ARTÍCULO 45 - BOME-A-2022-45

BOME Nº 5933 del martes, 25 de enero de 2022

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES, SALUD PÚBLICA Y BIENESTAR ANIMAL - CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES, SALUD PÚBLICA Y BIENESTAR ANIMAL

Addenda al convenio de colaboración de la Consejería de Economía y Políticas Sociales (actualmente, Consejería de Políticas Sociales , Salud Pública y Bienestar Animal) con la entidad Hospital San Francisco de Asís para la atención integral especializada a personas con enfermedad mental, año 2021


/ 140

La Consejería de Políticas Sociales, Salud Pública y Bienestar Animal, por acuerdo del órgano competente, ha procedido a la firma de la Addenda al Convenio de Colaboración de la Consejería de Economía y Políticas Sociales (actualmente, Consejería de Políticas Sociales, Salud Pública y Bienestar Animal) con la entidad Hospital San Francisco de Asís para la Atención Integral Especializada a Personas con Enfermedad Mental, año 2021, habiendo sido inscrita en el Registro de Convenios de la Ciudad Autónoma de Melilla con número CON2200003, y los siguientes datos:

 

Consejería:                   CONSEJERIA DE POLITICAS SOC, SALUD PUB Y BIEN ANIM

 

Datos de Aprobación:

 

Órgano

Número

Fecha

Entidad:

Consejo de Gobierno

2021000902

30/12/2021

 ES-A2905567-0 (HOSPITAL SAN FRANCISCO DE ASIS S.A.)

Fecha de formalización:                30/12/2021

 

De acuerdo con la normativa vigente de aplicación se procede a su publicación para su general conocimiento.

 

Melilla 21 de enero de 2022,

El Secretario Técnico de Políticas Sociales y Salud Pública,

Victoriano Juan Santamaría Martínez

 


ANEXO

 

ADDENDA AL CONVENIO DE COLABORACIÓN DE LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y POLÍTICAS SOCIALES (actualmente, CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES, SALUD PÚBLICA Y BIENESTAR ANIMAL) CON LA ENTIDAD HOSPITAL SAN FRANCISCO DE ASÍS PARA LA ATENCIÓN INTEGRAL ESPECIALIZADA A PERSONAS CON ENFERMEDAD MENTAL, AÑO 2021.

 

En Melilla, a 30 de diciembre de 2021

 

Las Partes firmantes de común acuerdo, y previamente autorizada su suscripción por el Consejo de Gobierno en su reunión de30 de diciembre de 2021 (2021000902, de 30 de diciembre de 2021), tal y como prevé el art. 16.8 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOMe Extraord. nº 2, de 30/01/2017)

 

EXPONEN

 

Cláusula 1ª.- La presente Addenda deviene del Convenio de Colaboración suscrito el 25 de marzo de 2021, entre la Consejería de Economía y Políticas Sociales (actualmente, Consejería de Políticas Sociales, Salud Pública y Bienestar Animal, en adelante la Consejería) de la Ciudad Autónoma de Melilla con la entidad Hospital San Francisco de Asís (en adelante, Hospital San Francisco) para la atención integral especializada a personas con enfermedad mental (BOMe. núm. 5853, 20 de abril de 2021).

Cláusula 2ª.- Como consecuencia del Estado de Alarma declarado por el Gobierno de la Nación el 14 de marzo de 2020 a raíz de la crisis provocada por la COVID-19, que conllevó el confinamiento de la población y el hecho de ir adoptando medidas higiénico sanitarias en todo tipo de establecimientos, especialmente en los centros sanitarios, la entidad Hospital San Francisco como centro hospitalario, con la que se mantiene el citado convenio de colaboración, se ha visto obligada a afrontar un incremento de los gastos de carácter extraordinario e imprevisible para la adopción de las medidas preventivas necesarias para evitar los contagios de COVID 19.

Cláusula 3ª.- Mediante escrito de fecha de 28 de septiembre de 2021, en la que se justifica el esfuerzo realizado durante los años 2020 y 2021 como consecuencia del estallido de la pandemia causado por el incremento de los gastos de las medidas preventivas necesarias para evitar los contagios de COVID 19. En particular, el carácter extraordinario e imprevisible y la complejidad de la pandemia, no contemplado en el convenio suscrito el 25 de marzo de 2021, requiriendo la adicción por importe de 34.298,19 € (TREINTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y OCHO EUROS CON DIECINUEVE CÉNTIMOS), atendiendo al sobrecoste por las estancias de los usuarios acogidos residencialmente en dicho Hospital.

Cláusula 4ª.- La adición del importe de 34.298,19 € al importe abonado durante el año 2021, supone una  la alteración del coste económico del Convenio de Colaboración, por lo que se ha dispuesto dicha modificación de la subvención nominativa mediante Acuerdo del Pleno de la Asamblea de 2 de diciembre de 2021 (BOMe. Extraord. núm. 80, de 7 de diciembre de 2021), autorizando tal circunstancia, existiendo RC SUBVENCIONES nº  12021000089574 de 30 de diciembre de 2021, que permite llevar a cabo el gasto adicional que conlleva la presente addenda.

Cláusula 5ª.- De conformidad con el artículos 30 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones «BOE» núm. 276, de 18 de noviembre de 2003 y con el artículo  69 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones -«BOE» núm. 176, de 25 de julio de 2006, la justificación de los gastos que conlleva la presente Addenda se realizará por la entidad beneficiaria mediante la presentación de estados contables.

Cláusula 6ª.- En lo no modificado por la presente Addenda, seguirá de aplicación lo establecido en el convenio de Colaboración suscrito el 25 de marzo de 2021 entre las partes intervinientes.

 

Y para que así conste y, en prueba de conformidad, las partes intervinientes firman la presente Addenda del Convenio por triplicado ejemplar, en el lugar y fecha señalados en el encabezamiento.

 

LA CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES,                                         EL HOSPITAL SAN

SALUD PÚBLICA Y BIENESTAR ANIMAL                                            FRANCISCO DE ASÍS