ARTÍCULO Nº 1136 (CVE: BOME-A-2021-1136) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5916 - viernes, 26 de noviembre de 2021 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.
Orden nº 4061 de fecha 23 de noviembre de 2021, por la que se reduce los plazos en aplicación al procedimiento de tramitación de urgencia de la convocatoria de las ayudas de la Ciudad Autónoma de Melilla para libros de texto, material y transporte escolar para Educación Secundaria Obligatoria, correspondientes al curso 2021 - 2022.
I.- Mediante Resolución
de la Consejera de Presidencia y Administración Pública registrada al número
2021002967 de fecha 27/09/2021 se procede a la aprobación de la CONVOCATORIA DE
LAS AYUDAS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA PARA LIBROS DE TEXTO, MATERIAL Y
TRANSPORTE ESCOLAR PARA EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA, CORRESPONDIENTES AL
CURSO 2021-2022.
II.- El apartado undécimo
señala: “El órgano instructor, a la vista
del expediente y del informe del órgano colegiado, formulará propuesta de
resolución provisional, debidamente motivada, que deberá notificarse a los
interesados, de acuerdo con lo previsto en los artículos 40 y 42 de la Ley
39/2015 mediante su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad (BOME),
concediéndose un plazo de diez días para la presentación de alegaciones. De no
exponerse alegaciones en el plazo reglamentario la propuesta de resolución
provisional tendrá carácter de definitiva.”
III.- El apartado 1 del artículo
33 de la Ley 39/2015,
Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece:
“Cuando razones de interés público lo aconsejen, se podrá acordar, de
oficio o a petición del interesado, la aplicación al procedimiento de la
tramitación de urgencia, por la cual se reducirán a la mitad los plazos
establecidos para el procedimiento ordinario, salvo los relativos a la
presentación de solicitudes y recursos”.
IV.- Debido al interés
público y social del abono de este tipo de ayuda de carácter social antes de
que finalice el ejercicio económico 2021, y así poder tramitar los pagos de las
correspondientes subvenciones lo antes posible a unos solicitantes en especial
situación de vulnerabilidad.
De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 23342/2021, en virtud
de las competencias que tengo atribuidas, VENGO
EN DISPONER
Primero.- La aplicación
al procedimiento de la tramitación de urgencia, por la cual se reducirán a la
mitad los plazos establecidos en cuanto a la publicación en el Boletín Oficial
de la Ciudad de Melilla de la propuesta de resolución provisional de concesión
o denegación de las ayudas establecidas en la CONVOCATORIA DE LAS AYUDAS DE LA
CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA ARA LIBROS DE TEXTO, MATERIAL Y TRANSPORTE ESCOLAR
PARA EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA, CORRESPONDIENTES AL CURSO 2021-2022.
Segundo.- Que, de
acuerdo con lo establecido en el apartado 2 del artículo 33 de la citada Ley
39/2015: “No
cabrá recurso alguno contra el acuerdo que declare la aplicación de la
tramitación de urgencia al procedimiento, sin perjuicio del procedente contra
la resolución que ponga fin al procedimiento”.
Tercero.- Que se proceda a su publicación en el Boletín Oficial de
la Ciudad de Melilla, para su general conocimiento.
Melilla 21 de noviembre de 2021,
La Consejera de Presidencia y Administración
Pública,
Gloria Rojas Ruiz