ARTÍCULO Nº 110
(CVE: BOME-A-2022-110)
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BOME Nº 5939 - martes, 15 de febrero de 2022 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES, SALUD PÚBLICA Y BIENESTAR ANIMAL - CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES, SALUD PÚBLICA Y BIENESTAR ANIMAL
Emplazamiento y remisión de expediente en procedimiento ordinario nº 1/2022, seguido a instancias por D. Jacob Benguigui Belilty.

ASUNTO: NOTIFICACIÓN POSIBLES INTERESADOS EN PROCEDIMIENTO ORDINARIO Nº
001/2022, INSTADO POR DON JACOB BENGUIGUI BELILTY CONTRA LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA.
El Juzgado de lo
Contencioso-administrativo nº 2 de
Melilla, Procedimiento Ordinario nº 001/2022., ha acordado lo siguiente:
Admitir a trámite el Recurso
Contencioso-Administrativo interpuesto por la representación procesal de JACOB BENGUIGUI BELILTY, contra la
resolución de fecha 16/11/2021 dictada por CIUDAD AUTONOMA DE MELILLA, CONSEJ.
POLÍTICAS SOCIALES, SALUD PUBLICA Y BIENESTAR ANIMAL, sobre DESESTIMACIÓN
RECURSO DE ALZADA interpuesto contra la Orden nº 761 de 16/10/2021.
Tener por personado y parte
a la Procuradora CONCEPCIÓN GARCIA CARRIAZO, en nombre y representación del
recurrente JACOB BENGUIGUI BELILTY, en virtud de poder general para pleitos
aportado.
Tramitar el presente recurso
por las normas del procedimiento ordinario.
Requerir a la CIUDAD
AUTONOMA DE MELILLA, CONSEJ. POLÍTICAS SOCIALES, SALUD PUBLICA Y BIENESTAR
ANIMAL para que ordene la remisión a este órgano judicial de aquel/aquellos
expediente/es administrativos a que se refiere el acto impugnado, en el plazo
improrrogable de veinte días, o bien copia autentificada del mismo, debidamente
foliado, y en su caso, con los documentos e índices correspondientes,
interesándole, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 49 de la LJCA, que la
resolución administrativa que se dicte a
tal fin se notifique, en los cinco días siguientes a su adopción, a cuantos
aparezcan como interesados en dicho, expediente, emplazándoles
para que puedan personarse
como demandados ante este órgano judicial en el plazo de nueve días. La
notificación se practicará con arreglo a lo dispuesto a la Ley que regule el
procedimiento administrativo común. Hechas las notificaciones se incorporarán
al expediente administrativo, y todo ello con el apercibimiento expreso
contenido en el art. 48.7 de la LJ, en el supuesto de que transcurra el plazo
concedido sin que haya sido remitido.
El expediente administrativo
con la implantación de la Justicia Digital deberá llegar al Órgano Judicial de
forma digitalizada a través del cargador de expedientes administrativos
(INSIDE), en el que se contendrá un índice detallado de los documentos
remitidos; en caso de no poder remitir el expediente a través del cargador,
deberá remitirse en soporte informativo.
De conformidad con lo
dispuesto en el Art. 38 de la LJCA, deberá, al remitir el expediente
administrativo, comunicar a este órgano judicial si tiene conocimiento de la
existencia de otro recursos contencioso-administrativos en los que puedan
concurrir los supuestos de acumulación
que previene el Capitulo III de la Ley Procesal.
Lo que le traslado para su
publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de conformidad con lo dispuesto
en el Art. 49 de la Ley de la Jurisdicción contencioso-Administrativa (Ley 29/98,
de 13 de julio), en relación con los Art. 40 al 43 de la Ley 39/15, se procede
a notificar a cuantos sean interesados en el procedimiento, mediante
publicación del Acuerdo en el BOME, que disponen de nueve días para personarse
en el juzgado.
Melilla 10 de febrero de 2022,
El Secretario Técnico de Políticas Sociales y Salud
Pública,
Victoriano Juan Santamaría Martínez