

 

Actuará como Secretario del Jurado, con voz y sin voto, el Secretario Técnico de la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad, u otro funcionario habilitado para dar fe de las actuaciones.

 

La designación del Jurado se efectuará mediante Orden de la Consejera de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad y su composición podrá hacerse pública en el momento de la emisión del fallo.

 

7º.- La inscripción se realizará en las oficinas del área de Festejos (Auditórium Carvajal), de lunes a viernes de 9 a 13 horas, finalizando la misma el lunes 22 de noviembre de 2021.

8º.- Se concederán a juicio del Jurado los siguientes premios:

 

·         Un primer premio de 600 €

·         Un segundo premio de 500 €

·         Un tercer premio de 400 €

·         Tres accésit de 200 €

 

Al importe de dichos premios se les aplicará las retenciones previstas en la vigente legislación.

 

Los premios podrán ser declarados desiertos por el jurado.

 

9º.- La Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad dará a conocer la deliberación del jurado y la entrega de premios se hará público a través de las redes sociales de la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad y en la medida de los posible, en un acto público en el lugar y la fecha que se determinen.

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10º.- El área de Festejos de la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad y el Jurado se reservan el derecho de adoptar cualquier iniciativa que, sin estar regulada en las presentes bases, contribuya al mayor éxito del Concurso, sin que contra sus decisiones pueda formularse reclamación alguna.

11º.- La convocatoria del presente concurso se regirá por las BASES REGULADORAS DE LAS SUBVENCIONES PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DE INTERÉS GENERAL Y DE CERTÁMENES O CONCURSOS EN EL ÁMBITO DE ACTUACIÓN DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN U COLECTIVOS SOCIALES (BOME núm. 4460, de 14 de diciembre de 2007). La inscripción en esta edición del concurso implica la total aceptación por sus participantes de las presentes bases y convocatoria, así como la resolución por la organización de cualquier problema no recogido en éstas.

 

Estando la presente convocatoria destinada a una pluralidad indeterminada de personas que pudieran estar interesadas en concurrir a la misma, se ordena su publicación, en aplicación del art. 45, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativos Común de las Administraciones Públicas.

 

La presente Orden no aborta la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recursos de alzada en el plazo de un mes, a computar al día siguiente de su publicación, ante el Presidente de la Ciudad Autónoma de Melilla, como Órgano Competente para resolverlos o ante esta Consejera, que deberá elevarlo con su informe a la Presidencia, de acuerdo con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativos Común de las Administraciones Públicas y artículo quinto del Reglamento de Organización Administrativa de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME extraordinario nº 13 de 7 de mayo de 1999).

 

Melilla 2 de noviembre de 2021,

El Secretario Técnico Acctal. de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad,

Arturo Jiménez Cano