ARTÍCULO Nº 1047 (CVE: BOME-A-2021-1047) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5911 - martes, 9 de noviembre de 2021 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.


Extracto de la resolución de fecha 17 de junio de 2021, relativa a convocatoria para la concesión en el año 2021, de subvenciones públicas para el mantenimiento y promoción de actividades de las Casas de Melilla .

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TituloES: Extracto de la Resolución de fecha 17/06/2021, de la Consejería de Presidencia y Administración Pública, por la que se convoca la CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN EN EL AÑO 2021, DE SUBVENCIONES PÚBLICAS PARA EL MANTENIMIENTO Y PROMOCIÓN DE ACTIVIDADES DE LAS CASAS DE MELILLA PERTENCIENTES A LA FECONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN EN EL AÑO 2021, DE SUBVENCIONES PÚBLICAS PARA EL MANTENIMIENTO Y PROMOCIÓN DE ACTIVIDADES DE LAS CASAS DE MELILLA PERTENCIENTES A LA FEDERACIÓN NACIONAL DE CASAS DE MELILLA”

TextoES: BDNS(Identif.):593855

 

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/593855)

 

convocatoria de la concesión en el año 2021, de subvenciones públicas para el mantenimiento y promoción de actividades de las Casas de Melilla pertenecientes a la Federación Nacional de Casas de Melilla concretándose éstas en la presente convocatoria con las siguientes determinaciones:1ª.- Podrán concurrir a la presente convocatoria las Casas de Melilla pertenecientes a la Federación Nacional de Casas de Melilla.2ª.- Será requisito imprescindible para obtener la subvención encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, así como haber justificado en forma y plazo anteriores subvenciones recibidas de la Ciudad Autónoma de Melilla.3ª.- El plazo de presentación de solicitudes será de quince días contados a partir del día siguiente al de publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Ciudad. La solicitud se formulará cumplimentada el modelo oficial que se facilitará por la Consejería de Presidencia y Administración Pública, que se anexa. Las solicitudes se podrán presentar en la Consejería de Presidencia y Administración C.S.V.:13531313554247653267 (https://sede.melilla.es/validacion) Número Anotación: Fecha: Pública o en cualquiera de las formas establecidas en el artículo 16 la Ley 39/2015 de,del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. A efectos de una mejor valoración de las solicitudes, la Administración podrá solicitarla ampliación de los datos necesarios para adoptar la resolución que proceda. Estos datos, o la documentación complementaria que se requiera, deberá ser aportada en el plazo de 10 a partir de la fecha del requerimiento.4º.- Si el escrito de solicitud no reuniera alguno de los extremos previstos en el artículo66 de la Ley del Procedimiento Administrativo Común (en adelante LPA), o faltare algún documento, se requerirá al solicitante, de acuerdo con lo establecido en el artículo68 de la citada Ley, para que, en un plazo de DIEZ DÍAS hábiles, subsane las faltas o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que si así no lo hiciera se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que se dictará en los términos previstos en el artículo 21 de la misma.5º.- La distribución del importe máximo de 150.000 euros de las subvenciones se realizara entre las Casas solicitantes, con arreglo a lo siguiente:

 

A) Una parte de la subvención, ascendiente a 128.000 €, se distribuirá según los criterios y cuantías.• NÚMERO DE SOCIOS. Se distribuirán proporcionalmente la cuantía máxima de20.000 € en atención a los siguientes parámetros: Menos de 100Entre 100 y 200Entre 200 y 300Más de 300 socios.• VOLUMEN DE ACTIVIDADES PREVISTAS. Se distribuirán proporcionalmente la cuantía máxima de 15.000 € en atención a los siguientes parámetros (número de actividades previstas):Menos de 20 actividades Entre 20 y 30 actividades Más de 30 actividades• CARGAS FINANCIERAS POR LA COMPRA O ARRENDAMIENTO DELLOCAL SOCIAL. Se distribuirán proporcionalmente la cuantía máxima de 55.000 €en atención a los siguientes parámetros Cargas financieras anuales:C.S.V.:13531313554247653267 (https://sede.melilla.es/validacion)Número Anotación: Fecha: Menos de 6.000 €Entre 6.000 € y 12.000 €Entre 12.000€ y 18.000€Más de 18.000 €. PREVISIÓN DE GASTOS CORRIENTES RELACIONADOS CON EL MANTENIMIENTO DE LA CASA REGIONAL. Se distribuirán proporcionalmente la cuantía máxima de 38.000 € en atención a los siguientes parámetros Menos de 10.000€Entre 10.000 y 15.000 €Entre 15.000 y 20.000 €Más de 20.000€ El importe de la subvención deberá destinarse a los siguientes objetos: Amortizaciones de créditos contraídos para la adquisición o rehabilitación de local social, alquiler del local social, gastos de mantenimiento, pequeñas obras o reparaciones, adquisición de mobiliario, suministros, seguros, impuestos y contribuciones, telefonía, cuotas, suscripciones, desplazamiento y manutención con ocasión de la asistencia a reuniones debidamente convocadas por la Federación Nacional y otros gastos análogos, todo ello con referencia al año 2021.Los gastos financieros, los gastos de asesoría jurídica o financiera, los gastos notariales y regístrales y los gastos periciales para la realización del proyecto subvencionado y los de administración específicos serán subvencionables si están directamente 
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relacionados con la actividad subvencionada así como los gastos de garantía bancaria. En ningún caso serán gastos subvencionables:

 

a) Los intereses deudores de las cuentas bancarias.

b) Intereses, recargos y sanciones administrativas y penales.

c) Los gastos de procedimientos judiciales.

 

Los tributos serán gasto subvencionable cuando el beneficiario de la subvención los abona efectivamente. En ningún caso se consideran gastos subvencionables los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación ni los impuestos personales sobre la rentaC.S.V.:13531313554247653267 (https://sede.melilla.es/validacion)Número Anotación: Fecha:

 

B) ORGANIZACIÓN DE ACTIVIDADES CON OCASIÓN DEL DÍA DE MELILLA.- 11.000 euros se repartirán a partes iguales entre todas las Casas de Melilla a razón de 1.000 euros por Casa. Dicho importe se destinará a sufragar gastos ocasionados con ocasión de las actividades organizadas con motivo de la celebración del Día de Melilla del año 2021.

C) ORGANIZACIÓN DE ACTIVIDADES CULTURALES :- 11.000 euros se repartirán a partes iguales entre todas las Casas de Melilla a razón de 1.000 euros por Casa. Dicho importe se destinará a sufragar gastos ocasionados por la organización de actividades culturales.

 

Lugar de la Firma: Melilla

Fecha de la Firma: 2021-06-17

Firmante: La Consejera de Presidencia y Administración Pública, Gloria Rojas Ruiz.