ARTÍCULO Nº 4 (CVE: BOME-A-2022-4) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5927 - martes, 4 de enero de 2022 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.
Orden nº 4513 de fecha 30 de diciembre de 2021, relativa a constitución del órgano asesor para formular propuesta motivada por el órgano competente del cargo de personal directivo de director general de arquitectura.
La titular de la Consejería de Presidencia y
Administración Pública, mediante Orden de 30/12/2021, registrada al
número 2021004513, en el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería ha
dispuesto lo siguiente:
De conformidad con el artículo 60.5 del Reglamento de
Gobierno y Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME extr. nº 2 de
fecha 30 de enero de 2017),
De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente
34222/2021, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER
El órgano asesor para formular propuesta motivada al
órgano competente del cargo de personal directivo de Director General de
Arquitectura (BOME extr. nº 62, de 20 de octubre de 2021), quede constituido
por los siguientes funcionarios de carrera:
-
D. Eduardo Ganzo
Pérez (Director Gral. de Obras Públicas)
-
Dª. Francisca
Torres Belmonte (Secretaria Técnica Acctal. de Infraestructuras, Urbanismo y
Deportes).
-
D. Jesús Moreno
Ramírez (Director Gral. de Contratación Pública y Patrimonio).
Contra esta ORDEN, que no agota la vía administrativa,
podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día
siguiente al de la notificación o publicación de la presente.
Dicho recurso podrá presentarse ante esta Consejería o
ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior jerárquico
del que dictó la Resolución recurrida, de conformidad con lo establecido en el
artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad
Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y
121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de
octubre de 2015).
El plazo máximo para dictar y notificar la resolución
será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se
podrá entender desestimado el recurso de alzada interpuesto.
No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si
así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.
Lo que se notifica para su publicación.
Melilla 3
de enero de 2022,
P.A. El
Secretario Técnico de Hacienda, Empleo y Comercio,
Sergio
Conesa Mínguez