ARTÍCULO Nº 101 (CVE: BOME-A-2022-101) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5938 - viernes, 11 de febrero de 2022 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD


Resolución nº 174 de fecha 4 de febrero de 2022, relativa aprobación de las bases que regirán la convocatoria del concurso de disfraces de carnavales para colegios año 2022.

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La Excma. Sra. Consejera de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad, mediante Resolución núm. 2022000174 de fecha 04 de febrero de 2022, ha resuelto lo siguiente:

 

La aprobación de las Bases que regirán la convocatoria del CONCURSO DE DISFRACES DE CARNAVALES PARA COLEGIOS 2022 por un importe de 4.000 € (CUATRO MIL EUROS) con arreglo a las siguientes:

 

BASES

 

1º.- Podrán participar todas los alumnos y docentes de un centro escolar de Melilla.

2º.- El tema de los disfraces será libre, PERO NO SE ACEPTARÁN EN EL CONCURSO AQUÉLLOS QUE SEAN DE CONFECCIÓN INDUSTRIAL.

3º.- El Órgano Colegiado competente para efectuar la propuesta de concesión de los premios estará constituido por un Jurado integrado por la Consejera de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad o persona en quien delegue, que actuará como Presidente, y por un número impar de profesionales o expertos de prestigio en la rama o disciplina del certamen.

 

Actuará como Secretario del Jurado, con voz y sin voto, el Secretario Técnico de la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad, u otro funcionario habilitado para dar fe de las actuaciones.

 

La designación del Jurado se efectuará mediante Orden de la Consejera de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad y su composición podrá hacerse pública en el momento de la emisión del fallo.

 

4º.- En cuanto a los criterios de valoración, el Jurado puntuará a los candidatos en función a la:

 

·         Originalidad.

·         Animación (bailes, coreografías, representación del personaje o similar).

·         Peinado y maquillaje.

·         Confección de los trajes.

 

5º.- En esta modalidad de Grupos por colegios solo podrá participar un solo grupo que represente al colegio. El grupo como mínimo debe ser compuesto por 45 personas sin haber un máximo. Se admitirá dentro de la categoría de Grupos aquéllos que puedan ser integrados también por profesores.

6º.- El disfraz debe ser portado a escena SOLO por los “PARTICIPANTES”.

7º.- No podrá participar en el Concurso oficial aquel disfraz que haya sido “PREMIADO” en otra edición de este u otro concurso local o nacional.

.- Queda prohibida la utilización en el Concurso de cualquier tipo de elemento pirotécnico, así como llamas en antorchas, velas, con petróleo, gas o cualquier otro tipo de combustible 9º.- Se establecen cinco premios económicos:

 

A) GRUPOS POR COLEGIOS

 

Primer premio

 1.200 €

Segundo premio

  1000 €

Tercer premio

    800 €

Cuarto premio

    600 €

Quinto premio                 400 €

 

10º.- Para los ganadores/as, y con posterioridad al fallo del Jurado, se requerirá para el abono de lo premios certificado de titularidad bancaria y fotocopia de la Tarjeta de Identificación Fiscal. Al importe de dichos premios, se les aplicará las retenciones previstas en la vigente legislación.

11º.- La inscripción se realizará en el Área de Festejos, Cándido Lobera, Nº12 (Auditórium Carvajal), de lunes a viernes y de 9 a 14 horas, finalizando el día 18 de febrero.

12º.- Los ganadores de dicho concurso de disfraces se comprometen a participar en la Cabalgata de Carnaval el día 26 de febrero.

13º.- El concurso oficial se celebrará el viernes día 25 de febrero. El jurado realizará las oportunas visitas a los centros escolares para ver y calificar al grupo participante.

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14º.- El Jurado podrá declarar desierto aquellos premios que no hayan alcanzado un nivel de calidad suficiente y su fallo será inapelable. La Ciudad Autónoma y el Jurado se reservan el derecho de adoptar cualquier iniciativa que, sin estar regulada en las presentes bases, contribuya al mayor éxito del Concurso sin que contra sus decisiones pueda formularse reclamación alguna.

15º.- La  convocatoria  del  presente  premio  se  regirá  por  las  BASES REGULADORAS  DE  LAS  SUBVENCIONES  PARA  EL  DESARROLLO  DE PROYECTOS DE INTERÉS GENERAL Y DE CERTÁMENES O CONCURSOS EN EL ÁMBITO DE ACTUACIÓN DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN U COLECTIVOS SOCIALES (BOME núm. 4460, de 14 de diciembre de 2007)

16º.- La presentación al Concurso de Disfraces de Carnavales para Colegios supone la plena aceptación de sus Bases y el Fallo del Jurado.

 

Estando la presente convocatoria destinada a una pluralidad indeterminada de personas que pudieran estar interesadas en concurrir a la misma, se ordena su publicación, en aplicación del art. 45, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativos Común de las Administraciones Públicas.

 

La presente Orden no aborta la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recursos de alzada en el plazo de un mes, a computar al día siguiente de su publicación, ante el Presidente de la Ciudad Autónoma de Melilla, como Órgano Competente para resolverlos o ante esta Consejera, que deberá elevarlo con su informe a la Presidencia, de acuerdo con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativos Común de las Administraciones Públicas y artículo quinto del Reglamento de Organización Administrativa de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME extraordinario nº 13 de 7 de mayo de 1999).

 

Melilla 7 de febrero de 2022,

El Secretario Técnico Acctal. de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad,

Arturo Jiménez Cano