ARTÍCULO Nº 172 (CVE: BOME-A-2022-172) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5945 - martes, 8 de marzo de 2022 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, URBANISMO Y DEPORTE - CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, URBANISMO Y DEPORTE
Notificación a D. Kamal Mohamed Mohamed y otros, en expediente de subvenciones al alquiler joven.
El
titular de la consejería, mediante Acuerdo de fecha 01/03/2022, ha dispuesto lo
siguiente: “
INCOACIÓN
DEL EXPEDIENTE
En
relación con los expedientes incluidos en el anexo, al amparo de lo dispuesto
en la Orden del Consejero de Infraestructuras, Urbanismo y Deporte, registrada
al núm. 2021000867, de fecha 15/04/2021 (BOME n.º 5853, de 20/04/2021) relativa
a la prórroga para 2021 de las
subvenciones al alquiler joven, y en atención a los siguientes,
HECHOS
PRIMERO.- Mediante la
citada orden se reconoció la
ampliación durante 2021 de las
subvenciones otorgadas al amparo de la convocatoria de 2020 para el pago del
alquiler de viviendas privadas para jóvenes,
aprobada por orden del mismo consejero de fecha 13/10/2020 (bome nº 5800, de 16
de octubre).
SEGUNDO.- En la misma
orden señalada en el encabezado, de fecha 15/04/2021, se reconocieron las subvenciones de alquiler indicadas en el anexo.
TERCERO.- Con fecha
11/01/2022 se remite por Emvismesa relación de expedientes de subvención que no han presentado los recibos justificantes
en los plazos establecidos, esto es, antes del pasado día 10 de enero.
CUARTO.- Por el
Director General de la Vivienda, Patrimonio y Urbanismo se ha emitido propuesta
en estos mismos términos.
FUNDAMENTOS
JURÍDICOS
PRIMERO.- En virtud de lo
dispuesto en el artículo 37.1.c) de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones, se producirá la pérdida del derecho al cobro de la
subvención en el caso de “incumplimiento
de la obligación de justificación o la justificación insuficiente, en los
términos establecidos en el artículo 30 de esta Ley, y en su caso, en las
normas reguladoras de la subvención”.
SEGUNDO.- En el mismo
sentido, el artículo 89.1 del Real
Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el reglamento de la
citada ley de subvenciones, establece que ‘se
producirá la pérdida del derecho al cobro total o parcial de la subvención en
el supuesto de falta de justificación o de concurrencia de algunas de las
causas previstas en el artículo 37 de la Ley General de Subvenciones’.
TERCERO.- Por último,
según el apartado cuarto de la orden señalada en el encabezado, de fecha
15/04/2021, transcurrido el plazo
para la presentación de los recibos correspondientes a las mensualidades objeto
de subvención, comenzará el
procedimiento de reintegro de la subvención.
Por
lo expuesto, esta consejería ACUERDA:
UNO.- Iniciar procedimiento
administrativo con el fin de declarar la
pérdida del derecho al cobro de las subvenciones que se indican en el anexo
adjunto, sin perjuicio de los demás efectos que procedan con arreglo a la
normativa aplicable.
DOS.- Conceder a los
interesados, de conformidad con el artículo 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, trámite
de audiencia por un plazo común de diez
días, contados a partir del siguiente a la publicación de este acuerdo,
para que puedan aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estimen
convenientes.
TRES.- Publicar este
acuerdo en el boletín oficial de la ciudad a los efectos previstos en el art. 45.1.a)
de la Ley 39/2015.
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SUBVENCIÓN |
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EXP. |
NOMBRE |
APELLIDO (1) |
APELLIDO (2) |
DNI/NIE |
VVDA. SUBVENCIONADA |
MENSUAL |
TOTAL CONCEDIDA |
JUSTIFICADA |
DIFERENCIA SIN JUSTIFICAR |
Recibos SIN Justificar |
12 |
KAMAL |
MOHAMED |
MOHAMED |
4529..... |
VIGO 5, P01 |
250,00 € |
3.000,00 € |
500,00
€ |
2.500,00 € |
10 |
15 |
PAULA |
ZARCO |
TOLEDO |
4532..... |
CAPITÁN ARENAS 13, 1º C |
275,00 € |
3.300,00 € |
1.650,00 € |
1.650,00 € |
6 |
26 |
MUSTAFA |
ABDEL-LAH |
AHMED |
4530..... |
COVADONGA 1, 1º C |
275,00 € |
3.300,00 € |
2.475,00 € |
825,00 € |
3 |
“
Lo
que se notifica a efectos de su publicación en el boletín de la ciudad.
Melilla 2 de marzo de 2022.
La Secretaria Técnica Acctal. de Infraestructuras, Urbanismo y
Deportes,
Francisca Torres Belmonte