ARTÍCULO Nº 1213 (CVE: BOME-A-2021-1213) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5925 - martes, 28 de diciembre de 2021 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.


Orden nº 4441 de fecha 21 de diciembre de 2021, relativa a lista provisional de admitidos y excluidos para la provisión, mediante comisión de servicios, de un puesto de trabajo de coordinador de la Dirección General de Vivienda y Urbanismo.

BOME-P-2021-3845 Descargar página

La titular de la Consejería de Presidencia y Administración Pública, mediante Orden de 21/12/2021, registrada al número 2021004441, en el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería ha dispuesto lo siguiente:

 

Visto el certificado expedido por la Secretaría Técnica de Presidencia y Administración Pública, relacionado con las instancias que han tenido entrada en el Registro de esta Ciudad Autónoma, para la provisión, mediante Comisión de Servicios, de un puesto de trabajo de Coordinador de la Dirección General de Vivienda y Urbanismo, y considerando los requisitos exigidos en las bases de la convocatoria, 

 

De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 36388/2021, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER

 

La admisión y exclusión provisional de los siguientes aspirantes:

 

ASPIRANTES ADMITIDOS

 

APELLIDOS Y NOMBRE

1

ABDELKADER MOHAMED, MALIK

 

ASPIRANTES EXCLUIDOS

 

APELLIDOS Y NOMBRE

DÍAZ ARQUES, CARLOS JOSE

 

Motivo de la exclusión: No reunir los requisitos específicos exigidos en las Bases de la Convocatoria.

 

Publíquese la lista de admitidos y excluidos en el tablón de la Consejería, Portal de transparencia y Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma, en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 6 de las Bases Generales de aplicación a los procedimientos de provisión de puestos de trabajo mediante Comisión de Servicios publicadas en el B.O.ME., extraordinario número 36 de fecha 6 de noviembre de 2019.

 

Asimismo el plazo de subsanación de defectos, de acuerdo con lo establecido en el apartado anterior, será de CINCO DÍAS hábiles.

 

Contra esta ORDEN, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la presente.

 

Dicho recurso podrá presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).

 

El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada interpuesto.

 

No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.

 

Lo que se notifica para su publicación.

 

Melilla 22 de diciembre de 2021,

La Secretaria Técnica de Presidencia y Administración Pública P.A.,

Gema Viñas del Castillo