ARTÍCULO Nº 67 (CVE: BOME-A-2022-67) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5935 - martes, 1 de febrero de 2022 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, URBANISMO Y DEPORTE - CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, URBANISMO Y DEPORTE
Orden nº 147 de fecha 31 de enero de 2022, relativa a emplazamiento a la Federación Melillense de Golf y cuantos aparezcan como interesados en el procedimiento abreviado 257/2020.
El
Excmo. Sr. Consejero de Infraestructuras, Urbanismo y Deporte, mediante Orden de 31/01/2022, registrada al número
2022000147, en el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería ha dispuesto
lo siguiente:
ASUNTO: EMPLAZAMIENTO A LA FEDERACIÓN MELILLENSE DE GOLF Y A
CUANTOS APAREZCAN COMO INTERESADOS EN EL PROCEDIMIENTO ABREVIADO 257/2020 DEL
JUZGADO DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO NÚM. 1 DE LOS DE MELILLA.
INTERESADOS: FEDERACIÓN MELILLENSE DE GOLF Y OTROS.
En cumplimiento de lo interesado por Providencia del
Iltmo. Sr. Magistrado Juez del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número
1 de Melilla, de fecha 14 de enero del 2021, en relación con el recurso
contencioso-administrativo, procedimiento abreviado número. 0257/2020,
presentado por el letrado D. José Javier Valderas Alvarado, en representación
de TALHER S.A, contra la desestimación presunta por la Ciudad Autónoma de
Melilla de su solicitud de abono de facturas, en concepto del servicio de
Conserjería del Campo de Golf de Melilla, y al amparo de lo dispuesto en el
artículo 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, habiendo sido ya remitido al Juzgado
Contencioso-Administrativo núm. 1 de Melilla el expediente administrativo
solicitado al efecto,
De
acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 28476/2020, en virtud de las
competencias que tengo atribuidas, VENGO
EN DISPONER
PRIMERO. Emplazar a la Federación
Melillense de Golf, como interesada en dicho expediente, en virtud del
Convenio de Colaboración que esta mantuvo con la Ciudad Autónoma de Melilla
(B.O.M.E. núm. 5884/16, de 21 de Octubre) para que, si a su derecho conviene,
pueda personarse como demandada ante el referido Juzgado en el plazo de nueve
días contados a partir de la notificación de la presente Resolución.
SEGUNDO: Publicar anuncio
de esta resolución en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla
(BOME), al amparo de lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, al objeto de emplazar a cuantos aparezcan como interesados en dicho
expediente para que, si a su derecho convienen, puedan personarse como
demandados ante el referido Juzgado en el plazo de nueve días contados a partir
de la publicación de la presente orden.
Contra
esta ORDEN, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de
alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o
publicación de la presente.
Dicho
recurso podrá presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente
de la Ciudad Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la Resolución
recurrida, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento
del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME
Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).
El
plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses.
Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender
desestimado el recurso de alzada interpuesto.
No
obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente
bajo su responsabilidad.
Lo
que se notifica para su conocimiento y efectos oportunos.
Melilla 31 de enero de 2022,
El Secretario Técnico de Infraestructuras y
Urbanismo P.A.,
Juan Luis Villaseca Villanueva