ARTÍCULO Nº 149 (CVE: BOME-A-2022-149) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5942 - viernes, 25 de febrero de 2022 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE TURISMO, EMPRENDIMIENTO Y ACTIVACIÓN ECONÓMICA - CONSEJERÍA DE TURISMO, EMPRENDIMIENTO Y ACTIVACIÓN ECONÓMICA
Resolución provisional de subvenciones concedidas a entidades en la convocatoria extraordinaria 2021 del régimen de ayudas a la inversión con creación de empleo en la PYMES de Melilla.
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
PROVISIONAL DEL INSTRUCTOR DE LAS SOLICITUDES PRESENTADAS AL ÚNICO PAZO DE LA
CONVOCATORIA EXTRAORDINARIA 2021 DEL RÉGIMEN DE AYUDAS A LA INVERSIÓN CON
CREACIÓN DE EMPLEO EN LAS PYMES DE MELILLA.
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN PROVISIONAL DEL INSTRUCTOR
Vistas las solicitudes
presentadas al único plazo de la convocatoria 2021, por la que se convoca la
concesión de ayudas dentro del régimen de ayudas a la inversión con creación de
empleo en las Pymes de Melilla, en concurrencia competitiva,
resultan los siguientes
ANTECEDENTES
1. Mediante Decreto de fecha
Decreto de fecha 24 de septiembre de 2015, registrado al número 70 del Libro
Oficial de resoluciones no Colegiadas de la Presidencia establece las bases
reguladoras del régimen de ayudas a la inversión con creación de empleo en las
pequeñas y medianas empresas (BOME N.º 5273 de 29/09/2015).
2.
Mediante Orden de la Consejería de Turismo, Emprendimiento y Activación
Económica, nº 2021000117 de fecha 04 de
noviembre de 2021, se convocan de forma extraordinaria subvenciones destinadas
a Pymes dentro del régimen de ayudas a la inversión con creación de empleo en
las pequeñas y medianas empresas para el año 2021, publicado el extracto en el
BOME nº 5911 de 09 de noviembre de 2021.
3.
Que dentro de la convocatoria se establece un único plazo de 10 días desde el
día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín
Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla. Este plazo va desde el 10/11/2021 al
23/11/2021.
4. Finalizado el plazo de
presentación de las solicitudes y tramitadas las subsanaciones, se dan traslado
todas las solicitudes a la Comisión de Evaluación de la Consejería de Turismo,
Emprendimiento y Activación Económica, constituida al efecto, como órgano
colegiado, en reunión de fecha 17 de febrero de 2022.
5. La Comisión de evaluación ha examinado y valorado las solicitudes
admitidas, dejando constancia de las conclusiones que provisionalmente
corresponde establecer y del resultado de la evaluación efectuada en la
correspondiente Acta de la sesión, al existir crédito suficiente.
A los anteriores hechos
resultan de aplicación los siguientes
FUNDAMENTOS
1. Que la
competencia para la realización de la Propuesta de Resolución Provisional recae
sobre el instructor, a la vista del expediente y del informe del órgano
colegiado, conforme a lo establecido en el artículo octavo de la convocatoria.
2.- Que se cumplen en el
expediente de solicitud las precauciones y trámites dispuestos en las bases
reguladoras de tales ayudas.
3. Que esta convocatoria
está financiada con cargo al Presupuesto General Consolidado de la Ciudad
Autónoma de Melilla, sus Organismos Autónomos y sus Sociedades Mercantiles para
el año 2021, en concreto con la aplicación presupuestaria 05/23012/48904 “SUBVENCIÓN PARA UN MODELO ECONÓMICO Y SOCIAL
SOSTENIBLE”,
cuantía de 1.300.000,00 euros, retención de crédito número 12021000067788 , según el Acuerdo del
Pleno de la Excma. Asamblea de Melilla adoptado en sesión ordinaria celebrada
el día 07 de septiembre de 2021. Expediente
de modificación de créditos número 28504/2021 ( BOME número 5859 de 14 de
septiembre de 2021).
4. Que
existe crédito adecuado y suficiente, para atender las obligaciones de
contenido económico que se deriven de la concesión de la presente subvención.
Por todo lo
anteriormente expuesto, este órgano instructor adopta el siguiente:
ACUERDO
1. Proponer provisionalmente
la CONCESION de la subvención solicitada a las
entidades que se relacionan a continuación, por el importe que se indican.:
AYUDA |
Nº EXP |
CIF/NIF |
NOMBRE |
ACTIVIDAD |
EMPLEO GENERADO |
AUTÓNOMO |
INVERSIÓN FIJA |
INVERSIÓN SUBVENC. |
SUBV. CAPITAL |
SUBSID. INTER. |
SUBV.
TOTAL |
MOD. PAGO |
AF21287 |
40049/2021 |
E52032463 |
GIMNASIO OLYMPIC CENTER, C.B. |
ESCUELA DE PERFECCIONAMIENTO DEPORTIVO |
1,00 |
0,00 |
100.172,33 |
96.064,33 |
26.134,15 |
0,00 |
26.134,15 |
2 |
AF21290 |
40611/2021 |
B16815409 |
MERHOLLAND, S.L. |
LAVADERO DE VEHICULOS Y EMGRASE |
1,00 |
0,00 |
105.973,00 |
98.145,00 |
24.629,00 |
0,00 |
24.629,00 |
4 |
AF21296 |
40785/2021 |
B06844245 |
FABRICA PELLET MELILLA, S.L. |
ALMACENAMIENTO, PROCESADO, CALIBRADO,ENVASADO Y DISTRIBUCION PELLET |
5,00 |
0,00 |
394.607,73 |
394.607,73 |
157.220,55 |
0,00 |
157.220,55 |
3 |
AF21299 |
40792/2021 |
B06844252 |
PROCESADO DE CREMAS MELILLA, S.L. |
ALMACENAMIENTO, PROCESADO, CALIBRADO, ENVASADO Y DISTRIBUCIÓN DE CREMAS |
5,00 |
0,00 |
281.625,32 |
281.625,32 |
120.936,36 |
0,00 |
120.936,36 |
3 |
AF21300 |
40796/2021 |
B02904779 |
SALVADOR MARTIN NAVAS E HIJOS, S.L. |
COMERCIO MENOR DE PRENDAS DE VESTIR Y ACCESORIOS |
2,00 |
0,00 |
62.399,79 |
62.399,79 |
24.727,95 |
0,00 |
24.727,95 |
4 |
AF21301 |
40798/2021 |
****9617** |
IKRAM MOHAMED HAMED |
CLINICA ODONTOLOGOGICA |
2,00 |
0,00 |
482.000,00 |
411.003,90 |
90.000,00 |
0,00 |
90.000,00 |
4 |
AF21303 |
40807/2021 |
B02759652 |
ALBERBEN CONSULTING, S.L. |
CONSULTORIA PROYECTO RECUPERACIÓN DE LA PYME |
5,00 |
0,00 |
78.109,00 |
78.109,00 |
35.149,05 |
0,00 |
35.149,05 |
2 |
AF21306 |
40894/2021 |
B67738708 |
CAFETERA ESPAÑA DOS, S.L. |
RESTAURACION-HOSTELERIA |
2,00 |
0,00 |
8.221,81 |
8.221,81 |
3.699,81 |
0,00 |
3.699,81 |
4 |
AF21310 |
40917/2021 |
B42745430 |
ESCUELA LATITUD 35, S.L. |
IMPARTICION CURSOS FORMATIVOS TITULACIONES NAUTICAS DE RECREO |
1,00 |
0,00 |
84.058,53 |
84.058,53 |
32.739,31 |
0,00 |
32.739,31 |
2 |
2. Proponer provisionalmente
por DESFAVORABLES/DESISTIDAS las solicitudes, por no cumplimiento de alguno de
los requisitos de las bases reguladoras o de la convocatoria, falta de
subsanación del requerimiento efectuado o renuncia expresa, indicándose el
motivo que lo causa, de las entidades que se relacionan a continuación:
EXPEDIENTES DESFAVORABLES Y/O DESESTIMADOS |
|||||
AYUDA |
Nº EXP |
CIF/NIF |
NOMBRE |
ACTIVIDAD |
MOTIVO |
AF21291 |
40616/2021 |
****0696** |
SULIMAN MOHAMED MOHAMED |
ACTIVIDAD SANITARIA. CLINICA DE PODOLOGIA |
RENUNCIA |
AF21292 |
40659/2021 |
B67671073 |
FUKUYAMA GRUOP, S.L. |
CLUB SOCIAL |
SE LE REQUIERE DOCUMENTACION Y NO LA APORTA, SIENDO NECESARIA PARA LA
RESOLUCION DEL EXPEDIENTE |
AF21297 |
40787/2021 |
B52042124 |
ENVASADORA PUROSOL, S.L. |
ALMACENAMIENTO, PROCESADO, CALIBRADO, ENVASADO Y DISTRIBUCIÓN DE ANACARDO |
DESFAVORABLE POR JUSTIFICACIONES PENDIENTES |
AF21304 |
40859/2021 |
B52005469 |
CARNICAS SIDI, S.L. |
CAMPRA-VENTA DE GANADO |
DESFAVORABLE POR ACTIVIDAD NO SUBVENCIONABLE |
AF21305 |
40864/2021 |
B52041852 |
CLINICA MEDICA IMBRAIN S.L.P. |
CONSULTORES MEDICOS, SANITARIOS… |
RENUNCIA |
AF21308 |
40913/2021 |
B52041274 |
CLINICAS TULASER, S.L. |
SALON E INSTITUTOS DE BELLEZA |
DESFAVORABLE POR JUSTIFICACIONES PENDIENTES |
AF21309 |
40914/2021 |
B67960823 |
SAL CANAAN SPECIALTIES (EN CONSTITUCION) |
SALINA |
SE LE REQUIERE DOCUMENTACION Y NO LA APORTA, SIENDO NECESARIA PARA LA
RESOLUCION DEL EXPEDIENTE |
AF21311 |
40921/2021 |
B67773697 |
VICCIT, S.L. |
DESARROLLO INFORMATICO |
RENUNCIA |
3. Abono de las ayudas, se
realizará conforme a lo señalado en el artículo Decimoprimero de la
Convocatoria, y se realizará entre las siguientes modalidades:
Modalidad 2
a. Pago a cuenta del 50%: El
beneficiario podrá recibir el 50% de la subvención de capital concedida una
vez que acredite, la realización y pago del 50% de la inversión subvencionable.
El beneficiario dispondrá de
dos meses desde la notificación de la resolución aprobatoria de la ayuda para
solicitar dicho pago, si no se realiza en dicho plazo se procederá al pago
según lo indicado en la modalidad 4 presente artículo.
b. El resto de la subvención una vez se acredite la
realización del proyecto de inversión en la forma prevista en las presentes
bases reguladoras y conforme a lo establecido en la resolución de concesión de
las ayudas.
Modalidad 3
Anticipo del 100%: Podrá percibir el
total de la subvención concedida, previa presentación de una garantía por el
importe total de la subvención concedida de acuerdo con lo dispuesto en el
artículo 34.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
En ningún caso podrán realizarse pagos anticipados a beneficiarios en los
supuestos previstos en el apartado 4, párrafo tercero, del artículo 34 de la
citada Ley.
Modalidad 4
Abono del 100% de la subvención
concedida una vez justificado por el beneficiario el proyecto de inversión en
la forma prevista en las bases reguladoras y conforme a lo establecido en la
resolución de concesión de las ayudas.
La garantía presentada podrá ser liberada, cuando el
beneficiario acredite haber realizado los compromisos de inversión adquiridos
conforme a lo aprobado en la resolución de concesión y lo previsto en las bases
reguladoras.
4. El beneficiario quedará
sujeto a la normativa comunitaria sobre actividades de información y publicidad
conforme al Reglamento (CE) nº1159/2000 de la Comisión de 30 de Mayo de 2000.
5. Se notifique la presente
a la entidad solicitante, indicándole que la propuesta de resolución
provisional no creará derecho alguno a favor del beneficiario, mientras no se
haya comunicado la resolución de concesión.
6. Participarle a la entidad
que tiene un plazo de 10 días naturales, a partir de la notificación de la
presente, para consultar el expediente y/o efectuar las alegaciones que estime
oportunas, a tenor de lo dispuesto en el Art. 14.5 de las bases reguladoras, o
aceptar la misma mediante modelo de aceptación que podrá descargar en el
siguiente enlace:
Nombre |
CSV
(link al documento) |
MODELO ACEPTACION PROPUESTA
PROVISIONAL |
7. La presentación de
alegaciones a esta propuesta provisional implicará la no aceptación de dicha
propuesta hasta que sean resueltas las alegaciones presentadas. En caso
contrario la presente propuesta provisional se entenderá definitiva.
Lo que le comunico para su
conocimiento y efectos oportunos.
El Director General de Economía, Emprendimiento y
Activación Económica;
José María Pérez Díaz