ARTÍCULO Nº 1097 (CVE: BOME-A-2021-1097) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5914 - viernes, 19 de noviembre de 2021 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.
Orden nº 3973 de fecha 11 de noviembre de 2021, relativa a bases de la convocatoria para la provisión, mediante comisión de servicios, de un puesto de trabajo de coordinador Dirección General de Vivienda y Urbanismo.
De conformidad con la Mesa
General de Negociación de Personal Funcionario y Laboral de la Ciudad Autónoma
de Melilla, en sesión ordinaria celebrada el 25 de octubre de 2021, por la que
se aprueban las bases para la provisión, mediante comisión de servicios, de
puestos de trabajo vacantes en la Relación de Puestos de Trabajo de esta Ciudad
Autónoma, y en base a lo previsto en el Título III del Real Decreto 364/1995,
de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del
Personal al servicio de la Administración
General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción
Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración del Estado y en
uso de las competencias que me confiere el Reglamento de la Consejería de
Administraciones Públicas, y el art. 33 del Reglamento de Gobierno y
Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla, a tenor del Orden Jurídico
instaurado por la Ley Orgánica 2/1995, de 13 de marzo, del Estatuto de
Autonomía de Melilla,
De acuerdo con lo anterior,
y visto el expediente 36388/2021, en virtud de las competencias que tengo
atribuidas, VENGO EN DISPONER
Convocar el proceso
siguiente:
BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN,
MEDIANTE COMISIÓN DE SERVICIOS, DE UN PUESTO DE TRABAJO DE COORDINADOR DIRECCIÓN
GENERAL DE VIVIENDA Y URBANISMO.
Es objeto de esta
convocatoria, la provisión, mediante Comisión de Servicios, del siguiente
puesto de trabajo de la Ciudad Autónoma de Melilla:
Código |
Denominación |
Grp |
RJ |
Formación |
VPPT |
CD |
1032 |
Coordinador Dirección General de Vivienda y Urbanismo |
A2/C1 |
F |
Diplom.Universitaria/Bachiller/FP2 |
180 |
22 |
1.- Requisitos
Específicos: Para ser admitidos a la convocatoria, los aspirantes deberán reunir los
siguientes requisitos:
- Ser Funcionario de
carrera, propio o transferido, en situación de servicio activo, Grupo A2/C1 de
la Ciudad Autónoma de Melilla.
2.- Procedimiento de provisión:
El puesto objeto de la
presente convocatoria se proveerá por Comisión de Servicio.
3.- Disposiciones Generales:
De conformidad con lo
dispuesto en el apartado 2.4 de las “Bases generales de aplicación a los procedimientos de provisión de
puestos de trabajo mediante comisión de servicios de funcionarios de carrera de
la Ciudad Autónoma de Melilla durante los ejercicios 2019-2023” para la concesión de las
comisiones de servicios entre los funcionarios que concurran a las convocatorias
de éstas, con carácter general y con las excepciones expresadas en las bases
generales, se establecen los siguientes criterios de selección por orden de
prelación:
“a) En primer lugar, se otorgará la comisión de servicios al funcionario que se encuentre prestando servicios en el mismo servicio o unidad al que corresponda el puesto a proveer y, cuando éste pueda ser ocupado por dos subgrupos indistintamente, se otorgará a aquel que pertenezca al subgrupo superior y ocupe un puesto de trabajo que tenga asignado el nivel más alto de complemento de destino. En el caso de que concurran dos o más funcionarios que cumplan este requisito, la comisión de servicios se concederá a aquél que tenga más antigüedad en el servicio o unidad y de no ser posible al funcionario de mayor antigüedad, valorada por años
de servicios, computándose a estos efectos
los reconocidos que se hubieren prestado con anterioridad a la adquisición de
la condición de funcionario de carrera.
b)
En el caso de que ningún funcionario adscrito al servicio o unidad
cumpla con los requisitos de desempeño del puesto de trabajo, la comisión de
servicios se ofrecerá al funcionario que, cumpliéndolos, desempeñe sus
funciones en otro servicio o unidad perteneciente a la misma área de gestión.
c)
En el caso de que no pudiera concederse la comisión de servicios por
ninguno de los procedimientos descritos, la misma podrá ser concedida
discrecionalmente por la Consejera de Presidencia, Administración Pública y
Regeneración Democrática (actualmente Consejería de Presidencia y Administración Pública), de entre los candidatos propuestos por la
comisión de valoración” (siguiendo los criterios de valoración recogidos en el apartado 5º).
4.- Forma y plazo de presentación de
solicitudes.
Todo funcionario de carrera
de la Ciudad Autónoma de Melilla que, reuniendo los requisitos, quiera acceder
a la comisión de servicios convocada, deberá presentar una solicitud dirigida a
la Consejería de Presidencia y Administración Pública, a través de alguno de
los registros previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el
plazo improrrogable de cinco días hábiles, a partir del siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín
Oficial de la Ciudad.
La solicitud deberá ir
acompañada de fotocopia del DNI, de la documentación acreditativa compulsada de
los méritos alegados que serán objeto de valoración y del certificado de
servicios prestados emitido por la Secretaria Técnica de la Consejería de
Presidencia y Administración Pública.
5.- Sistema de valoración:
a) Antigüedad:
-
Por cada mes de servicio prestado en la Ciudad Autónoma de Melilla como
Grupo A2/C1, 0,166 puntos.
-
Por cada mes de servicio prestado en la Ciudad Autónoma de Melilla en
Grupos inferiores al puesto convocado, 0,08 puntos.
Para el cómputo de los
meses, se despreciarán las fracciones inferiores al mes.
La puntuación máxima en
este apartado será de 20 puntos.
El período de tiempo de
servicios prestados se acreditará mediante certificación expedida por la
Secretaría Técnica de Presidencia y Administración Pública.
b) Nivel de formación:
Poseer Titulación académica
superior a la exigida como requisito en la convocatoria, con un máximo de 10 puntos:
a)
Título Universitario de Licenciado, 10 puntos.
b)
Título Universitario de Grado, 8 puntos
c)
Título Universitario de Diplomatura (si el solicitante es Grupo C1) , 6 puntos.
d)
Título de Técnico Superior (si el solicitante es Grupo C1) , 4 puntos.
No se valorarán los títulos
académicos imprescindibles para la obtención de otros de nivel superior que se
aleguen.
c)
Posesión de un determinado grado personal:
0,5 puntos por nivel de
grado personal consolidado, con un máximo de 10 puntos. Se acreditará mediante
certificado de la Secretaría Técnica de Presidencia y Administración Pública.
d)
Cursos de formación:
Por cursos recibidos
relacionados con el puesto a cubrir, impartidos por la Administración o por
empresas legalmente autorizadas, o realizadas dentro de los planes anuales de
Formación, incluyendo los patrocinados por las Organizaciones Sindicales en
dicho ámbito: 0,02 puntos por hora de curso, con un máximo de 10 puntos.
Los cursos inferiores a 15
horas no se computarán ni aislada ni conjuntamente.
En caso de empate en la
puntuación, se acudirá para dirimirlo a la puntuación obtenida en el apartado
b) “nivel de formación”, y si persistiera el empate, se atenderá en el siguiente
orden a la puntuación obtenida en los apartados a), c) y d) respectivamente.
6.- Comisión de Valoración.-
La Comisión de Valoración
estará constituida y se regirá según lo establecido en el apartado séptimo de
las Bases Generales de aplicación a los procedimientos de provisión de puestos
de trabajo mediante Comisión de Servicios.
7.- Norma final.-
En lo no dispuesto en las
presentes bases, se estará a lo establecido en las Bases Generales de
aplicación.
Las presentes bases y los
actos que de ella deriven por parte del órgano calificador, podrán ser
recurridos en la forma y plazos previstos en el art. 112 y siguientes de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, y preceptos concordantes del Reglamento de
Organización Administrativa de la Ciudad Autónoma de Melilla.
Melilla 11 de noviembre de 2021,
La Consejera de Presidencia y Administración Pública,
Gloria Rojas Ruiz