ARTÍCULO Nº 103 (CVE: BOME-A-2022-103) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5938 - viernes, 11 de febrero de 2022 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD
Resolución nº 176 de fecha 4 de febrero de 2022, relativa aprobación de las bases que regirán la convocatoria del concurso de disfraces de carnavales para mascotas año 2022.
La Excma. Sra.
Consejera de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad, mediante Resolución núm.
2022000176 de fecha 04 de febrero de 2022, ha resuelto lo siguiente:
La aprobación de
las Bases que regirán la convocatoria del CONCURSO DE DISFRACES DE CARNAVALES
PARA MASCOTAS 2022 por un importe de 1.000 € (MIL EUROS) con arreglo a las
siguientes:
BASES
1)
El objetivo del concurso es la exhibición de MASCOTAS disfrazadas con
motivo del Carnaval de la Ciudad Autónoma de Melilla. El día 20 de febrero, a las 11:30
horas, en la Plaza de las Culturas.
2)
Podrán participar todos los propietarios de las MASCOTAS que lo
acrediten y lo soliciten. La inscripción se realizará en el Área de Festejos,
Cándido Lobera, Nº12 (Auditórium Carvajal), de lunes a viernes y de 9 a 14
horas, finalizando
el día 18 de febrero. También podrán inscribirse en la misma Plaza de las Culturas con
anterioridad a la celebración del concurso. Los requisitos para la inscripción
y la documentación que debe aportarse es la siguiente:
a)
Cumplimentar los impresos de inscripción.
b)
Los propietarios deberán acreditarse mediante su DNI haciendo entrega de
una fotocopia del mismo.
c)
Cartilla oficial donde se documente que el animal está vacunado y posee
el reglamentario microchip (ORDEN de 29 de junio de 1998, por la que se
determinan las marcas y métodos de identificación de perros y gatos, BOC 091 de
23 de julio de 1998)
3)
La mascota (s) podrá(n) ser acompañado(s) el día del evento en el
desfile por otra persona que no sea el propietario.
4)
La Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad de la Ciudad
Autónoma de Melilla se reserva el derecho a establecer el orden de salida de los
participantes.
5)
La(s) mascota(s) deberán ir debidamente disfrazados y desfilar en el
escenario sin hacer uso, en ningún caso, de soportes o elementos publicitarios.
6)
La música que se utilizará en el desfile podrá ser proporcionada por el
participante y reproducida por la organización. Deberá ser entregado en un
pendrive con formato Mp3, con un día de antelación en las oficinas del Área de
Festejos.
7)
Los participantes deberán estar preparados para desfilar en el evento
media hora antes del comienzo del mismo. Para acceder al recinto deberán portar
la acreditación facilitada por la organización.
8)
Queda prohibida la utilización en el festival de:
-
Cualquier tipo de elemento pirotécnico, así como llamas en antorchas,
velas, con petróleo, gas o cualquier otro tipo de combustible. La Organización
controlará el acceso de los participantes al escenario, con el fin de evitar
cualquier tipo de riesgo asociado a estos productos.
-
Confetis, serpentinas en papel o spray, o cualquier otro material que
por razones de seguridad pudieran poner en riesgo el normal desarrollo del
espectáculo
9) Sólo podrán estar
presentes en el escenario las mascotas y los acompañantes.
10)Los propietarios están
obligados a disponer de los recipientes oportunos para recoger las deposiciones
de los animales y mantener limpias las instalaciones.
11)La Consejería de
Educación, Cultura, Festejos e Igualdad de la Ciudad Autónoma de Melilla se
reserva el derecho de alterar o modificar si fuera preciso, el desarrollo,
lugar, fecha y hora del acto. Se reserva además el derecho de rechazar a
aquellos participantes cuando:
-
El comportamiento del animal a juicio de la organización afecte al
normal desarrollo del evento.
-
El disfraz de las mascotas y acompañante no
reúna las características que se consideren oportunas para mantener el nivel y
la calidad del concurso.
12)El Órgano Colegiado
competente para efectuar la propuesta de concesión de los premios estará
constituido por un Jurado integrado por la Consejera de Educación, Cultura,
Festejos e Igualdad o persona en quien delegue, que actuará como Presidente, y
por un número impar de profesionales o expertos de prestigio en la rama o
disciplina del certamen.
Actuará como Secretario del
Jurado, con voz y sin voto, el Secretario Técnico de la Consejería de
Educación, Cultura, Festejos e Igualdad, u otro funcionario habilitado para dar
fe de las actuaciones.
La designación del Jurado se
efectuará mediante Orden de la Consejera de Educación, Cultura, Festejos e
Igualdad y su composición podrá hacerse pública en el momento de la emisión del
fallo.
13)Los miembros del Jurado
valoraran en una plantilla individual la originalidad de los disfraces y la
simpatía mostrada en el desfile por los participantes. Se otorgará una
puntuación entre 1 y 10 puntos.
14)En caso de empate, el
jurado procederá a una nueva votación hasta clasificar los cinco primeros
participantes.
15)Los premios establecidos
por Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad de la Ciudad Autónoma
de Melilla, son los siguientes:
-
Primer Premio: Trofeo + Vale por valor de 300 € para productos para
mascotas.
-
Segundo Premio: Trofeo + Vale por valor de 250 € para productos para
mascotas.
-
Tercer Premio: Trofeo + Vale por valor de 200 € para productos para
mascotas.
-
Cuarto Premio: Trofeo + Vale por valor de 150 € para productos para
mascotas.
-
Quinto Premio: Trofeo + Vale por valor de 100 € para productos para
mascotas.
16)El incumplimiento de
cualquiera de los apartados de las presentes bases supondrá su exclusión en la
participación en dicho acto.
17)La Consejería de
Educación, Cultura, Festejos e Igualdad de la Ciudad Autónoma de Melilla no se
hará en ningún caso responsable de los extravíos, desperfectos o sustracciones
de cualquier tipo de material (elementos escénicos, disfraces, útiles,
herramientas y similares) que pudieran ocurrir en los recintos de Carnaval,
tanto en el escenario como en la trasera de éste, siendo por tanto de única
responsabilidad del participante la custodia en todo momento de los elementos
utilizados en su actuación, y desde el momento de llegada al recinto y hasta
que abandone el mismo.
18)Se recuerda la
obligatoriedad del uso de mascarilla que cubran nariz y boca durante la
celebración del concurso.
19)La convocatoria
del presente premio
se regirá por
las BASES REGULADORAS DE
LAS SUBVENCIONES PARA
EL DESARROLLO DE PROYECTOS DE INTERÉS GENERAL Y DE
CERTÁMENES O CONCURSOS EN EL ÁMBITO DE ACTUACIÓN DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN
U COLECTIVOS SOCIALES (BOME núm. 4460, de 14 de diciembre de 2007)
20)El hecho de participar en
el evento lleva implícita la aceptación de todos los apartados de las presentes
bases y el Fallo del Jurado.
Estando la
presente convocatoria destinada a una pluralidad indeterminada de personas que
pudieran estar interesadas en concurrir a la misma, se ordena su publicación,
en aplicación del art. 45, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento
Administrativos Común de las Administraciones Públicas.
La presente
Orden no aborta la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse
recursos de alzada en el plazo de un mes, a computar al día siguiente de su
publicación, ante el Presidente de la Ciudad Autónoma de Melilla, como Órgano
Competente para resolverlos o ante esta Consejera, que deberá elevarlo con su
informe a la Presidencia, de acuerdo con los artículos 121 y 122 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativos Común de las
Administraciones Públicas y artículo quinto del Reglamento de Organización
Administrativa de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME extraordinario nº 13 de 7
de mayo de 1999).
Melilla 7 de febrero de 2022,
El Secretario Acctal. de Educación, Cultura,
Festejos e Igualdad,
Arturo Jiménez
Cano