ARTÍCULO Nº 101 (CVE: BOME-A-2022-101) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5938 - viernes, 11 de febrero de 2022 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD
Resolución nº 174 de fecha 4 de febrero de 2022, relativa aprobación de las bases que regirán la convocatoria del concurso de disfraces de carnavales para colegios año 2022.
La Excma. Sra. Consejera de
Educación, Cultura, Festejos e Igualdad, mediante Resolución núm. 2022000174 de
fecha 04 de febrero de 2022, ha resuelto lo siguiente:
La aprobación de las Bases
que regirán la convocatoria del CONCURSO DE DISFRACES DE CARNAVALES PARA
COLEGIOS 2022 por un importe de 4.000 € (CUATRO MIL EUROS) con arreglo a las
siguientes:
BASES
1º.- Podrán participar todas los
alumnos y docentes de un centro escolar de Melilla.
2º.- El tema de los disfraces
será libre, PERO NO SE ACEPTARÁN EN EL CONCURSO AQUÉLLOS QUE SEAN DE CONFECCIÓN
INDUSTRIAL.
3º.- El Órgano Colegiado
competente para efectuar la propuesta de concesión de los premios estará
constituido por un Jurado integrado por la Consejera de Educación, Cultura,
Festejos e Igualdad o persona en quien delegue, que actuará como Presidente, y
por un número impar de profesionales o expertos de prestigio en la rama o
disciplina del certamen.
Actuará como Secretario del
Jurado, con voz y sin voto, el Secretario Técnico de la Consejería de
Educación, Cultura, Festejos e Igualdad, u otro funcionario habilitado para dar
fe de las actuaciones.
La designación del Jurado se
efectuará mediante Orden de la Consejera de Educación, Cultura, Festejos e
Igualdad y su composición podrá hacerse pública en el momento de la emisión del
fallo.
4º.- En cuanto a los criterios de
valoración, el Jurado puntuará a los candidatos en función a la:
·
Originalidad.
·
Animación (bailes, coreografías, representación del personaje o
similar).
·
Peinado y maquillaje.
·
Confección de los trajes.
5º.- En esta modalidad de Grupos
por colegios solo podrá participar un solo grupo que represente al colegio. El
grupo como mínimo debe ser compuesto por 45 personas sin haber un máximo. Se
admitirá dentro de la categoría de Grupos aquéllos que puedan ser integrados
también por profesores.
6º.- El disfraz debe ser portado
a escena SOLO por los “PARTICIPANTES”.
7º.- No podrá participar en el
Concurso oficial aquel disfraz que haya sido “PREMIADO” en otra edición de este
u otro concurso local o nacional.
8º.- Queda prohibida la
utilización en el Concurso de cualquier tipo de elemento pirotécnico, así como
llamas en antorchas, velas, con petróleo, gas o cualquier otro tipo de
combustible 9º.- Se
establecen cinco premios económicos:
A) GRUPOS
POR COLEGIOS
Primer
premio |
1.200 € |
Segundo
premio |
1000 € |
Tercer
premio |
800 € |
Cuarto
premio |
600 € |
Quinto
premio 400 €
10º.- Para los ganadores/as, y
con posterioridad al fallo del Jurado, se requerirá para el abono de lo premios
certificado de titularidad bancaria y fotocopia de la Tarjeta de Identificación
Fiscal. Al importe de dichos premios, se les aplicará las retenciones previstas
en la vigente legislación.
11º.- La inscripción se realizará
en el Área de Festejos, Cándido Lobera, Nº12 (Auditórium Carvajal), de lunes a
viernes y de 9 a 14 horas, finalizando el día 18 de febrero.
12º.- Los ganadores de dicho
concurso de disfraces se comprometen a participar en la Cabalgata de Carnaval
el día 26 de febrero.
13º.- El concurso oficial se
celebrará el viernes día 25 de febrero. El jurado realizará las oportunas
visitas a los centros escolares para ver y calificar al grupo participante.
14º.- El Jurado podrá declarar
desierto aquellos premios que no hayan alcanzado un nivel de calidad suficiente
y su fallo será inapelable. La Ciudad Autónoma y el Jurado se reservan el
derecho de adoptar cualquier iniciativa que, sin estar regulada en las
presentes bases, contribuya al mayor éxito del Concurso sin que contra sus
decisiones pueda formularse reclamación alguna.
15º.- La convocatoria
del presente premio
se regirá por
las BASES REGULADORAS DE
LAS SUBVENCIONES PARA
EL DESARROLLO DE PROYECTOS DE INTERÉS GENERAL Y DE
CERTÁMENES O CONCURSOS EN EL ÁMBITO DE ACTUACIÓN DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN
U COLECTIVOS SOCIALES (BOME núm. 4460, de 14 de diciembre de 2007)
16º.- La presentación al Concurso
de Disfraces de Carnavales para Colegios supone la plena aceptación de sus
Bases y el Fallo del Jurado.
Estando la presente
convocatoria destinada a una pluralidad indeterminada de personas que pudieran
estar interesadas en concurrir a la misma, se ordena su publicación, en
aplicación del art. 45, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento
Administrativos Común de las Administraciones Públicas.
La presente Orden no aborta
la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recursos de alzada
en el plazo de un mes, a computar al día siguiente de su publicación, ante el
Presidente de la Ciudad Autónoma de Melilla, como Órgano Competente para
resolverlos o ante esta Consejera, que deberá elevarlo con su informe a la
Presidencia, de acuerdo con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, de Procedimiento Administrativos Común de las Administraciones
Públicas y artículo quinto del Reglamento de Organización Administrativa de la
Ciudad Autónoma de Melilla (BOME extraordinario nº 13 de 7 de mayo de 1999).
Melilla 7 de febrero de 2022,
El Secretario Técnico Acctal. de Educación,
Cultura, Festejos e Igualdad,
Arturo Jiménez Cano