ARTÍCULO Nº 1054 (CVE: BOME-A-2021-1054) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5911 - martes, 9 de noviembre de 2021 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, URBANISMO Y DEPORTE - CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, URBANISMO Y DEPORTE


Emplazamiento y remisión de expediente en procedimiento ordinario nº 17/2021, seguido a instancias por Amoyosu S.L..

BOME-P-2021-3367 Descargar página

 

Expediente:                                             20518/2017

Expediente Administrativo: Reposición de la legalidad urbanística.

 

Interesado:

AMOYOSU, S.L. D. RAÚL CARRERO SEGURA.

Representante:

D. Domingo Zoyo Bailón.

Dª Belén Puerto Martínez.

 

En el expediente referenciado, se ha interpuesto Recurso Contencioso Administrativo, dando lugar al Procedimiento Ordinario nº 0000017 / 2021, en el desarrollo del cual ha recaído Resolución del Juzgado de lo Contencioso Administrativo Nº 2 de Melilla, de fecha veintiséis de octubre del presente, cuyo contenido es el siguiente:

 

"Conforme a lo acordado en resolución de esta fecha dictada en el recurso contenciosoadministrativo con los  datos al margen, interpuesto por AMOYOSU SL contra resolución de esa Administración de fecha 15 de junio de 2021 dictada en expediente 2021000824 / 2021 sobre OBRAS REALIZADAS SIN LICENCIA, y en cumplimiento de lo dispuesto en los Arts. 48 de la LJAC, siendo necesarios el/los expedientes/s que motivaron la/las resolución/ones impugnada/s, solicito a V. I. :

 

- Ordene la remisión a este órgano judicial de aquel/aquellos a que se refiere el acto impugnado, en el plazo improrrogable de veinte días, o bien copia autentificada del mismo, debidamente foliado, y en su caso, con los documentos e índices correspondientes, interesándole, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 49 de la LJCA, que la resolución administrativa que se dicte a tal fin se notifique, en los cinco días siguientes a su adopción, a cuantos aparezcan como interesados en dicho expediente, emplazándoles para que puedan personarse como demandados ante este órgano judicial en el plazo de nueve días. La notificación se practicará con arreglo a lo dispuesto en la Ley que regule el procedimiento administrativo común. Hechas las notificaciones se incorporarán al expediente administrativo, y todo ello con el apercibimiento expreso contenido en el art. 48.7 de la LJ, en el supuesto de que transcurra el plazo concedido sin que haya sido remitido. El expediente administrativo con la implantación de la Justicia Digital deberá llegar al Órgano Judicial de forma digitalizada a través del cargador de expedientes administrativos (INSIDE), en el que se contendrá un índice detallado de los documentos remitidos; en caso de no poder remitir el expediente a través del cargador, deberá remitirse en soporte informático.

 

-       De conformidad con lo dispuesto en el Art. 38 de la LJCA, deberá, al remitir el expediente administrativo, comunicar a este órgano judicial si tiene conocimiento de la existencia de otros recursos contencioso-administrativos en los que puedan concurrir los supuestos de acumulación que previene el Capítulo III de la Ley Procesal.

-       Así mismo deberá comunicar a este Órgano Judicial la autoridad o empleado responsable de la remisión del expediente administrativo.”

 

De conformidad con lo dispuesto en el Art. 49 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa (Ley 29/98, de 13 de Julio) en relación con el Art. 42 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se procede a notificar a cuantos sean interesados en el procedimiento, mediante publicación del Acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA, que disponen de nueve días para personarse en el Juzgado.

 

Lo que se hace público para conocimiento general.

 

Melilla 2 de noviembre de 2021,

La Secretaria Técnica Acctal. de Infraestructuras, Urbanismo y Deportes,

Francisca Torres Belmonte