ARTÍCULO Nº 172 (CVE: BOME-A-2022-172) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5945 - martes, 8 de marzo de 2022 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, URBANISMO Y DEPORTE - CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, URBANISMO Y DEPORTE


Notificación a D. Kamal Mohamed Mohamed y otros, en expediente de subvenciones al alquiler joven.

BOME-P-2022-558 Descargar página

El titular de la consejería, mediante Acuerdo de fecha 01/03/2022, ha dispuesto lo siguiente: “

 

INCOACIÓN DEL EXPEDIENTE

 

En relación con los expedientes incluidos en el anexo, al amparo de lo dispuesto en la Orden del Consejero de Infraestructuras, Urbanismo y Deporte, registrada al núm. 2021000867, de fecha 15/04/2021 (BOME n.º 5853, de 20/04/2021) relativa a la prórroga para 2021 de las subvenciones al alquiler joven, y en atención a los siguientes,

 

HECHOS

 

PRIMERO.- Mediante la citada orden se reconoció la ampliación durante 2021 de las subvenciones otorgadas al amparo de la convocatoria de 2020 para el pago del alquiler de viviendas privadas para jóvenes, aprobada por orden del mismo consejero de fecha 13/10/2020 (bome nº 5800, de 16 de octubre).

SEGUNDO.- En la misma orden señalada en el encabezado, de fecha 15/04/2021, se reconocieron las subvenciones de alquiler indicadas en el anexo.

TERCERO.- Con fecha 11/01/2022 se remite por Emvismesa relación de expedientes de subvención que no han presentado los recibos justificantes en los plazos establecidos, esto es, antes del pasado día 10 de enero.

CUARTO.- Por el Director General de la Vivienda, Patrimonio y Urbanismo se ha emitido propuesta en estos mismos términos.

 

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

 

PRIMERO.- En virtud de lo dispuesto en el artículo 37.1.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se producirá la pérdida del derecho al cobro de la subvención en el caso de “incumplimiento de la obligación de justificación o la justificación insuficiente, en los términos establecidos en el artículo 30 de esta Ley, y en su caso, en las normas reguladoras de la subvención”.

SEGUNDO.- En el mismo sentido, el artículo 89.1 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el reglamento de la citada ley de subvenciones, establece que ‘se producirá la pérdida del derecho al cobro total o parcial de la subvención en el supuesto de falta de justificación o de concurrencia de algunas de las causas previstas en el artículo 37 de la Ley General de Subvenciones’.

TERCERO.- Por último, según el apartado cuarto de la orden señalada en el encabezado, de fecha 15/04/2021, transcurrido el plazo para la presentación de los recibos correspondientes a las mensualidades objeto de subvención, comenzará el procedimiento de reintegro de la subvención.

 

Por lo expuesto, esta consejería ACUERDA:

 

UNO.- Iniciar procedimiento administrativo con el fin de declarar la pérdida del derecho al cobro de las subvenciones que se indican en el anexo adjunto, sin perjuicio de los demás efectos que procedan con arreglo a la normativa aplicable.

DOS.- Conceder a los interesados, de conformidad con el artículo 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, trámite de audiencia por un plazo común de diez días, contados a partir del siguiente a la publicación de este acuerdo, para que puedan aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estimen convenientes.

TRES.- Publicar este acuerdo en el boletín oficial de la ciudad a los efectos previstos en el art. 45.1.a) de la Ley 39/2015.


BOME-P-2022-559 Descargar página

 

 

 

 

 

 

 

SUBVENCIÓN

 

 

EXP.

NOMBRE

APELLIDO (1)

APELLIDO (2)

DNI/NIE

VVDA. SUBVENCIONADA

MENSUAL

TOTAL CONCEDIDA

JUSTIFICADA

DIFERENCIA SIN JUSTIFICAR

Recibos SIN Justificar

12

KAMAL

MOHAMED

MOHAMED

4529.....

VIGO 5, P01

250,00 €

3.000,00 €

 500,00 €

2.500,00 €

10

15

PAULA

ZARCO

TOLEDO

4532.....

CAPITÁN ARENAS 13, 1º C

275,00 €

3.300,00 €

 1.650,00 €

1.650,00 €

6

26

MUSTAFA

ABDEL-LAH

AHMED

4530.....

COVADONGA 1, 1º C

275,00 €

3.300,00 €

2.475,00 €

825,00 €

3

Lo que se notifica a efectos de su publicación en el boletín de la ciudad.

 

Melilla 2 de marzo de 2022.

La Secretaria Técnica Acctal. de Infraestructuras, Urbanismo y Deportes,

Francisca Torres Belmonte