ARTÍCULO Nº 103 (CVE: BOME-A-2022-103) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5938 - viernes, 11 de febrero de 2022 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD


Resolución nº 176 de fecha 4 de febrero de 2022, relativa aprobación de las bases que regirán la convocatoria del concurso de disfraces de carnavales para mascotas año 2022.

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La Excma. Sra. Consejera de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad, mediante Resolución núm. 2022000176 de fecha 04 de febrero de 2022, ha resuelto lo siguiente:

 

La aprobación de las Bases que regirán la convocatoria del CONCURSO DE DISFRACES DE CARNAVALES PARA MASCOTAS 2022 por un importe de 1.000 € (MIL EUROS) con arreglo a las siguientes:

 

BASES

 

1)     El objetivo del concurso es la exhibición de MASCOTAS disfrazadas con motivo del Carnaval de la Ciudad Autónoma de Melilla. El día 20 de febrero, a las 11:30 horas, en la Plaza de las Culturas.

2)            Podrán participar todos los propietarios de las MASCOTAS que lo acrediten y lo soliciten. La inscripción se realizará en el Área de Festejos, Cándido Lobera, Nº12 (Auditórium Carvajal), de lunes a viernes y de 9 a 14 horas, finalizando el día 18 de febrero. También podrán inscribirse en la misma Plaza de las Culturas con anterioridad a la celebración del concurso. Los requisitos para la inscripción y la documentación que debe aportarse es la siguiente:

 

a)     Cumplimentar los impresos de inscripción.

b)     Los propietarios deberán acreditarse mediante su DNI haciendo entrega de una fotocopia del mismo.

c)             Cartilla oficial donde se documente que el animal está vacunado y posee el reglamentario microchip (ORDEN de 29 de junio de 1998, por la que se determinan las marcas y métodos de identificación de perros y gatos, BOC 091 de 23 de julio de 1998)

 

3)     La mascota (s) podrá(n) ser acompañado(s) el día del evento en el desfile por otra persona que no sea el propietario.

4)     La Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad de la Ciudad Autónoma de Melilla se reserva el derecho a establecer el orden de salida de los participantes.

5)     La(s) mascota(s) deberán ir debidamente disfrazados y desfilar en el escenario sin hacer uso, en ningún caso, de soportes o elementos publicitarios.

6)     La música que se utilizará en el desfile podrá ser proporcionada por el participante y reproducida por la organización. Deberá ser entregado en un pendrive con formato Mp3, con un día de antelación en las oficinas del Área de Festejos.

7)     Los participantes deberán estar preparados para desfilar en el evento media hora antes del comienzo del mismo. Para acceder al recinto deberán portar la acreditación facilitada por la organización.

8)            Queda prohibida la utilización en el festival de:

 

-       Cualquier tipo de elemento pirotécnico, así como llamas en antorchas, velas, con petróleo, gas o cualquier otro tipo de combustible. La Organización controlará el acceso de los participantes al escenario, con el fin de evitar cualquier tipo de riesgo asociado a estos productos.

-       Confetis, serpentinas en papel o spray, o cualquier otro material que por razones de seguridad pudieran poner en riesgo el normal desarrollo del espectáculo

 

9) Sólo podrán estar presentes en el escenario las mascotas y los acompañantes.

10)Los propietarios están obligados a disponer de los recipientes oportunos para recoger las deposiciones de los animales y mantener limpias las instalaciones.

11)La Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad de la Ciudad Autónoma de Melilla se reserva el derecho de alterar o modificar si fuera preciso, el desarrollo, lugar, fecha y hora del acto. Se reserva además el derecho de rechazar a aquellos participantes cuando:

 

-          El comportamiento del animal a juicio de la organización afecte al normal desarrollo del evento.

-          El disfraz de las mascotas y acompañante no reúna las características que se consideren oportunas para mantener el nivel y la calidad del concurso.

 

12)El Órgano Colegiado competente para efectuar la propuesta de concesión de los premios estará constituido por un Jurado integrado por la Consejera de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad o persona en quien delegue, que actuará como Presidente, y por un número impar de profesionales o expertos de prestigio en la rama o disciplina del certamen.

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Actuará como Secretario del Jurado, con voz y sin voto, el Secretario Técnico de la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad, u otro funcionario habilitado para dar fe de las actuaciones.

 

La designación del Jurado se efectuará mediante Orden de la Consejera de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad y su composición podrá hacerse pública en el momento de la emisión del fallo.

 

13)Los miembros del Jurado valoraran en una plantilla individual la originalidad de los disfraces y la simpatía mostrada en el desfile por los participantes. Se otorgará una puntuación entre 1 y 10 puntos.

14)En caso de empate, el jurado procederá a una nueva votación hasta clasificar los cinco primeros participantes.

15)Los premios establecidos por Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad de la Ciudad Autónoma de Melilla, son los siguientes:

 

-       Primer Premio: Trofeo + Vale por valor de 300 € para productos para mascotas.

-       Segundo Premio: Trofeo + Vale por valor de 250 € para productos para mascotas.

-       Tercer Premio: Trofeo + Vale por valor de 200 € para productos para mascotas.

-       Cuarto Premio: Trofeo + Vale por valor de 150 € para productos para mascotas.

-       Quinto Premio: Trofeo + Vale por valor de 100 € para productos para mascotas.

 

16)El incumplimiento de cualquiera de los apartados de las presentes bases supondrá su exclusión en la participación en dicho acto.

17)La Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad de la Ciudad Autónoma de Melilla no se hará en ningún caso responsable de los extravíos, desperfectos o sustracciones de cualquier tipo de material (elementos escénicos, disfraces, útiles, herramientas y similares) que pudieran ocurrir en los recintos de Carnaval, tanto en el escenario como en la trasera de éste, siendo por tanto de única responsabilidad del participante la custodia en todo momento de los elementos utilizados en su actuación, y desde el momento de llegada al recinto y hasta que abandone el mismo.

18)Se recuerda la obligatoriedad del uso de mascarilla que cubran nariz y boca durante la celebración del concurso.

19)La  convocatoria  del  presente  premio  se  regirá  por  las  BASES REGULADORAS  DE  LAS  SUBVENCIONES  PARA  EL  DESARROLLO  DE PROYECTOS DE INTERÉS GENERAL Y DE CERTÁMENES O CONCURSOS EN EL ÁMBITO DE ACTUACIÓN DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN U COLECTIVOS SOCIALES (BOME núm. 4460, de 14 de diciembre de 2007)

20)El hecho de participar en el evento lleva implícita la aceptación de todos los apartados de las presentes bases y el Fallo del Jurado.

 

Estando la presente convocatoria destinada a una pluralidad indeterminada de personas que pudieran estar interesadas en concurrir a la misma, se ordena su publicación, en aplicación del art. 45, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativos Común de las Administraciones Públicas.

 

La presente Orden no aborta la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recursos de alzada en el plazo de un mes, a computar al día siguiente de su publicación, ante el Presidente de la Ciudad Autónoma de Melilla, como Órgano Competente para resolverlos o ante esta Consejera, que deberá elevarlo con su informe a la Presidencia, de acuerdo con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativos Común de las Administraciones Públicas y artículo quinto del Reglamento de Organización Administrativa de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME extraordinario nº 13 de 7 de mayo de 1999).

 

Melilla 7 de febrero de 2022,

El Secretario Acctal. de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad,

Arturo Jiménez Cano