ARTÍCULO Nº 1193 (CVE: BOME-A-2021-1193) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5923 - martes, 21 de diciembre de 2021 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD


Propuesta de resolución provisional relativa a convocatoria pública en régimen de concurrencia competitiva de subvenciones para la realización de actuaciones dirigidas al fomento de empleo de mujeres desempleadas para la realización de servicios de conciliación en la Ciudad de Melilla.

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PROPUESTA DE RESOLUCIÓN PROVISIONAL RELATIVA A CONVOCATORIA PUBLICA EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA DE SUBVENCIONES PARA LA REALIZACIÓN DE ACTUACIONES DIRIGIDAS AL FOMENTO DE EMPLEO DE MUJERES DESEMPLEADAS PARA LA REALIZACIÓN DE SERVICIOS DE CONCILIACIÓN  EN LA CIUDAD DE MELILLA

 

A tenor de  informe, del 16 de diciembre actual, del órgano colegiado constituido en la convocatoria de referencia ( apartado décimo tercero) que resultó publicada en el Boletín Oficial de Melilla núm. 5911, del martes 09 de noviembre de 2021, cuyo tenor literal es el siguiente:

 

CONVOCATORIA PUBLICA EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA DE SUBVENCIONES PARA LA REALIZACIÓN DE ACTUACIONES DIRIGIDAS AL FOMENTO DE EMPLEO DE MUJERES DESEMPLEADAS PARA LA REALIZACIÓN DE SERVICIOS DE CONCILIACIÓN  EN LA CIUDAD DE MELILLA , (BOME Número 5911 - martes, 09 de noviembre de 2021) con la asistencia de D. Germán Ortiz Sánchez como presidente, D. Juan Manuel Benavente Monedero y Dª. Ana María Fernández Compán como vocales, actuando D. Arturo Jiménez Cano como secretario, formula el informe previsto en el apartado décimo tercero de la convocatoria de aplicación, en base a los  criterios de distribución que resultan aplicables:

 

PRIMERO.- Se constata que al proceso de concurrencia competitiva, en el plazo establecido, se han presentado las siguientes  entidades, según consta en informe evacuado por el Negociado de Registro del día 26.11.2021:

 

Línea a) Entidades, Asociaciones y Fundaciones sin ánimo de lucro.

 

-       Asociación Melillense de Formación (G52022449): Registro entrada 2021101315 del 24.11.2021.

-       Asociación Mare Nostrum (G52021706): Registro entrada 2021100991 del 24.11.2021.

 

Línea b) Entidades de economía social, empresarios/as individuales,  microempresas y pymes con hasta 50 trabajadores.

 

-       Hosseines H&H SLL ( B-52010154): Registros entradas 2021101310 y 2021101240 ambos del 24.11.2021.

-       Academia Vetonia SL ( B-52004017): Registro entrada 2021101295 del 24.11.2021.

-       Martimaciac Producciones SL ( B-52033495): Registro entrada 2021101329 del 24.11.2021.

 

Se informa que la Asociación Integramel, con cif G52041860, presentó solicitud fuera del plazo establecido, con número de registro 2021101458 el día 25.11.2021; Si bien remitió la solicitud por email al correo educación@melilla.es a las 22.21 horas del día 24.11.2021 lo que no resulta legalmente válido, por lo que procede su inadmisión.

 

SEGUNDO.- Que según las documentación incorporada al expediente, todos los solicitantes acreditan el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, no apareciendo subvenciones pendientes de justificar en forma y plazo ante esta Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad, sin perjuicio del resultado de la fiscalización de las justificaciones aportadas.

 

POR LA COMISIÓN, SE PROCEDE A VALORAR LOS DISTINTOS PROYECTOS PRESENTADOS, DE ACUERDO CON LOS CRITERIOS DE LA CONVOCATORIA, ACORDANDO, POR UNANIMIDAD,  PROPONER PROVISIONALMENTE LAS PUNTUACIONES E IMPORTES QUE A CONTINUACIÓN SE CITAN conforme lo dispuesto en el apartado noveno de la convocatoria.

 

A.    Número de menores que se van a beneficiar del servicio de conciliación contenido en el proyecto presentado. Hasta un máximo de 60 puntos.

Se otorgarán a razón de 1 punto por menor beneficiario del proyecto.

 

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B.    Número de mujeres desempleadas que se van a contratar para la prestación del  servicio de conciliación contenido en el proyecto presentado. Hasta un máximo de 30 puntos.

Se otorgarán a razón de 5 puntos por mujer desempleada que se contrate a jornada laboral completa y a razón de 2,5 puntos por mujer desempleada que se contrate laboralmente a media jornada o más sin alcanzar la jornada completa.

 

C.    Contribución a la integración  laboral de mujeres víctimas de violencia de género. Hasta un máximo de 5 puntos.

Se otorgarán a razón de 5 puntos por mujer desempleada, y  que tenga la condición reconocida por la Administración competente de victima de violencia de género, que se contrate.

 

D.    Calidad técnica del proyecto presentado. Hasta un máximo de 5 puntos.

En este apartado se tendrán en consideración los siguientes aspectos:

 

1.   Innovación y calidad del proyecto.

1.1.    Calidad en la redacción, formato y estructura del proyecto

1.2.    Carácter innovador del proyecto.

1.3.    Calidad pedagógica del proyecto.

1.3.1.      Análisis contextualizado con justificación de la conveniencia de las actuaciones a las necesidades existentes.

1.3.2.      Objetivos y descripción de las acciones a desarrollar con indicación de las estrategias, la metodología a utilizar, la temporalización, los recursos previstos, etc.

 

2.   Viabilidad y concreción de las acciones propuestas.

3.Número de menores a los que se dirigen.

4.Número de mujeres desempleadas que se van a contratar.

5.     La incidencia social y educativa del proyecto propuesto, valorándose especialmente el número de personas beneficiadas ( menores atendidos y mujeres desempleadas contratadas) y el alcance de las actuaciones.

6.     Concreción y ajuste del presupuesto económico a las actuaciones educativas que se van a realizar.

7.             Procedimiento de evaluación del proyecto con especificación de indicadores e instrumentos y, en su caso, propuestas de mejora.

 

Para poder obtener subvención será necesaria una puntuación total mínima de 50 puntos, de los que, al menos 20 puntos, deberán corresponder al criterio “A” (Número de menores beneficiarios del proyecto).

 

Los importes de las ayudas serán fijados con proporcionalidad teniendo en cuenta: la puntuación máxima posible, la puntuación obtenida, la cantidad económica solicitada, el importe máximo disponible para ambas líneas de subvención y el total de asignación presupuestaria de la presente Convocatoria.

 

Línea a) Entidades, Asociaciones y Fundaciones sin ánimo de lucro.

Apartado A.- Número de menores que se van a beneficiar del servicio de conciliación contenido en el proyecto presentado. Hasta un máximo de 60 puntos.

 

Se otorgarán a razón de 1 punto por menor beneficiario del proyecto.

 

-       Asociación Melillense de Formación : Servicio ofertado para 90 menores. Obtiene 60 puntos.

-       Asociación Mare Nostrum :  Servicio ofertado para 90 menores. Obtiene 60 puntos.

 

Apartado B.- Número de mujeres desempleadas que se van a contratar para la prestación del  servicio de conciliación contenido en el proyecto presentado. Hasta un máximo de 30 puntos.

Se otorgarán a razón de 5 puntos por mujer desempleada que se contrate a jornada laboral completa y a razón de 2,5 puntos por mujer desempleada que se contrate laboralmente a media jornada o más sin alcanzar la jornada completa.

 

-       Asociación Melillense de Formación : Oferta la contratación de seis mujeres desempleadas a jornada completa . Obtiene 30 puntos.

-       Asociación Mare Nostrum :  No concreta la contratación de mujeres desempleadas. Oferta un equipo de recursos humanos sin concretar si son mujeres desempleadas. 0puntos.

 

Apartado C. Contribución a la integración  laboral de mujeres víctimas de violencia de género. Hasta un máximo de 5 puntos.

Se otorgarán a razón de 5 puntos por mujer desempleada, y  que tenga la condición reconocida por la Administración competente de victima de violencia de género, que se contrate.

 

-       Asociación Melillense de Formación : Oferta la contratación de una mujer desempleada victima de violencia de género a jornada completa . Obtiene 5 puntos.

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-       Asociación Mare Nostrum :  Oferta la contratación de dos mujeres desempleada victima de violencia de género a jornada completa . Obtiene 5 puntos.

 

Apartado D.- Calidad técnica del proyecto presentado. Hasta un máximo de 5 puntos.

En este apartado se tendrán en consideración los siguientes aspectos:

 

1.   Innovación y calidad del proyecto.

1.1.    Calidad en la redacción, formato y estructura del proyecto

1.2.    Carácter innovador del proyecto.

1.3.    Calidad pedagógica del proyecto.

1.3.1.      Análisis contextualizado con justificación de la conveniencia de las actuaciones a las necesidades existentes.

1.3.2.      Objetivos y descripción de las acciones a desarrollar con indicación de las estrategias, la metodología a utilizar, la temporalización, los recursos previstos, etc.

2.   Viabilidad y concreción de las acciones propuestas.

3.Número de menores a los que se dirigen.

4.Número de mujeres desempleadas que se van a contratar.

5.             La incidencia social y educativa del proyecto propuesto, valorándose especialmente el número de personas beneficiadas ( menores atendidos y mujeres desempleadas contratadas) y el alcance de las actuaciones.

6.             Concreción y ajuste del presupuesto económico a las actuaciones educativas que se van a realizar.

7.             Procedimiento de evaluación del proyecto con especificación de indicadores e instrumentos y, en su caso, propuestas de mejora.

 

El órgano colegiado entiende que los proyectos presentados en esta línea de subvención  tiene una calidad similar que se hace merecedora de los 5 puntos previstos como máximo.

 

-       Asociación Melillense de Formación : Calidad del Proyecto . Obtiene 5 puntos.

-       Asociación Mare Nostrum :  Calidad del Proyecto . Obtiene 5 puntos.

 

En consecuencia, las entidades solicitantes obtienen el total de puntos:

 

Asociación Melillense de Formación :  Obtiene 100 puntos ( 60+30+5+5).

Asociación Mare Nostrum :  Obtiene 70 puntos ( 60+0+5+5)

 

TOTAL PUNTOS 170 puntos.

 

Existiendo crédito de 500.000 euros a repartir entre 170 puntos resulta un valor del punto obtenido de 2.941,176 euros./ punto.

 

Por ello, se propone la siguiente concesión:

 

ENTIDAD /IMPORTE SOLICITADO

PUNTOS/ IMPORTE

SUBVENCIÓN IMPORTE

 

 

 

ASOCIACIÓN MELILLENSES DE FORMACIÓN

281.560,83 €

100p/294.117,65€

281.560,83€

 

 

 

ASOCIACIÓN MARE NOSTRUM

328.713,82 €

70p /205.882,35€/

205.882,35

 

 

500.000,00 €

TOTAL

170 puntos

 

 

Existe sobrante de 12.556,82 euros, toda vez que a la Asociación Melillenses de Formación se propone conceder el importe solicitado, a incorporar el la línea b) de subvención conforme con lo dispuesto en el apartado tercero de la Convocatoria.

 

Línea b) Entidades de economía social, empresarios/as individuales,  microempresas y pymes con hasta 50 trabajadores.

 

Apartado A.- Número de menores que se van a beneficiar del servicio de conciliación contenido en el proyecto presentado. Hasta un máximo de 60 puntos.

 

Se otorgarán a razón de 1 punto por menor beneficiario del proyecto.

 

-       Hosseines H y H S.L.L. : Servicio ofertado para 150 menores. Obtiene 60 puntos.

-       Academia Vetonia S.L. :  Servicio ofertado para 60 menores ( 8 en horario matinal y 52 en horario de tarde) . Obtiene 60 puntos.

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-       Martimaniac Pruducciones S.L.: Servicio ofertado para 60 menores. Obtiene 60 puntos.

 

Apartado B.- Número de mujeres desempleadas que se van a contratar para la prestación del  servicio de conciliación contenido en el proyecto presentado. Hasta un máximo de 30 puntos.

Se otorgarán a razón de 5 puntos por mujer desempleada que se contrate a jornada laboral completa y a razón de 2,5 puntos por mujer desempleada que se contrate laboralmente a media jornada o más sin alcanzar la jornada completa.

 

-       Hosseines H y H S.L.L. :  Oferta la contratación de diez mujeres desempleadas, de las cuales seis a jornada completa y cuatro a media jornada . Obtiene 30 puntos

-       Academia Vetonia S.L. :  Oferta la contratación de doce mujeres desempleadas con una jornada diaria de cinco horas. Obtiene 30 puntos ( 12x2.5)

-       Martimaniac Pruducciones S.L.: Oferta la contratación de seis mujeres desempleadas, sin especificar sin son a jornada completa o a media jornada . Obtiene 15 puntos. Ya que al no concretarse la jornadas de dichas mujeres el órgano opta por puntuar con el mínimo de 2.5 puntos.

 

Apartado C. Contribución a la integración  laboral de mujeres víctimas de violencia de género. Hasta un máximo de 5 puntos.

Se otorgarán a razón de 5 puntos por mujer desempleada, y  que tenga la condición reconocida por la Administración competente de victima de violencia de género, que se contrate.

 

-       Hosseines H y H S.L.L. : Oferta la contratación de dos mujeres desempleadas victima de violencia de género a jornada completa . Obtiene 5 puntos.

-       Academia Vetonia S.L. :  Oferta la contratación de tres mujeres desempleadas victima de violencia de género a jornada completa . Obtiene 5 puntos

-       Martimaniac Pruducciones S.L.: Oferta la contratación de una mujer desempleada victima de violencia de género a jornada completa . Obtiene 5 puntos

 

Apartado D.- Calidad técnica del proyecto presentado. Hasta un máximo de 5 puntos.

En este apartado se tendrán en consideración los siguientes aspectos:

 

1. Innovación y calidad del proyecto.

1.1.    Calidad en la redacción, formato y estructura del proyecto

1.2.    Carácter innovador del proyecto.

1.3.    Calidad pedagógica del proyecto.

1.3.1.      Análisis contextualizado con justificación de la conveniencia de las actuaciones a las necesidades existentes.

1.3.2.      Objetivos y descripción de las acciones a desarrollar con indicación de las estrategias, la metodología a utilizar, la temporalización, los recursos previstos, etc.

2. Viabilidad y concreción de las acciones propuestas.

3.Número de menores a los que se dirigen.

4.Número de mujeres desempleadas que se van a contratar.

5.             La incidencia social y educativa del proyecto propuesto, valorándose especialmente el número de personas beneficiadas ( menores atendidos y mujeres desempleadas contratadas) y el alcance de las actuaciones.

6.             Concreción y ajuste del presupuesto económico a las actuaciones educativas que se van a realizar.

7.             Procedimiento de evaluación del proyecto con especificación de indicadores e instrumentos y, en su caso, propuestas de mejora.

 

El órgano colegiado entiende, examinados los proyectos de servicios de conciliación presentados, que los proyectos en esta línea de subvención  tiene una calidad similar que se hace merecedora de los 5 puntos previstos como máximo.

 

-       Hosseines H y H S.L.L. : Calidad del proyecto . Obtiene 5 puntos.

-       Academia Vetonia S.L. : Calidad del proyecto . Obtiene 5 puntos.

-       Martimaniac Pruducciones S.L.: Calidad del proyecto.  Obtiene 5 puntos

 

En consecuencia, las entidades solicitantes de la Línea de subvención b) obtienen el total de puntos:

 

-       Hosseines H y H S.L.L. :  Obtiene 100 puntos( 60+30+5+5).

-       Academia Vetonia S.L. : Obtiene 100 puntos( 60+30+5+5).

-       Martimaniac Pruducciones S.L.:Obtiene 85 puntos ( 60+15+5+5)

 

TOTAL PUNTOS 285 puntos.

 

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Existiendo crédito de 512.556,82 euros a repartir entre 285 puntos resulta un valor del punto obtenido de 1.798,444 euros./ punto.

 

Por ello, se propone la siguiente concesión:

 

ENTIDAD /IMPORTE SOLICITADO

PUNTOS/ IMPORTE

SUBVENCIÓN IMPORTE

 HOSSEINES HYH S.L.L. 458.296,90 €

100p/179.844,40 €

179.844,40 €

ACADEMIA VETONIA S.L. 227.210,00 €

100p/179.844,40 €

179.844,40€

 MARTIMANIAC PRODUCCIONES S.L. 219.600,00 €

85 p/ 152.867,74 €

152.867,74 €

 

 

512.556,54 €

TOTAL

185 puntos

 

 

TERCERO.- Por todo lo expuesto, el órgano colegiado informa el resultado final de la evaluación efectuada según los criterios de concesión  que rigen, resultando lo siguiente:

 

Procede inadmitir, por presentación fuera del plazo previsto, la solicitud presentada por  la Asociación Integramel, con cif G52041860, con número de registro de entrada 2021101458 del día 25.11.2021, puesto si bien remitió la solicitud por email al correo educación@melilla.es a las 22.21 horas del día 24.11.2021  no resulta legalmente válido a tenor del artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 01 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas en concordancia con el Reglamento de los Registros de entrada y salida de documentos de la Ciudad Autónoma de Melilla publicado en BOME extraord. 18 del 22.12.2004.

 

Línea a) Entidades, Asociaciones y Fundaciones sin ánimo de lucro.

 

ENTIDAD /IMPORTE SOLICITADO

PUNTOS/ IMPORTE

SUBVENCIÓN IMPORTE

 

 

 

ASOCIACIÓN MELILLENSES DE

FORMACIÓN

281.560,83 €

100p/294.117,65€

281.560,83€

 

 

 

ASOCIACIÓN MARE NOSTRUM

328.713,82 €

70p /205.882,35€/

205.882,35

 

 

487.443,18 €

TOTAL

170 puntos

 

 

Línea b) Entidades de economía social, empresarios/as individuales,  microempresas y pymes con hasta 50 trabajadores.

 

ENTIDAD /IMPORTE SOLICITADO

PUNTOS/ IMPORTE

SUBVENCIÓN IMPORTE

 HOSSEINES HYH S.L.L. 458.296,90 €

100p/179.844,40 €

179.844,40 €

ACADEMIA VETONIA S.L. 227.210,00 €

100p/179.844,40 €

179.844,40€

 MARTIMANIAC PRODUCCIONES S.L. 219.600,00 €

85 p/ 152.867,74 €

152.867,74 €

 

 

512.556,54 €

TOTAL

185 puntos

 

La Dirección General de Educación e Igualdad, órgano instructor del procedimiento, formula propuesta de resolución provisional en los siguientes términos:

 

Primero.- Inadmitir, por presentación fuera del plazo establecido, la solicitud de Subvención presentada por la Asociación Integramel, con cif G52041860, con número de registro de entrada 2021101458 del día 25.11.2021, puesto si bien remitió la solicitud por email al correo educación@melilla.es a las 22.21 horas del día 24.11.2021  no resulta legalmente válido a tenor del artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 01 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas en concordancia con el Reglamento de los Registros de entrada y salida de documentos de la Ciudad Autónoma de Melilla publicado en BOME extraord. 18 del 22.12.2004

 

Segundo.-Conceder las siguientes subvenciones:

 

Línea a) Entidades, Asociaciones y Fundaciones sin ánimo de lucro.

 

ENTIDAD

SUBVENCIÓN IMPORTE

ASOCIACIÓN MELILLENSE DE FORMACIÓN

281.560,83€

ASOCIACIÓN MARE NOSTRUM

205.882,35

 

 

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Línea b) Entidades de economía social, empresarios/as individuales,  microempresas y pymes con hasta 50 trabajadores.

 

ENTIDAD

SUBVENCIÓN IMPORTE

 HOSSEINES HYH S.L.L.

179.844,40 €

ACADEMIA VETONIA S.L.

179.844,40€

 MARTIMANIAC PRODUCCIONES S.L.

152.867,74 €

 

De acuerdo con el apartado 13 de la convocatoria y con el artículo 45 b) de la Ley 39/2015, de 01 de octubre, procede notificar a los interesados la  propuesta de resolución provisional, mediante su publicación en el BOME, concediéndoles un plazo de diez (10) días naturales para hacer alegaciones y advirtiéndoles que, de existir éstas, el órgano colegiado se pronunciará sobre las mismas antes de formularse la propuesta definitiva.

 

Melilla 16 de diciembre de 2021,

El Director General de Educación e Igualdad,

Germán Ortiz Sánchez