ARTÍCULO Nº 1050 (CVE: BOME-A-2021-1050) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5911 - martes, 9 de noviembre de 2021 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.
Orden nº 3843 de fecha 3 de noviembre de 2021, relativa a modificación del plan de formación fondos propios de la Ciudad Autónoma de Melilla, para el año 2021.
La Excma. Sra. Consejera de
Presidencia y Administración Pública, mediante Orden de
03/11/2021, registrada al número 2021003843, en el Libro Oficial de
Resoluciones de la Consejería ha dispuesto lo siguiente:
Primero.- Previo acuerdo de la Comisión Paritaria de
Formación de la Ciudad Autónoma de Melilla, en sesión celebrada el día 25 de
mayo de 2021, se aprueba el Plan de Formación con Fondos Propios para el año
2021, gestionado por la Dirección General de Función Pública y financiado con
fondos de la Ciudad Autónoma de Melilla al amparo de lo dispuesto en el
Artículo 8 VIII del Acuerdo Marco y IX Convenio Colectivo de la Ciudad Autónoma
de Melilla (prorrogados).
Segundo.- Que, mediante Orden de la Excma. Sra.
Consejera de Presidencia y Administración Pública nº 2021000897 de 31 de mayo
de 2021, publicada en BOME nº 5866 de 4 de junio de 2021, se aprueba el Plan de
Formación con Fondos Propios de la Ciudad Autónoma de Melilla para el año 2021,
gestionado por la Dirección General de Función Pública.
Tercero.- Que, en relación con comunicación remitida
por la Dirección General de Función Pública, con fecha de 27 de octubre de
2021, constando en el expediente electrónico nº 37921/2021, proponiendo la
modificación del Plan de Formación de Fondos Propios 2021 gestionado por la
propia Dirección General, al objeto de “(...) adaptar la acción formativa “ACTIVIDADES DE CONTROL Y ALMACENAJE
EN GRANDES SUPERFICIES” a la Ley
31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, el Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las
disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los
trabajadores de los equipos de trabajo, y demás normativa vigente (…)”. Además, también se señala
que “(…) Dicha
modificación no afectará al presupuesto (…)”.
Cuarto.- Que con objeto de considerar la modificación
propuesta, el 27 de octubre de 2021 se traslada comunicación a los miembros de
la Comisión Paritaria de Formación.
Quinto.- Que los miembros de la misma aceptan tal
modificación, quedando el Plan de Formación Fondos Propios de la Ciudad
Autónoma de Melilla para el año 2021,
gestionado
por la Dirección General de Función Pública, como sigue:
CURSO DE FORMACIÓN FONDOS PROPIOS 2021,
GESTIONADO POR LA DIRECCIÓN GENERAL DE FUNCIÓN PÚBLICA, PROPUESTO PARA SU MODIFICACIÓN |
||||
ACCIÓN
FORMATIVA |
MODALIDAD |
ALUMNOS |
HORAS |
EDICIONES |
ACTIVIDADES DE CONTROL Y ALMACENAJE EN GRANDES
SUPERFICIES |
PRESENCIAL |
10 |
20 |
1 |
CURSO DE
FORMACIÓN FONDOS PROPIOS 2021, GESTIONADO POR LA DIRECCIÓN
GENERAL DE FUNCIÓN PÚBLICA, MODIFICADO |
||||
ACCIÓN
FORMATIVA |
MODALIDAD |
ALUMNOS |
HORAS |
EDICIONES |
ACTIVIDADES DE CONTROL Y ALMACENAJE EN GRANDES
SUPERFICIES |
PRESENCIAL |
10 |
25 |
1 |
De acuerdo con lo anterior,
y visto el expediente 37921/2021, en virtud de las competencias que tengo
atribuidas, VENGO
EN DISPONER
La modificación del Plan de
Formación Fondos Propios de la Ciudad Autónoma de Melilla para el año 2021, gestionado por la Dirección General de Función
Pública, con la siguiente concreción:
CURSO DE FORMACIÓN FONDOS PROPIOS 2021,
GESTIONADO POR LA DIRECCIÓN GENERAL DE FUNCIÓN PÚBLICA, PROPUESTO PARA SU MODIFICACIÓN |
||||
ACCIÓN
FORMATIVA |
MODALIDAD |
ALUMNOS |
HORAS |
EDICIONES |
ACTIVIDADES DE CONTROL Y ALMACENAJE EN GRANDES
SUPERFICIES |
PRESENCIAL |
10 |
20 |
1 |
CURSO DE
FORMACIÓN FONDOS PROPIOS 2021, GESTIONADO POR LA DIRECCIÓN
GENERAL DE FUNCIÓN PÚBLICA, MODIFICADO |
||||
ACCIÓN
FORMATIVA |
MODALIDAD |
ALUMNOS |
HORAS |
EDICIONES |
ACTIVIDADES DE CONTROL Y ALMACENAJE EN GRANDES
SUPERFICIES |
PRESENCIAL |
10 |
25 |
1 |
Contra esta ORDEN, que no
agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo
de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la
presente.
Dicho recurso podrá presentarse
ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma,
como superior jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de conformidad
con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno y de la
Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2
de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE
número 236, de 1 de octubre de 2015).
El plazo máximo para dictar
y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que
recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada
interpuesto.
No obstante, podrá utilizar
cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.
Lo que se notifica para su
conocimiento y efectos oportunos.
Melilla 4 de noviembre de 2021,
La Secretaria Técnica de Presidencia y
Administración Pública,
Pilar Cabo León