ARTÍCULO Nº 1193 (CVE: BOME-A-2021-1193) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5923 - martes, 21 de diciembre de 2021 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD
Propuesta de resolución provisional relativa a convocatoria pública en régimen de concurrencia competitiva de subvenciones para la realización de actuaciones dirigidas al fomento de empleo de mujeres desempleadas para la realización de servicios de conciliación en la Ciudad de Melilla.
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN PROVISIONAL RELATIVA
A CONVOCATORIA PUBLICA EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA DE SUBVENCIONES
PARA LA REALIZACIÓN DE ACTUACIONES DIRIGIDAS AL FOMENTO DE EMPLEO DE MUJERES DESEMPLEADAS
PARA LA REALIZACIÓN DE SERVICIOS DE CONCILIACIÓN EN LA CIUDAD DE MELILLA
A tenor de informe, del 16 de diciembre actual, del
órgano colegiado constituido en la convocatoria de referencia ( apartado décimo
tercero) que resultó publicada en el Boletín Oficial de Melilla núm. 5911, del
martes 09 de noviembre de 2021, cuyo tenor literal es el siguiente:
“CONVOCATORIA
PUBLICA EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA DE SUBVENCIONES PARA LA
REALIZACIÓN DE ACTUACIONES DIRIGIDAS AL FOMENTO DE EMPLEO DE MUJERES
DESEMPLEADAS PARA LA REALIZACIÓN DE SERVICIOS DE CONCILIACIÓN EN LA CIUDAD DE MELILLA , (BOME Número 5911 -
martes, 09 de noviembre de 2021) con la asistencia de D. Germán Ortiz Sánchez
como presidente, D. Juan Manuel Benavente Monedero y Dª. Ana María Fernández
Compán como vocales, actuando D. Arturo Jiménez Cano como secretario, formula el
informe previsto en el apartado décimo tercero de la convocatoria de
aplicación, en base a los criterios de
distribución que resultan aplicables:
PRIMERO.- Se constata que al proceso de concurrencia
competitiva, en el plazo establecido, se han presentado las siguientes entidades, según consta en informe evacuado
por el Negociado de Registro del día 26.11.2021:
Línea a) Entidades, Asociaciones y
Fundaciones sin ánimo de lucro.
-
Asociación Melillense de Formación (G52022449): Registro entrada
2021101315 del 24.11.2021.
-
Asociación Mare Nostrum (G52021706): Registro entrada 2021100991 del 24.11.2021.
Línea b) Entidades de economía social,
empresarios/as individuales,
microempresas y pymes con hasta 50 trabajadores.
-
Hosseines H&H SLL ( B-52010154): Registros entradas 2021101310 y
2021101240 ambos del 24.11.2021.
-
Academia Vetonia SL ( B-52004017): Registro entrada 2021101295 del
24.11.2021.
-
Martimaciac Producciones SL ( B-52033495): Registro entrada 2021101329
del 24.11.2021.
Se informa que la Asociación
Integramel, con cif G52041860, presentó solicitud fuera del plazo establecido,
con número de registro 2021101458 el día 25.11.2021; Si bien remitió la
solicitud por email al correo educación@melilla.es a las 22.21 horas del día
24.11.2021 lo que no resulta legalmente válido, por lo que procede su
inadmisión.
SEGUNDO.- Que según las documentación incorporada al
expediente, todos los solicitantes acreditan el cumplimiento de sus
obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, no apareciendo
subvenciones pendientes de justificar en forma y plazo ante esta Consejería de
Educación, Cultura, Festejos e Igualdad, sin perjuicio del resultado de la
fiscalización de las justificaciones aportadas.
POR LA COMISIÓN, SE PROCEDE A VALORAR LOS
DISTINTOS PROYECTOS PRESENTADOS, DE ACUERDO CON LOS CRITERIOS DE LA
CONVOCATORIA, ACORDANDO, POR UNANIMIDAD,
PROPONER PROVISIONALMENTE LAS PUNTUACIONES E IMPORTES QUE A CONTINUACIÓN
SE CITAN conforme lo dispuesto en el apartado noveno de la convocatoria.
A.
Número
de menores que se van a beneficiar del servicio de conciliación contenido en el
proyecto presentado. Hasta un máximo de 60 puntos.
Se otorgarán a razón de 1
punto por menor beneficiario del proyecto.
B.
Número
de mujeres desempleadas que se van a contratar para la prestación del servicio de conciliación contenido en el
proyecto presentado. Hasta un máximo de 30 puntos.
Se otorgarán a razón de 5
puntos por mujer desempleada que se contrate a jornada laboral completa y a
razón de 2,5 puntos por mujer desempleada que se contrate laboralmente a media
jornada o más sin alcanzar la jornada completa.
C.
Contribución
a la integración laboral de mujeres
víctimas de violencia de género. Hasta un máximo de 5 puntos.
Se otorgarán a razón de 5
puntos por mujer desempleada, y que
tenga la condición reconocida por la Administración competente de victima de
violencia de género, que se contrate.
D.
Calidad
técnica del proyecto presentado. Hasta un máximo de 5 puntos.
En este apartado se tendrán
en consideración los siguientes aspectos:
1.
Innovación y calidad del proyecto.
1.1.
Calidad en la redacción, formato y estructura del proyecto
1.2.
Carácter innovador del proyecto.
1.3.
Calidad pedagógica del proyecto.
1.3.1.
Análisis contextualizado con justificación de la conveniencia de las
actuaciones a las necesidades existentes.
1.3.2.
Objetivos y descripción de las acciones a desarrollar con indicación de
las estrategias, la metodología a utilizar, la temporalización, los recursos
previstos, etc.
2.
Viabilidad y concreción de las acciones propuestas.
3.Número de menores a los
que se dirigen.
4.Número de mujeres
desempleadas que se van a contratar.
5.
La incidencia social y educativa del proyecto propuesto, valorándose
especialmente el número de personas beneficiadas ( menores atendidos y mujeres
desempleadas contratadas) y el alcance de las actuaciones.
6.
Concreción y ajuste del presupuesto económico a las actuaciones
educativas que se van a realizar.
7.
Procedimiento de evaluación del proyecto con especificación de
indicadores e instrumentos y, en su caso, propuestas de mejora.
Para poder obtener
subvención será necesaria una puntuación total mínima de 50 puntos, de los que,
al menos 20 puntos, deberán corresponder al criterio “A” (Número de menores
beneficiarios del proyecto).
Los importes de las ayudas
serán fijados con proporcionalidad teniendo en cuenta: la puntuación máxima
posible, la puntuación obtenida, la cantidad económica solicitada, el importe
máximo disponible para ambas líneas de subvención y el total de asignación
presupuestaria de la presente Convocatoria.
Línea
a) Entidades, Asociaciones y Fundaciones sin ánimo de lucro.
Apartado A.- Número de menores que se van a
beneficiar del servicio de conciliación contenido en el proyecto presentado.
Hasta un máximo de 60 puntos.
Se otorgarán a razón de 1
punto por menor beneficiario del proyecto.
-
Asociación Melillense de Formación : Servicio ofertado para 90 menores.
Obtiene 60 puntos.
-
Asociación Mare Nostrum :
Servicio ofertado para 90 menores. Obtiene 60 puntos.
Apartado B.- Número de mujeres desempleadas
que se van a contratar para la prestación del
servicio de conciliación contenido en el proyecto presentado. Hasta un
máximo de 30 puntos.
Se otorgarán a razón de 5
puntos por mujer desempleada que se contrate a jornada laboral completa y a
razón de 2,5 puntos por mujer desempleada que se contrate laboralmente a media
jornada o más sin alcanzar la jornada completa.
-
Asociación Melillense de Formación : Oferta la contratación de seis
mujeres desempleadas a jornada completa . Obtiene 30 puntos.
-
Asociación Mare Nostrum : No
concreta la contratación de mujeres desempleadas. Oferta un equipo de recursos
humanos sin concretar si son mujeres desempleadas. 0puntos.
Apartado C. Contribución a la
integración laboral de mujeres víctimas
de violencia de género. Hasta un máximo de 5 puntos.
Se otorgarán a razón de 5
puntos por mujer desempleada, y que
tenga la condición reconocida por la Administración competente de victima de
violencia de género, que se contrate.
-
Asociación Melillense de Formación : Oferta la contratación de una mujer
desempleada victima de violencia de género a jornada completa . Obtiene 5
puntos.
-
Asociación Mare Nostrum : Oferta la contratación de dos mujeres desempleada
victima de violencia de género a jornada completa . Obtiene 5 puntos.
Apartado D.- Calidad técnica del proyecto
presentado. Hasta un máximo de 5 puntos.
En este apartado se tendrán
en consideración los siguientes aspectos:
1.
Innovación y calidad del proyecto.
1.1.
Calidad en la redacción, formato y estructura del proyecto
1.2.
Carácter innovador del proyecto.
1.3.
Calidad pedagógica del proyecto.
1.3.1.
Análisis contextualizado con justificación de la conveniencia de las
actuaciones a las necesidades existentes.
1.3.2.
Objetivos y descripción de las acciones a desarrollar con indicación de
las estrategias, la metodología a utilizar, la temporalización, los recursos
previstos, etc.
2.
Viabilidad y concreción de las acciones propuestas.
3.Número de menores a los
que se dirigen.
4.Número de mujeres
desempleadas que se van a contratar.
5.
La incidencia social y educativa del proyecto propuesto, valorándose
especialmente el número de personas beneficiadas ( menores atendidos y mujeres
desempleadas contratadas) y el alcance de las actuaciones.
6.
Concreción y ajuste del presupuesto económico a las actuaciones
educativas que se van a realizar.
7.
Procedimiento de evaluación del proyecto con especificación de
indicadores e instrumentos y, en su caso, propuestas de mejora.
El órgano colegiado entiende
que los proyectos presentados en esta línea de subvención tiene una calidad similar que se hace
merecedora de los 5 puntos previstos como máximo.
-
Asociación Melillense de Formación : Calidad del Proyecto . Obtiene 5
puntos.
-
Asociación Mare Nostrum : Calidad
del Proyecto . Obtiene 5 puntos.
En consecuencia, las entidades solicitantes
obtienen el total de puntos:
Asociación Melillense de Formación : Obtiene 100 puntos ( 60+30+5+5).
Asociación Mare Nostrum : Obtiene 70 puntos ( 60+0+5+5)
TOTAL PUNTOS 170 puntos.
Existiendo crédito de 500.000 euros a
repartir entre 170 puntos resulta un valor del punto obtenido de 2.941,176
euros./ punto.
Por ello, se propone la siguiente concesión:
ENTIDAD /IMPORTE SOLICITADO |
PUNTOS/ IMPORTE |
SUBVENCIÓN IMPORTE |
|
|
|
ASOCIACIÓN MELILLENSES DE FORMACIÓN 281.560,83 € |
100p/294.117,65€ |
281.560,83€ |
|
|
|
ASOCIACIÓN MARE NOSTRUM 328.713,82 € |
70p /205.882,35€/ |
205.882,35 |
|
|
500.000,00 € |
TOTAL |
170 puntos |
|
Existe sobrante de 12.556,82
euros, toda vez que a la Asociación Melillenses de Formación se propone
conceder el importe solicitado, a incorporar el la línea b) de subvención
conforme con lo dispuesto en el apartado tercero de la Convocatoria.
Línea
b) Entidades de economía social, empresarios/as individuales, microempresas y pymes con hasta 50 trabajadores.
Apartado A.- Número de menores que se van a
beneficiar del servicio de conciliación contenido en el proyecto presentado.
Hasta un máximo de 60 puntos.
Se otorgarán a razón de 1
punto por menor beneficiario del proyecto.
-
Hosseines H y H S.L.L. : Servicio ofertado para 150 menores. Obtiene 60
puntos.
-
Academia Vetonia S.L. : Servicio
ofertado para 60 menores ( 8 en horario matinal y 52 en horario de tarde) .
Obtiene 60 puntos.
-
Martimaniac Pruducciones S.L.: Servicio ofertado para 60 menores.
Obtiene 60 puntos.
Apartado B.- Número de mujeres desempleadas
que se van a contratar para la prestación del
servicio de conciliación contenido en el proyecto presentado. Hasta un
máximo de 30 puntos.
Se otorgarán a razón de 5
puntos por mujer desempleada que se contrate a jornada laboral completa y a
razón de 2,5 puntos por mujer desempleada que se contrate laboralmente a media
jornada o más sin alcanzar la jornada completa.
-
Hosseines H y H S.L.L. : Oferta
la contratación de diez mujeres desempleadas, de las cuales seis a jornada
completa y cuatro a media jornada . Obtiene 30 puntos
-
Academia Vetonia S.L. : Oferta la
contratación de doce mujeres desempleadas con una jornada diaria de cinco
horas. Obtiene 30 puntos ( 12x2.5)
-
Martimaniac Pruducciones S.L.: Oferta
la contratación de seis mujeres desempleadas, sin especificar sin son a jornada
completa o a media jornada . Obtiene 15 puntos. Ya que al no concretarse la
jornadas de dichas mujeres el órgano opta por puntuar con el mínimo de 2.5
puntos.
Apartado C. Contribución a la
integración laboral de mujeres víctimas
de violencia de género. Hasta un máximo de 5 puntos.
Se otorgarán a razón de 5
puntos por mujer desempleada, y que
tenga la condición reconocida por la Administración competente de victima de
violencia de género, que se contrate.
-
Hosseines H y H S.L.L. : Oferta la contratación de dos mujeres
desempleadas victima de violencia de género a jornada completa . Obtiene 5
puntos.
-
Academia Vetonia S.L. : Oferta la
contratación de tres mujeres desempleadas victima de violencia de género a
jornada completa . Obtiene 5 puntos
-
Martimaniac Pruducciones S.L.: Oferta la contratación de una mujer
desempleada victima de violencia de género a jornada completa . Obtiene 5 puntos
Apartado D.- Calidad técnica del proyecto
presentado. Hasta un máximo de 5 puntos.
En este apartado se tendrán
en consideración los siguientes aspectos:
1. Innovación y calidad del
proyecto.
1.1.
Calidad en la redacción, formato y estructura del proyecto
1.2.
Carácter innovador del proyecto.
1.3.
Calidad pedagógica del proyecto.
1.3.1.
Análisis contextualizado con justificación de la conveniencia de las
actuaciones a las necesidades existentes.
1.3.2.
Objetivos y descripción de las acciones a desarrollar con indicación de
las estrategias, la metodología a utilizar, la temporalización, los recursos
previstos, etc.
2. Viabilidad y concreción
de las acciones propuestas.
3.Número de menores a los
que se dirigen.
4.Número de mujeres
desempleadas que se van a contratar.
5.
La incidencia social y educativa del proyecto propuesto, valorándose
especialmente el número de personas beneficiadas ( menores atendidos y mujeres
desempleadas contratadas) y el alcance de las actuaciones.
6.
Concreción y ajuste del presupuesto económico a las actuaciones
educativas que se van a realizar.
7.
Procedimiento de evaluación del proyecto con especificación de
indicadores e instrumentos y, en su caso, propuestas de mejora.
El órgano colegiado
entiende, examinados los proyectos de servicios de conciliación presentados,
que los proyectos en esta línea de subvención
tiene una calidad similar que se hace merecedora de los 5 puntos
previstos como máximo.
-
Hosseines H y H S.L.L. : Calidad del proyecto . Obtiene 5 puntos.
-
Academia Vetonia S.L. : Calidad del proyecto . Obtiene 5 puntos.
-
Martimaniac Pruducciones S.L.: Calidad del proyecto. Obtiene 5 puntos
En consecuencia, las entidades solicitantes
de la Línea de subvención b) obtienen el total de puntos:
-
Hosseines H y H S.L.L. : Obtiene
100 puntos( 60+30+5+5).
-
Academia Vetonia S.L. : Obtiene 100 puntos( 60+30+5+5).
-
Martimaniac Pruducciones S.L.:Obtiene 85 puntos ( 60+15+5+5)
TOTAL PUNTOS 285 puntos.
Existiendo crédito de 512.556,82 euros a
repartir entre 285 puntos resulta un valor del punto obtenido de 1.798,444
euros./ punto.
Por ello, se propone la siguiente concesión:
ENTIDAD /IMPORTE SOLICITADO |
PUNTOS/ IMPORTE |
SUBVENCIÓN IMPORTE |
HOSSEINES HYH S.L.L. 458.296,90 € |
100p/179.844,40
€ |
179.844,40 € |
ACADEMIA VETONIA S.L. 227.210,00 € |
100p/179.844,40 € |
179.844,40€ |
MARTIMANIAC PRODUCCIONES S.L.
219.600,00 € |
85 p/
152.867,74 € |
152.867,74 € |
|
|
512.556,54 € |
TOTAL |
185 puntos |
|
TERCERO.- Por todo lo expuesto, el órgano colegiado
informa el resultado final de la evaluación efectuada según los criterios de
concesión que rigen, resultando lo
siguiente:
Procede inadmitir, por
presentación fuera del plazo previsto, la solicitud presentada por la Asociación Integramel, con cif G52041860,
con número de registro de entrada 2021101458 del día 25.11.2021, puesto si bien
remitió la solicitud por email al correo educación@melilla.es a las 22.21 horas del día
24.11.2021 no resulta legalmente válido
a tenor del artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 01 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas en
concordancia con el Reglamento de los Registros de entrada y salida de
documentos de la Ciudad Autónoma de Melilla publicado en BOME extraord. 18 del
22.12.2004.
Línea
a) Entidades, Asociaciones y Fundaciones sin ánimo de lucro.
ENTIDAD /IMPORTE SOLICITADO |
PUNTOS/ IMPORTE |
SUBVENCIÓN IMPORTE |
|
|
|
ASOCIACIÓN MELILLENSES DE FORMACIÓN 281.560,83 € |
100p/294.117,65€ |
281.560,83€ |
|
|
|
ASOCIACIÓN MARE NOSTRUM 328.713,82 € |
70p /205.882,35€/ |
205.882,35 |
|
|
487.443,18 € |
TOTAL |
170 puntos |
|
Línea
b) Entidades de economía social, empresarios/as individuales, microempresas y pymes con hasta 50 trabajadores.
ENTIDAD /IMPORTE SOLICITADO |
PUNTOS/ IMPORTE |
SUBVENCIÓN IMPORTE |
HOSSEINES HYH S.L.L. 458.296,90 € |
100p/179.844,40
€ |
179.844,40 € |
ACADEMIA VETONIA S.L. 227.210,00 € |
100p/179.844,40 € |
179.844,40€ |
MARTIMANIAC
PRODUCCIONES S.L. 219.600,00 € |
85 p/
152.867,74 € |
152.867,74 € |
|
|
512.556,54 € |
TOTAL |
185 puntos |
|
”
La Dirección General de
Educación e Igualdad, órgano instructor del procedimiento, formula propuesta de resolución provisional en los siguientes términos:
Primero.- Inadmitir, por presentación fuera del plazo
establecido, la solicitud de Subvención presentada por la Asociación
Integramel, con cif G52041860, con número de registro de entrada 2021101458 del
día 25.11.2021, puesto si bien remitió la solicitud por email al correo educación@melilla.es
a las 22.21 horas del día 24.11.2021 no
resulta legalmente válido a tenor del artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 01 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas en concordancia con el Reglamento de los Registros de entrada y salida
de documentos de la Ciudad Autónoma de Melilla publicado en BOME extraord. 18
del 22.12.2004
Segundo.-Conceder las siguientes subvenciones:
Línea
a) Entidades, Asociaciones y Fundaciones sin ánimo de lucro.
ENTIDAD |
SUBVENCIÓN IMPORTE |
ASOCIACIÓN MELILLENSE DE FORMACIÓN |
281.560,83€ |
ASOCIACIÓN MARE NOSTRUM |
205.882,35 |
Línea
b) Entidades de economía social, empresarios/as individuales, microempresas y pymes con hasta 50 trabajadores.
ENTIDAD |
SUBVENCIÓN
IMPORTE |
HOSSEINES HYH S.L.L. |
179.844,40 € |
ACADEMIA
VETONIA S.L. |
179.844,40€ |
MARTIMANIAC PRODUCCIONES S.L. |
152.867,74 € |
De acuerdo con el apartado
13 de la convocatoria y con el artículo 45 b) de la Ley 39/2015, de 01 de
octubre, procede notificar a los interesados la
propuesta de resolución provisional, mediante su publicación en el BOME,
concediéndoles un plazo de diez (10) días naturales para hacer alegaciones y
advirtiéndoles que, de existir éstas, el órgano colegiado se pronunciará sobre
las mismas antes de formularse la propuesta definitiva.
Melilla 16 de diciembre de 2021,
El Director General de Educación e Igualdad,
Germán Ortiz Sánchez