ARTÍCULO Nº 1159 (CVE: BOME-A-2021-1159) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5918 - viernes, 3 de diciembre de 2021 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DEL MENOR Y LA FAMILIA - CONSEJERÍA DEL MENOR Y LA FAMILIA


Relación provisional de excluidos en la convocatoria de concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a ONG y centro de colaboradores con menores para el año 2021.

BOME-P-2021-3685 Descargar página

I.- La Excma. Sra. Consejera del Menor y la Familia, mediante Orden de 21 de octubre de 2021, registrada al número 2021000181, ha ordenado la convocatoria de subvenciones que más abajo se trascribe, habiéndose publicado las Bases de dicha convocatoria en BOME EXTRAORDINARIO Nº 59 de 05 de octubre de 2021 .

II.- El apartado 2.2 de la Convocatoria establece: “(…)Una vez comprobadas las solicitudes, se elaborará una lista provisional de entidades admitidas y excluidas. Estarán excluidas las solicitudes a las que no se acompañen los datos o la documentación requerida, o la presentación adoleciera de algún defecto. (…)”.

III.- De acuerdo con lo expuesto en el apartado anterior, por este órgano instructor se ha procedido a comprobar que la relación de solicitantes que se incluyen en el presente informe cumplen con los requisitos y han aportado la documentación requerida en la Convocatoria.

 

 Siendo la relación de solicitudes que NO HA APORTADO la documentación requerida en la Convocatoria, considerándose por tanto, EXCLUIDOS PROVISIONALMENTE las siguientes entidades por los motivos que se citan:

 

SOLICITANTES

CIF

MOTIVO

ASOCIACIÓN OXIGENO LABORATORIO CULTURAL

G52034238

1.3

ASOCIACIÓN CARIDAD VIRGEN DE LA VIRGEN DE LA LUZ

G01981232

1.3

CONFERENCIA VIRGEN DE LA LUZ

G28256667

1.3

ASOCIACIÓN MELILLA PARA LA UNESCO

G29960036

1.3

CLUB DEPORTIVO C.E.I.P. REAL

G29955531

1.3

1.6

ASOCIACIÓN MILVER

G52021227

1.3

ASOCIACIÓN POR LA SOLIDARIDAD Y LA IGUALDA DSOCIAL “ASIS”

 

2.2

CLUB ELEMENTAL RUNNERS TEAM

G52035340

1.3

1.6

MÉDICOS DEL MUNDO

G79408852

1.3

TERAPI GUAUS MELILLA

G16692972

1.3

FUNDACIÓN FEPAS

G83273284

1.2

FUNDACIÓN SAVE THE CHILDREN

G79362497

2.2

1.3

 

Motivos del requerimiento:

1.2.- Que la actividad a desarrollar tenga ámbito de actuación circunscrito a Melilla.

1.3.- Disponer de la estructura y capacidad suficiente para garantizar el cumplimiento de los objetivos, acreditando la experiencia operativa necesaria para ello.

1.5.- Se destinarán las solicitudes presentadas por todas aquellas Asociaciones, Agrupaciones, Cofradías y cualesquiera otras cuya finalidad no se enmarque en el SISTEMA DE SERVICIOS SOCIALES.

2.2- La solicitud de subvención, acompañada de la documentación (Anexos I a Anexo III)

 

De acuerdo con el apartado 2.2 de la Convocatoria, SE REQUIERE a los solicitantes  citados que subsanen en el plazo máximo e improrrogable de 10 días hábiles dichas solicitudes, indicándoles que de no hacerlo así, se les tendrá por desistido en su solicitud en aplicación del art. 12.3 del Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME nº 4224 de 9 de septiembre de 2006, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de Octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, La notificación de la subsanación, así como de la resolución, se llevará a cabo mediante su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad.

 

Melilla 2 de diciembre de 2021,

El Director General Acctal. del Menor y Familia,

Joaquín M. Ledo Caballero