ARTÍCULO Nº 1172
(CVE: BOME-A-2021-1172)
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BOME Nº 5920 - viernes, 10 de diciembre de 2021 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, DEPORTES, FESTEJOS E IGUALDAD. - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, DEPORTES, FESTEJOS E IGUALDAD.
Orden nº 1254 de fecha 3 de diciembre de 2021, relativa a convocatoria de plazas del programa "Talleres infantiles de Navidad 2021".

La Excma. Sra. Consejera de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad, mediante Orden núm. 2021001254 del día 03.12.2021, ha dispuesto lo siguiente:
“CONVOCATORIA DE PLAZAS DEL PROGRAMA “TALLERES INFANTILES DE NAVIDAD 2021”.
Con el fin de ofertar al alumnado de educación infantil y primaria actividades lúdico-educativas durante las próximas vacaciones escolares de Navidad, va a tener lugar un programa de Talleres Infantiles con temática navideña que será impartido por Centros D2 Formación y Estudios, en el Colegio La Salle El Carmen en horario de 9.00 a 14.00 horas con una duración de diez días lectivos desde el próximo día 23 de diciembre de 2021.
Por ello, en el ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 33.5 del vigente Reglamento del Gobierno y de la Administración, y conforme al Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 19 de Diciembre de 2020, relativo a aprobación del Decreto de Distribución de Competencias entre las Consejerías de la Ciudad, publicado en el BOME extraordinario nº 43, de 19 de diciembre de 2019,
VENGO EN ORDENAR la convocatoria de las siguientes plazas, correspondientes al Programa “Talleres Infantiles de Navidad 2021”:
1. TALLERES PARA ALUMNADO DE EDUCACIÓN INFANTIL:
Nº de Plazas |
Grupos |
Especificaciones |
30 |
2 grupos de 15 |
Alumnado de 3 a 5 años. Educación Infantil |
2. TALLERES PARA ALUMNADO DE EDUCACIÓN PRIMARIA:
Nº de Plazas |
Grupos |
Especificaciones |
75 |
5 grupos de 15 |
Alumnado de 6 a 12 años. Educación Primaria |
REQUISITOS, SOLICITUDES Y PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN:
1. Podrán participar en el Programa “Talleres Infantiles Navidad 2021” los niños y niñas con residencia legal en Melilla que respondan a los perfiles establecidos para cada una de acciones formativas que se ofertan.
2. Los interesados deberán formular su solicitud en el modelo oficial que les será facilitado por la Dirección General de Educación e Igualdad, Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad, a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Melilla hasta cubrir el número de plazas ofertadas.
3. Las plazas disponibles se adjudicarán por el orden de su presentación en el Registro de la Ciudad Autónoma de Melilla.
4. Corresponde a la Dirección General de Educación e Igualdad la instrucción del procedimiento de adjudicación de las plazas, la cual realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe pronunciarse la resolución.
5. El órgano colegiado competente para efectuar la propuesta de adjudicación de las plazas estará compuesto, como mínimo, por el Director General de Educación e Igualdad y dos empleados públicos designados por la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Iugladad, actuando el Secretario Técnico de la Consejería como secretario.

6. La propuesta de resolución se formulará por el órgano instructor a la Consejera de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad, que será la competente para resolver la convocatoria.
7. La resolución deberá relacionar a los solicitantes que obtengan plaza y determinará una lista de reserva con aquellos que no la obtengan.
Una vez admitidos los solicitantes, se comprobará que éstos cumplen los requisitos exigidos para participar en la actividad de que se trate, quedando excluidos en caso de incumplimiento, para adjudicar la plaza al siguiente solicitante de la lista de reserva.
8. La resolución del procedimiento se notificará a los interesados mediante su publicación en el Tablón de Anuncios de la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Iguladad, de conformidad con lo preceptuado por el artículo 45.1 b) de Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
9. De conformidad con el artículo artículo 121 y demás concordantes de la Ley 39/15, de 01 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, no agota la vía administrativa y que contra la misma cabe interponer recurso de alzada en el plazo de un mes ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma de Melilla, pudiendo presentarse el recurso ante la propia Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad o bien directamente ante el órgano competente para resolverlo, sin perjuicio de que puedan los interesados interponer cualquier otro que consideren oportuno, bajo su responsabilidad.”
Lo que se publica en el Boletín Oficial de Melilla para general conocimiento.
Melilla, 9 de diciembre de 2021,
El Secretario Técnico Acctal. de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad,
Arturo Jiménez Cano