ARTÍCULO Nº 1054 (CVE: BOME-A-2021-1054) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5911 - martes, 9 de noviembre de 2021 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, URBANISMO Y DEPORTE - CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, URBANISMO Y DEPORTE
Emplazamiento y remisión de expediente en procedimiento ordinario nº 17/2021, seguido a instancias por Amoyosu S.L..
Expediente: 20518/2017
Expediente Administrativo: Reposición de la
legalidad urbanística.
Interesado: |
AMOYOSU, S.L. D. RAÚL CARRERO SEGURA. |
Representante: |
D. Domingo Zoyo Bailón. Dª Belén Puerto Martínez. |
En el expediente referenciado, se ha interpuesto
Recurso Contencioso Administrativo, dando lugar al Procedimiento Ordinario nº
0000017 / 2021, en el desarrollo del cual ha recaído Resolución del Juzgado de
lo Contencioso Administrativo Nº 2 de Melilla, de fecha veintiséis de octubre
del presente, cuyo contenido es el siguiente:
"Conforme a lo acordado en resolución de esta
fecha dictada en el recurso contenciosoadministrativo con los datos al margen, interpuesto por AMOYOSU SL
contra resolución de esa Administración de fecha 15 de junio de 2021 dictada en
expediente 2021000824 / 2021 sobre OBRAS REALIZADAS SIN LICENCIA, y en
cumplimiento de lo dispuesto en los Arts. 48 de la LJAC, siendo necesarios
el/los expedientes/s que motivaron la/las resolución/ones impugnada/s, solicito
a V. I. :
- Ordene la remisión a este órgano judicial de
aquel/aquellos a que se refiere el acto impugnado, en el plazo improrrogable de
veinte días, o bien copia autentificada del mismo, debidamente
foliado, y en su caso, con los documentos e índices correspondientes,
interesándole, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 49 de la LJCA, que la
resolución administrativa que se dicte a tal fin se notifique, en los cinco
días siguientes a su adopción, a cuantos aparezcan como interesados en dicho
expediente, emplazándoles
para que puedan personarse como
demandados ante este órgano judicial en el plazo de nueve días. La notificación se
practicará con arreglo a lo dispuesto en la Ley que regule el procedimiento
administrativo común. Hechas las notificaciones se incorporarán al expediente
administrativo, y todo ello con el apercibimiento expreso contenido en el art.
48.7 de la LJ, en el supuesto de que transcurra el plazo concedido sin que haya
sido remitido. El expediente administrativo con la implantación de la Justicia
Digital deberá llegar al Órgano Judicial de forma digitalizada a través del
cargador de expedientes administrativos (INSIDE), en el que se contendrá un
índice detallado de los documentos remitidos; en caso de no poder remitir el
expediente a través del cargador, deberá remitirse en soporte informático.
-
De conformidad con
lo dispuesto en el Art. 38 de la LJCA, deberá, al remitir el expediente
administrativo, comunicar a este órgano judicial si tiene conocimiento de la
existencia de otros recursos contencioso-administrativos en los que puedan
concurrir los supuestos de acumulación que previene el Capítulo III de la Ley
Procesal.
-
Así mismo deberá
comunicar a este Órgano Judicial la autoridad o empleado responsable de la
remisión del expediente administrativo.”
De conformidad con lo dispuesto en el Art. 49 de la Ley
de la Jurisdicción Contencioso Administrativa (Ley 29/98, de 13 de Julio) en
relación con el Art. 42 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se procede a notificar a
cuantos sean interesados en el procedimiento, mediante publicación del Acuerdo
en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA, que
disponen de nueve días para personarse en el Juzgado.
Lo que se hace público para conocimiento general.
Melilla 2
de noviembre de 2021,
La
Secretaria Técnica Acctal. de Infraestructuras, Urbanismo y Deportes,
Francisca
Torres Belmonte