ARTÍCULO Nº 67 (CVE: BOME-A-2022-67) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5935 - martes, 1 de febrero de 2022 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, URBANISMO Y DEPORTE - CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, URBANISMO Y DEPORTE


Orden nº 147 de fecha 31 de enero de 2022, relativa a emplazamiento a la Federación Melillense de Golf y cuantos aparezcan como interesados en el procedimiento abreviado 257/2020.

BOME-P-2022-189 Descargar página

El Excmo. Sr. Consejero de Infraestructuras, Urbanismo y Deporte, mediante Orden de 31/01/2022, registrada al número 2022000147, en el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería ha dispuesto lo siguiente:

 

ASUNTO: EMPLAZAMIENTO A LA FEDERACIÓN MELILLENSE DE GOLF Y A CUANTOS APAREZCAN COMO INTERESADOS EN EL PROCEDIMIENTO ABREVIADO 257/2020 DEL JUZGADO DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO NÚM. 1 DE LOS DE MELILLA.

INTERESADOS: FEDERACIÓN MELILLENSE DE GOLF Y OTROS.

 

En cumplimiento de lo interesado por Providencia del Iltmo. Sr. Magistrado Juez del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Melilla, de fecha 14 de enero del 2021, en relación con el recurso contencioso-administrativo, procedimiento abreviado número. 0257/2020, presentado por el letrado D. José Javier Valderas Alvarado, en representación de TALHER S.A, contra la desestimación presunta por la Ciudad Autónoma de Melilla de su solicitud de abono de facturas, en concepto del servicio de Conserjería del Campo de Golf de Melilla, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, habiendo sido ya remitido al Juzgado Contencioso-Administrativo núm. 1 de Melilla el expediente administrativo solicitado al efecto,

 

De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 28476/2020, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER

 

PRIMERO. Emplazar a la Federación Melillense de Golf, como interesada en dicho expediente, en virtud del Convenio de Colaboración que esta mantuvo con la Ciudad Autónoma de Melilla (B.O.M.E. núm. 5884/16, de 21 de Octubre) para que, si a su derecho conviene, pueda personarse como demandada ante el referido Juzgado en el plazo de nueve días contados a partir de la notificación de la presente Resolución.

SEGUNDO: Publicar anuncio de esta resolución en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME), al amparo de lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, al objeto de emplazar a cuantos aparezcan como interesados en dicho expediente para que, si a su derecho convienen, puedan personarse como demandados ante el referido Juzgado en el plazo de nueve días contados a partir de la publicación de la presente orden.

 

Contra esta ORDEN, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la presente.

 

Dicho recurso podrá presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).

 

El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada interpuesto.

 

No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.

 

Lo que se notifica para su conocimiento y efectos oportunos.

 

Melilla 31 de enero de 2022,

El Secretario Técnico de Infraestructuras y Urbanismo P.A.,

Juan Luis Villaseca Villanueva