ARTÍCULO Nº 1206 (CVE: BOME-A-2021-1206) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5924 - viernes, 24 de diciembre de 2021 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD
Resolución nº 1347 de fecha 21 de diciembre de 2021, relativa aprobación de la convocatoria del Concurso Gastronomía Amazige 2022.
La Excma. Sra. Consejera de
Educación, Cultura, Festejos e Igualdad, mediante Resolución núm. 2021001347 de
fecha 21 de diciembre de 2021, ha resuelto lo siguiente:
La aprobación de las Bases
que regirán la Convocatoria del CONCURSO DE GASTRONOMÍA AMAZIGE 2022 conforme a las siguientes
BASES
1.- Podrán participar en
este concurso todas las personas mayores de 18 años, residentes en Melilla. El
concurso será abierto y se desarrollará el día 15 de enero de 2022 a partir de
las 09:00 horas en la Plaza de las Culturas. A las 13:00 horas, dará comienzo
la degustación de los platos que deberán
estar terminados y emplatados en la forma en que se vayan a presentar, no
pudiendo ser alterados posteriormente.
2.- Condiciones de
elaboración:
Los participantes deberán realizar
por sus propios medios y en el momento en el que se desarrolle el concurso, un
plato típico de la gastronomía amazige, y presentarlo en el momento en que de
inicio la degustación de los platos a manos del Jurado.
Para la degustación del
plato, los participantes deberán presentar al menos 5 pequeñas raciones
servidas individualmente en platos desechables.
Los participantes deberán
aportar los alimentos, enseres y utensilios necesarios (como trípodes,
sartenes, bombona de butano y/o otros elementos que se requieran) para la
elaboración y cocinado de los platos que serán examinados por el Jurado antes
del inicio de la competición.
Los siguientes productos
pueden estar semipreparados de la siguiente manera:
-
Vegetales – setas – frutas (limpias pero no cortadas o torneadas).
-
Patatas (limpias y peladas pero no cortadas o torneadas).
-
Cebollas (peladas pero no cortadas).
-
Las masas básicas pueden ser preparadas con anterioridad o
semielaboradas.
-
Fondos o caldos base pueden traerse ya preparados o semielaborados.
-
Se permite que los ingredientes básicos estén previamente pesados y
medidos.
-
El pescado puede estar descamado o fileteado, sin espinas y por
supremas.
-
La carne puede estar previamente deshuesada y por raciones.
-
En relación a los postres, se permite el uso de bizcochos preparados.
-
Las guarniciones de larga cocción pueden traerse el día de la
competición, previamente elaboradas.
Una vez finalizado el
concurso, el participante se hará cargo de su plato, en su caso. Así, el
concursante podrá llevárselo o darlo a degustar a los asistentes en base a su
propia voluntad.
La organización no se hace
responsable de los posibles robos, hurtos, pérdidas, roturas o daños que
pudieran sufrir los bienes aportados por los concursantes una vez los platos
y/o restos hayan sido devueltos a los mismos.
3.- Los participantes
deberán enviar los
siguientes datos al
correo electrónico concursointercultura@melilla.es:
Nombre y Apellidos
Número de DNI, NIE y/o
pasaporte.
Dirección.
Teléfono de contacto.
En el
Asunto del correo
electrónico deberá figurar
el título “CONCURSO DE GASTRONOMÍA AMAZIGE"
Para los ganadores/as, y con
posterioridad al fallo del Jurado, se requerirá el Certificado de Cuenta
Bancaria en el que figure como titular el/la participante para el abono de los
premios
4.- El personal de la
Dirección General de Relaciones Interculturales enviará un acuse de recibo vía email a los
participantes del concurso.
5.- El plazo de presentación
de obras finalizará el día 02 de enero de 2022 a las 23:59 horas (horario peninsular)
6.- Cada concursante podrá
presentar a concurso un único plato típico de la gastronomía amazige. En el
caso de que algún participante prepare más de un plato, deberá informar, con
anterioridad a la degustación, qué plato es el que presenta a concurso.
Se valorará la presentación,
el atractivo, la tipicidad, la materia prima, las texturas y punto de
cocción, aromas y sabores.
7.- El Órgano Colegiado
competente para efectuar la propuesta de concesión de los premios estará constituido por un Jurado
integrado por la Consejera de Educación,
Cultura, Festejos e Igualdad o persona en quien delegue, que actuará
como Presidente, y por un número impar
de profesionales o expertos de prestigio.
Actuará como Secretario del
Jurado, con voz y sin voto, el Secretario Técnico de la Consejería de
Educación, Cultura, Festejos e Igualdad, u otro funcionario habilitado para dar
fe de las actuaciones.
8.- La designación del
Jurado se efectuará mediante Orden de la Consejera de Educación, Cultura,
Festejos e Igualdad y su composición podrá hacerse pública en el momento de la
emisión del fallo. El jurado puede resolver cualquier cuestión que no quede
contemplada en las bases.
9.- El Jurado podrá declarar
desierto alguno de los premios o la totalidad de ellos si considera que ninguna
de las propuestas cumple con los requisitos adecuados o con un nivel de calidad
suficiente y su fallo será inapelable.
10.- Se concederán tres
premios:
Primer premio de 900 €.
Segundo premio de 700 €.
Tercer premio de 400 €.
A estos premios se les
aplicarán las retenciones que marque la ley.
11.- El fallo del jurado se
dará a conocer a través de las Redes Sociales de la Consejería de Educación,
Cultura, Festejos e Igualdad.
12.- La organización
se reserva el
derecho de hacer
modificaciones, adoptar
decisiones no reguladas en las presentes Bases, siempre que las mismas
contribuyan al mayor éxito del Concurso.
13.- La convocatoria
del presente premio
se regirá por
las BASES REGULADORAS DE
LAS SUBVENCIONES PARA
EL DESARROLLO DE PROYECTOS DE INTERÉS GENERAL Y DE
CERTÁMENES O CONCURSOS EN EL ÁMBITO DE ACTUACIÓN DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN
U COLECTIVOS SOCIALES (BOME núm. 4460, de 14 de diciembre de 2007).
14.- La presentación
al concurso implica
la total aceptación
de las presentes bases y el fallo del jurado.
Estando la presente
convocatoria destinada a una pluralidad indeterminada de personas que pudieran
estar interesadas en concurrir a la misma, se ordena su publicación, en
aplicación del art. 45, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento
Administrativos Común de las Administraciones Públicas.
La presente Orden no aborta
la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recursos de alzada
en el plazo de un mes, a computar al día siguiente de su publicación, ante el
Presidente de la Ciudad Autónoma de Melilla, como Órgano Competente para
resolverlos o ante esta Consejera, que deberá elevarlo con su informe a la
Presidencia, de acuerdo con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, de Procedimiento Administrativos Común de las Administraciones
Públicas y artículo quinto del Reglamento de Organización Administrativa de la
Ciudad Autónoma de Melilla (BOME extraordinario nº 13 de 7 de mayo de 1999).
Melilla 22 de diciembre de 2021,
El Secretario Técnico Acctal. de Educación, Cultura,
Festejos e Igualdad,
Arturo Jiménez Cano