ARTÍCULO Nº 1145 (CVE: BOME-A-2021-1145) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5916 - viernes, 26 de noviembre de 2021 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - EMPRESA MUNICIPAL DE LA VIVIENDA Y SUELO DE MELILLA S.A. - EMVISMESA
Pliego de cláusulas particulares que regirán el procedimiento de arrendamiento, mediante subasta pública, del local propiedad de la Ciudad Autónoma De Melilla sito en la Calle General Astilleros, 68, Local C.
PLIEGO DE CLÁUSULAS PARTICULARES QUE REGIRÁN
EL PROCEDIMIENTO DE ARRENDAMIENTO, MEDIANTE SUBASTA PÚBLICA, DEL LOCAL
PROPIEDAD DE LA CIUDAD AUTONOMA DE MELILLA SITO EN LA CALLE GENERAL ASTILLEROS,
68, LOCAL C
1.-
OBJETO.
Constituye el objeto de este
Pliego establecer las condiciones que regirán el contrato y el procedimiento de arrendamiento,
mediante subasta pública, de un bien titularidad de la Ciudad Autónoma de
Melilla que se detalla a continuación y se relaciona en el Anexo I, y cuya
autorización se aprobó mediante Acuerdo del Consejo de Administración de
EMVISMESA de fecha 22 de octubre de 2021, en ejecución del “Encargo de la
Ciudad Autónoma de Melilla a la mercantil Empresa Municipal de la Vivienda y
Suelo de Melilla, S.A.(EMVISMESA) para la gestión del patrimonio inmobiliario
de la CAM y de actuaciones materiales en diversos expedientes relativos a
ayudas en materia de vivienda” acordado por la Excma. Asamblea de la Ciudad
Autónoma de Melilla en sesión extraordinaria celebrada el 20 de enero de 2021.
El local objeto del presente
pliego, es el ubicado en la calle General Astilleros, 68, local C de Melilla,
Finca Registral 34.178, que tiene la siguiente descripción: local diáfano y sin
ninguna construcción interior, que cuenta con fachada a C/ Gral. Astilleros,
68, por donde tiene su entrada, con una superficie de 57 m2
construidos.
2.-
CALIFICACIÓN Y RÉGIMEN JURÍDICO.
El presente contrato es de
carácter privado, tal y como establecen los artículos 26 y 9.2 de la Ley
9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se
transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento
Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE de 26 de febrero de 2014 (en
adelante LCSP).
De conformidad con su
calificación, el presente contrato se regirá,
a)
En la Fase de Preparación y Adjudicación:
·
Por lo establecido en este Pliego.
·
Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones
Públicas en cuanto a las disposiciones que afecten a este pliego y que tengan
la consideración de legislación básica, de conformidad con su Disposición final
segunda.
·
Los principios extraídos en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de
Contratos del Sector Público y sus disposiciones de desarrollo, para resolver
las dudas y lagunas que pudieran presentarse (LCSP).
·
Real Decreto 1098/2001 de 12 de octubre, por el que se aprueba el
Reglamento de la Ley de Contratos.
·
Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el
Reglamento de Bienes de las Entidades Locales (RBEL).
·
Supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho
administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado.
b)
En cuanto a sus efectos y extinción:
·
Por el Real Decreto de 24 de julio de 1889, por el que se publica el
Código Civil.
·
Por el resto de normas de derecho privado que le sean de aplicación
según su naturaleza.
El orden jurisdiccional
contencioso-administrativo será el competente para el conocimiento de las
cuestiones que se susciten en relación con la preparación y adjudicación de
este contrato.
El orden jurisdiccional
civil será el competente para resolver las controversias que surjan entre las
partes en relación con los efectos, cumplimiento y extinción del contrato El
presente pliego revestirá carácter contractual.
3.-
REQUISITOS PARA PARTICIPAR EN LA SUBASTA Y PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACION.
3.1.- Procedimiento.-
La adjudicación del presente
contrato se efectuará por SUBASTA, procedimiento abierto, tramitación
ordinaria, rigiéndose, en cuanto a su preparación y adjudicación por la
normativa reguladora de contratación de las Administraciones Públicas, cuya
tramitación es ordinaria al no haberse advertido ninguna de las circunstancias
previstas en el art. 119 de la LCSP.
Toda persona interesada, y
que reúna los requisitos, podrá presentar una proposición, quedando excluida
toda negociación de los términos del contrato.
Para la valoración de las
proposiciones y la determinación de las ofertas se atenderá, por tanto, a un
sólo criterio, siendo este el Precio.
3.2.- Requisitos.-
Podrán participar en la
subasta aquellas personas físicas o jurídicas que reúnan los siguientes
requisitos:
·
Debe encontrase al corriente de las obligaciones tributarias con el
Estado y Ciudad Autónoma.
·
Que tengan plena capacidad de obrar y no se encuentren incursos en causa
de prohibición de contratar, requisitos que deberán concurrir en el momento de
finalización del plazo de presentación de ofertas.
4-
TIPO DE LICITACION Y DURACIÓN DEL CONTRATO.
El tipo de licitación se
fija en la cantidad mínima de renta mensual de TRESCIENTOS OCHENTA EUROS
(380,00 €)
El Precio podrá ser mejorado
al alza en el momento de apertura del sobre económico, mediante pujas por
cuantía mínima de veinticinco euros (25,00 €) cada una de ellas.
En el precio fijado, no
están incluidos los gastos de gestión y tramitación del contrato, así como demás impuestos y/o tasas que graven el
contrato, a cuyos pagos corresponderá satisfacer al adjudicatario.
El contrato de arrendamiento
tendrá una duración inicial de cinco (5) años, pudiendo concertarse prórrogas
de mutuo acuerdo de dos años de duración con un máximo de tres prórrogas;
cumplido el plazo máximo de prórrogas, se extinguirá el contrato, recuperando
EMVISMESA la posesión inmediata del local.
5.-
FORMA DE PAGO.
El precio del arrendamiento
se pagará por el adjudicatario mediante transferencia bancaria los cinco
primeros días de cada mes en la cuenta que EMVISMESA a tal efecto designe y con
las indemnizaciones contempladas en la Cláusula 15ª. El precio final será
objeto de revalorización anual con el IPC previsto.
6.-
FIANZA PROVISIONAL Y FIANZA DEFINITIVA.
Para tomar parte en la
subasta es indispensable que el licitador haya depositado previamente en metálico
el 10 % de una anualidad del precio mínimo de mensualidad de arrendamiento
fijado en la cláusula 4, y que en el presente expediente resulta ser la
cantidad de CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SEIS EUROS (456,00€), mediante ingreso en la cuenta corriente nº
ES41 2103 2031 91 0030007973 de EMVISMESA.
Dicha cantidad tendrá el
carácter de fianza provisional y será devuelta al licitador cuyo favor no
hubiese quedado hecha la adjudicación del contrato.
Una vez adjudicado el
contrato de arrendamiento, el adjudicatario, deberá depositar como fianza
definitiva y con carácter previo a la firma del mismo una fianza por valor de
cuatro meses del precio de la renta mensual de adjudicación.
Ambas fianzas, tanto
provisional como definitiva, podrán también prestarse mediante aval prestado en
la forma y condiciones reglamentarias, por alguna entidad financiera de España.
La garantía total depositada
quedará afecta al cumplimiento de las obligaciones y responsabilidades del
adjudicatario, así como a la reparación de los posibles daños y perjuicios
ocasionados por el mismo.
7.-
GASTOS POR CUENTA DEL AJUDICATARIO.
Todos los gastos e impuestos
derivados del presente pliego y su adjudicación, serán por cuenta y a cargo del
adjudicatario, igualmente serán por cuenta del adjudicatario los gastos de
publicidad del Pliego, con un máximo de 600€.
El adjudicatario se obliga a
formalizar y mantener al corriente un seguro de responsabilidad civil del local
en función del uso al que se destine, debiendo aportar dicho seguro a EMVISMESA
en el plazo de 20 días desde la formalización del contrato de arrendamiento;
igualmente deberá adjuntar anualmente el pago del recibo del seguro que
justifique su vigencia. Será causa automática de resolución del contrato, el no
presentar el justificante del seguro contrato en el plazo de 20 días
concedidos, así como no justificar el abono de cada anualidad una vez sea
requerido por EMVISMESA. Asimismo el adjudicatario deberá suscribir un seguro
por el continente por el valor del local cuyo beneficiario será EMVISMESA
8.-
MESA DE CONTRATACION.
La Mesa de Contratación será
la que está constituida con carácter permanente.
9.-
CONDICIONES ESPECIALES DEL CONTRATO.
El precio de la renta
mensual inicialmente fijada, se realiza en concepto de "cuerpo
cierto", por lo que no cabrá reclamación alguna en razón de diferencias de
superficie, por lo que dichas diferencias, en el supuesto de producirse, no
podrán ser causa de impugnación o resolución del contrato, ni podrá dar lugar a
reclamación económica.
Durante los diez primeros
días del plazo de licitación, por cualquier interesado se podrá solicitar a
EMVISMESA el acceso al local para la comprobación de su estado, situación, características, etc.
10.-
CAPACIDAD PARA CONTRATAR.
Podrán participar en la
subasta las personas físicas o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan
plena capacidad de obrar y no se encuentren incursos en causa de prohibición de
contratar, requisitos que deberán concurrir en el momento de finalización del
plazo de presentación de ofertas.
11.-
ACREDITACIÓN DE LA APTITUD PARA CONTRATAR Y MODO DE ACREDITARLA.
11.1.- Momento de acreditar la
aptitud.-
Sólo tendrá que acreditarla
el licitador o licitadores propuestos para la adjudicación del contrato a
requerimiento del órgano de contratación según lo dispuesto en la Cláusula 14ª
del presente pliego. Ello, sin perjuicio de la declaración responsable que
habrá de presentarse con la presentación de proposiciones de conformidad con la
cláusula siguiente.
11.2.- Modo de acreditar la aptitud.-
Se acreditará mediante la
aportación de la documentación necesaria para acreditar que concurren los
requisitos previstos en la cláusula 3.
12.-
PRESENTACION DE OFERTAS.
12.1.- Los participantes en
la subasta presentarán sus ofertas en el Registro General de EMVISMESA, en
horario de 9’00 h a 13,00 h en el plazo de 26 días naturales a contar desde la
publicación en el BOME, y constará de dos sobres cerrados denominados:
“Sobre 1: Documentación
Personal - Subasta pública alquiler del local sito en la calle General
Astilleros, 68, local C de Melilla (Finca Registral 34.178)”
“Sobre 2: Proposición
Económica - Subasta pública de local sito en la calle General Astilleros, 68,
local C de Melilla (Finca Registral 34.178)”
Cada sobre deberá reflejar
junto a la denominación anterior, el nombre y apellidos, o nombre de la persona
jurídica del licitador.
12.2.- Contenido de los
sobres.-
SOBRE 1.- DOCUMENTACIÓN PERSONAL.
En el sobre de Documentación Personal se incluirá:
a)
Instancia debidamente cumplimentada según ANEXO I
b)
Documentos acreditativos de la personalidad:
-
Fotocopia del documento nacional de identidad o permiso de trabajo en
vigor (en este caso se acreditará la residencia legal en España).
-
Si se obra en representación de otra persona, documento nacional de
identidad y documento notarial de poder bastante inscrito a favor de la persona
que ostente la representación.
-
Para el caso de una persona jurídica: escritura de constitución de la
mercantil, estatutos de la sociedad, acuerdos societarios posteriores a la
constitución de la sociedad, certificado de situación censal actualizado en el
I.A.E. y el DNI del representante legal.
-
En caso de extranjeros deben acreditar premiso de trabajo en vigor y su
residencia legal en España
c)
Declaración efectuada por el licitador, según modelo que se adjunta como
Anexo nº II, de no estar incurso en ninguna de las causas de incapacidad o
incompatibilidad para contratar con la Administración, aceptando expresamente
la nulidad del contrato a partir de la fecha en que, en su caso, se demuestre
la falsedad de la declaración presentada.
d)
Certificado de estar al corriente en el pago de impuestos y tributos de
pago con la Ciudad Autónoma de Melilla,
así como Certificado de encontrarse al corriente de obligaciones con la
Seguridad Social, y Certificado de la Agencia Estatal de Administración
Tributaria de encontrase al corrientes de sus obligaciones para contratar con
la administración.
e)
Resguardo acreditativo del depósito previo de diez (10) por ciento del
importe anual de la subasta fijado en la
cláusula sexta (6ª).
SOBRE nº 2. DOCUMENTACIÓN ECONÓMICA
En el sobre Proposición Económica se incluirá:
a).- Proposición económica,
debidamente firmada y conforme al modelo oficial que consta en este
condicionado como Anexo nº III.
No se admitirán las
proposiciones económicas que se presenten en modelo distinto al recogido en el
Anexo III, así como tampoco se admitirán las propuestas económicas que
contengan omisiones, errores o tachaduras.
Los documentos que para
cumplimiento de todo lo anterior se presenten, deberán ser originales. Si se
presentaran copias o fotocopias de los mismos, deberán estar autenticadas o
bien notarialmente o bien por el Gerente de EMVISMESA o por Secretario Técnico
de la Ciudad Autónoma de Melilla.
El justificante de la
fianza se presentará necesariamente en
original.
El licitador también podrá
enviar sus proposiciones por correo postal o mensajería, presentadas en los
anteriores servicios postal o de mensajería dentro del plazo de presentación
indicado en el anuncio, en cuyo caso el interesado para que sea admitida su
propuesta, deberá acreditar con el resguardo de entrega correspondiente, la
fecha de imposición del envío en la Oficina de Correos o de mensajería, y
comunicar la remisión de la proposición en el mismo día de vencimiento de presentación
de las proposiciones al Órgano de Contratación de EMVISMESA, por burofax,
telegrama o correo electrónico.
Sin tales requisitos no será
admitida la proposición en el caso de que se recibiera fuera del plazo fijado
en el anuncio de licitación.
Transcurridos, no obstante,
cinco días naturales desde la terminación del plazo de presentación sin haberse
recibido la proposición, ésta no será admitida en ningún caso.
13.-
APERTURA DE OFERTAS Y ADJUDICACION PROVISIONAL.
exclusión del sobre relativo
al de "Proposición Económica", calificando y resolviendo sobre la
admisión de los licitadores que hayan presentado la documentación exigida en
tiempo y forma.
Si la Mesa de Contratación
observara defectos en la documentación presentada, podrá conceder, si lo estima
conveniente, un plazo de cinco días naturales como máximo para que el licitador
los subsane, volviendo a calificar la documentación aportada en acto interno.
Si las omisiones o deficiencias en la documentación administrativa fueran
substanciales o insubsanables, la Mesa acordará la inadmisión del licitador.
Se notificará a los
licitadores presentados en tiempo y forma, mediante publicación en el Portal de
Contratación y en el perfil del contratante de EMVISMESA, el resultado del
examen y calificación del sobre “Documentación Personal”.
La Mesa de Contratación se
reunirá en acto público para la apertura del sobre de la “Proposición
Económica”, en la Sala de Juntas de su sede, sita en la Avda. Minas del Rif, local nº 3, u en otro lugar a determinar
y que se comunicará previamente a los licitadores. Acto seguido se procederá
con la apertura de las proposiciones económicas, las cuales se ordenarán de
mayor a menor; finalizado el anterior ordenamiento, se dará posibilidad a los
licitadores presentes en el acto público para que mejoren la mejor oferta
presentada, a través de pujas por valor de veinticinco euros (25,00 €) cada una
de ellas, adjudicándose el contrato de arrendamiento a la mejor oferta final.
Se declarará desierta la
subasta si no se presentasen ofertas o si las presentadas no cumplen las
condiciones recogidas en el presente
pliego. En este supuesto el precio mínimo fijado para el local en el presente pliego permanecerá fijo durante un
año, pudiendo EMVISMESA en ese plazo, previa comprobación de los requisitos de
acceso establecidos en el punto 2, proceder a su alquiler de forma directa, a
través de la publicitación del local en el tablón de anuncios ¡de la sociedad.
Transcurrido el año, se procedería a la convocatoria de un nuevo procedimiento
de adjudicación, con el precio que se determine.
14.-
ADJUDICACIÓN DEFINITIVA.
La Mesa de Contratación,
evacuados, en su caso, los informes correspondientes, elevará la adjudicación
provisional al Consejo de Administración de EMVISMESA para su aprobación
definitiva.
15.-
FORMALIZACION DEL CONTRATO Y PAGO DEL REMATE.
Una vez adjudicada
definitivamente la subasta, se iniciarán los plazos para la formalización del
contrato de arrendamiento, lo que se llevará a cabo en el plazo de quince días
hábiles desde la notificación de la adjudicación definitiva.
Si el adjudicatario no
comparece a la formalización del contrato de arrendamiento en el momento en que
sea requerido para ello, perderá el 25% de las cantidad que haya entregado en
concepto de fianza, adjudicándose el contrato de arrendamiento de local, al siguiente licitador por orden decreciente
de sus ofertas, previa conformidad del licitador que resultare; en caso de
haber resultado un empate de pujas en la siguiente mejor oferta, se procederá a
convocar a los licitadores empatados para que nuevamente mejoren dicha oferta a
través de pujas de veinticinco euros (25,00€), si convocados los licitadores
empatados sólo compareciera uno de ellos, se procederá a adjudicar
provisionalmente el contrato de arrendamiento a aquel que hubiera comparecido
por la cuantía de renta mensual que hubiera resultado como siguiente
clasificada..
En todo caso, el
adjudicatario original responderá, además de la pérdida de la fianza en el
porcentaje señalado, de los daños y perjuicios que se causen por la diferencia
económica que se derive de la nueva adjudicación cuando se resuelva el contrato
por cualquier causa que le sea imputable.
El adjudicatario quedará por
tanto decaído de todo derecho y sin acción para el reintegro de la fianza
incautada, debiendo abonar igualmente los daños y perjuicios ocasionados.
Las citadas consecuencias,
como cláusula penal por incumplimiento del contrato, se previenen con efecto
automático y de pleno derecho y atribuyen a EMVISMESA la inmediata titularidad
y disponibilidad sobre dichos fondos y la incoación de las acciones pertinentes
para la reparación de daños y perjuicios.
Si por cualquier causa el
licitador no presentase la documentación requerida, no cumpliese los requisitos
exigidos, no efectuase el pago en los plazos exigidos, etc, dando por fallida
la adjudicación provisional, se pasará al siguiente partícipe integrado en la
lista de esa vivienda, procediéndose en caso de empate del mismo modo que el
señalado anteriormente.
16.-
LIMITACIÓN A LA FACULTAD DE DISPONER.
Queda prohibido en el local
la instalación de aparatos, sistemas eléctricos y el desarrollo de cualquier
actividad molesta, peligrosa, tóxica o nociva para la comunidad de
propietarios, especialmente la referida a establecimiento de negocio destinado
a la restauración como puede ser un bar, restaurante y cafetería, o para el
almacenaje de mercancías que por su composición se puede considerar de alto
riesgo de incendio o explosivas, siendo
el incumplimiento de éste término causa automática de resolución del contrato.
Dicha limitación a la
facultad de disponer puede ser revertida por el propietario del local si de las
gestiones realizadas ante la comunidad de propietarios, se aprueba por
unanimidad por la Junta de propietarios la instalación de ese tipo de industria
o negocio, y su apertura, tras los trámites ante las Administraciones
competentes, y cuente con todos los permisos que la normativa exija.
17.-
RESCISION DEL CONTRATO Y REVERSION.
Las obligaciones
establecidas en el presente pliego serán reflejadas en el contrato de
arrendamiento. Su incumplimiento, será causa de rescisión del contrato y de
reversión a EMVISMESA del local objeto del presente pliego, estableciéndose la
pérdida de la garantía definitiva y la reparación de los daños y perjuicios
ocasionados.
En el contrato de
arrendamiento se recogerán el conjunto de causas con independencia de las ya
reflejadas en los presentes pliegos, que de conformidad con la Ley, darán lugar
a la resolución del contrato de arrendamiento.
18.-
JURISDICCION Y PROCEDIMIENTO.
Las controversias que se
susciten entre los concurrentes a la subasta (resulten adjudicatarios o no) y
EMVISMESA en relación con la preparación y adjudicación de este contrato serán
sustanciadas ante el órgano de contratación, cuya resolución podrá recurrirse
ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa con los recursos respectivos.
Las controversias que se
susciten entre el adjudicatario y EMVISMESA en relación con el resto de las
cuestiones derivadas del presente contrato, relativas a su formalización,
cumplimiento o incumplimiento y resolución, serán sustanciadas ante la
Jurisdicción Civil y mediante el ejercicio de las acciones que correspondan de
conformidad con la Ley de Enjuiciamiento Civil.
19.-
RECURSOS.
Contra el presente Pliego y
las resoluciones administrativas que se adopten en ejecución del mismo podrán
interponerse recurso contencioso administrativo de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 46 de la Ley de Jurisdicción Contencioso Administrativa, en el
plazo de dos meses desde su publicación. Asimismo, podrá interponerse recurso
potestativo de reposición ante el Consejero de Infraestructuras, Urbanismo y
Deporte, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley
39/2015, de 1 de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas. El recurso potestativo de reposición habrá de
interponerse en el plazo de un mes desde la publicación del presente pliego. El
plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de un mes. Transcurrido
dicho plazo, únicamente podrá interponerse recurso contencioso-administrativo,
sin perjuicio, en su caso, de la procedencia del recurso extraordinario de
revisión
Melilla 25 de noviembre de 2021,
Juan José Judel
El presente Pliego fue aprobado en el Consejo
de Administración de EMVISMESA celebrado el día 22 de octubre de 2021
ANEXO
I
INSTANCIA
Don/Doña
................................................................................................................,
con D.N.I./C.I.F................................, vecino/a de
.................................... con domicilio en ………................. a
efectos de notificaciones en calle .................. .........................
................................., Teléfono ............................... ,
en nombre propio o en representación de
...................................................................... con
D.N.I./C.I.F. con domicilio en
.................................................................... Teléfono
.......................
EXPONE:
- Que enterado/a del Pliego
de Condiciones aprobado para la Subasta pública del contrato arrendamiento del
local sito en la calle General Astilleros, 68, local C de Melilla (Finca
Registral 34.178)” propiedad de la
Ciudad Autónoma de Melilla y conforme al mismo,
SOLICITA:
Ser admitido en dicha
subasta, indicando que será (el firmante o su representado) quien realice la
puja y formalice el contrato con EMVISMESA en caso de resultar adjudicatario.
Acompaña los dos sobres, de
documentación personal y económica, conforme al Pliego.
En Melilla a …………… de
……………………………………………. del ………………. (fecha y firma).
Nota: En el caso de que
concurran dos o más personas a la licitación conjuntamente, deberán aportar la
documentación personal de cada una de ellas y, asimismo, indicar en que
porcentaje participa cada una de ellas y, declaración de que asumen de forma
solidaria el cumplimiento de las obligaciones dimanantes de su participación en
la subasta, debiendo nombrar ante EMVISMESA a la persona que le representará en
las actuaciones administrativas de la subasta
ANEXO
II
DECLARACIÓN RESPONSABLE (a cumplimentar por
cada uno de los titulares).
Don/Doña
...................................................................................................................,
con D.N.I./C.I.F................................, vecino/a de
.................................... con domicilio en ………................. a
efectos de notificaciones en calle ..................
.......................... ................................., Teléfono
............................... , en nombre propio o en representación de
...................................................................... con
D.N.I./C.I.F. con domicilio en
.................................................................... Teléfono
.......................
A los efectos de participar
en la subasta del local sito en calle General Astilleros, 68, local C de
Melilla (Finca Registral 34.178)”
DECLARO RESPONSABLEMENTE:
-
Que no mantiene deudas de ningún tipo con la Ciudad Autónoma de Melilla
ni con la Administración del Estado.
-
Que no está incurso en ninguna de las causas de incapacidad o
incompatibilidad para contratar con la Administración.
-
Que se compromete caso de ser adjudicatario a aportar los certificados
de estar al corriente con Hacienda local y estatal y Seguridad Social y acepta
expresamente la nulidad del contrato a partir de la fecha en que, en su caso,
se demuestre la falsedad de la declaración presentada
En Melilla a …………...
Fdo.
ANEXO III
PROPOSICIÓN
ECONÓMICA
Don/Doña
..................................................................................................................,
con D.N.I./C.I.F................................, vecino/a de
.................................... con domicilio en ………................. a
efectos de notificaciones en calle .............................. .............
................................., Teléfono ............................... ,
en nombre propio o en representación de
......................................................................... con
D.N.I./C.I.F. con domicilio en
.................................................................... Teléfono
......................., enterado/a del Pliego de condiciones para la subasta
pública de contrato de arrendamiento del local sito en la calle General
Astilleros, 68, local C de Melilla (Finca Registral 34.178)”
OFERTA la cantidad mensual
que se indica:
Cantidad en
Letra: |
Cantidad en
número: |
€. |
Nota: En esta oferta no se
incluyen otros gastos e impuestos que procedan en cada caso, que serán por
cuenta del comprador y que se aplicará conforme a la legislación vigente.
(Fecha y firma)