ARTÍCULO Nº 182 (CVE: BOME-A-2022-182) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5946 - viernes, 11 de marzo de 2022 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.
Orden nº 750 de fecha 4 de marzo de 2022, relativa a designación en caso de ausencia, enfermedad o impedimento a D. Juan José López Rodríguez y a D. José María Pérez Díaz.
La
titular de la Consejería de Presidencia y Administración Pública, mediante
Orden de 04/03/2022, registrada al
número 2022000750, en el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería ha
dispuesto lo siguiente:
PRIMERO.- El Punto Segundo del Decreto
del Consejo de Gobierno de fecha. 21 de febrero de 2022 de Modificación de la estructura administrativa básica
derivada de la supresión de la Consejería de Turismo, Emprendimiento y
Activación Económica, de naturaleza reglamentaria, dispone que “la “Dirección General de
Economía, Emprendimiento y Activación Económica” pasa a denominarse “Dirección
General de Presidencia, Emprendimiento y Cooperación con la Universidad ”,
continuando su titular en el ejercicio de la misma (apartado 1.1) .
Por otra parte, el Punto 1.2
señala que “la “Dirección General de Presidencia, Desarrollo Jurídico
Administrativo y Universidades” pasa a denominarse “Dirección General de
Desarrollo Autonómico y Ordenación Normativa”, continuando su titular en el
ejercicio de la misma”.
Esta modificación de la
estructura básica de la Consejería de Presidencia y Administración Pública
encuentra su fundamento en la potestad de autoorganización de sus instituciones
de autogobierno, prevista en los arts. 6 y 20 ambos del Estatuto de Autonomía,
así como en los arts. 49 y 68 ambos del Reglamento del Gobierno y de la
Administración de la Ciudad, siendo una de las exigencias del mismo, no sólo
determinar el ámbito competencial de las Consejerías, sino también “la estructura
administrativa que le corresponde a cada Consejería, al menos hasta el nivel de
Direcciones Generales”.
SEGUNDO.- Por otra parte, en cuanto a la posibilidad de
sustitución temporal de las Direcciones Generales, el artículo 13 de la Ley
40/20151 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, relativo a la
suplencia, señala que:
1. En la forma que disponga
cada Administración Pública, los titulares de los órganos administrativos
podrán ser suplidos temporalmente en los supuestos de vacante, ausencia o
enfermedad, así como en los casos en que haya sido declarada su abstención o
recusación. Si no se designa suplente, la competencia del órgano administrativo
se ejercerá por quien designe el órgano administrativo inmediato superior de
quien dependa.
2. La suplencia no implicará
alteración de la competencia y para su validez no será necesaria su
publicación.
TERCERO.- En el ámbito de la Ciudad
Autónoma de Melilla, el
art. 56 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma
de Melilla (BOME. Extraord. núm. 2 de 30 de enero de 2017), relativo
sustitución de los Directores Generales, señala que:
1.
En los casos de ausencia, enfermedad u otro impedimento temporal de los
Directores Generales, las competencias que tengan atribuidas los Directores
Generales serán asumidas por otro Director General de la misma Consejería o por
un empleado público de la misma u otra Consejería que reúna los requisitos
establecidos en el artículo 54 del presente Reglamento, previa autorización o
conformidad de los titulares de las Consejerías afectadas.
2.
Las sustituciones se realizarán mediante designación de sustituto por
Orden del Consejero a propuesta del titular de la Dirección General”.
De
acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 6997/2022, en virtud de las
competencias que tengo atribuidas, VENGO
EN DISPONER
Primero.- En cumplimiento del Punto Segundo del Decreto
del Consejo de Gobierno de fecha 21 de febrero de 2022 de Modificación de la estructura administrativa básica
derivada de la supresión de la Consejería de Turismo, Emprendimiento y
Activación Económica, la vigente “Dirección General de Presidencia,
Emprendimiento y Cooperación con la Universidad”, será desempeñada por D. JOSÉ
MARÍA PÉREZ DÍAZ, tras el cambio de denominación de la Dirección General de
Economía, Emprendimiento y Activación Económica.
La vigente“Dirección General
de Desarrollo Autonómico y Ordenación Normativa”, continuará siendo desempeñada
por D. JUAN JOSÉ LÓPEZ RODRÍGUEZ, tras el cambio de denominación de la
Dirección General de Presidencia, Desarrollo Jurídico Administrativo y
Universidades.
Segundo.- Designar como
sustituto en casos de ausencia, enfermedad o impedimento del titular de la
Dirección General de Presidencia, Emprendimiento y Cooperación con la Universidad a D. Juan José López Rodríguez.
Tercero.- Designar como sustituto en casos de ausencia,
enfermedad o impedimento del titular de la Dirección General de Desarrollo Autonómico y
Ordenación Normativa a D. José María Pérez Díaz.
Dése traslado a los
interesados y publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Melilla, para su
conocimiento y efectos.
Contra
esta ORDEN, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de
alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o
publicación de la presente.
Dicho
recurso podrá presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente
de la Ciudad Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la Resolución
recurrida, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento
del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario
número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).
El
plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses.
Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender
desestimado el recurso de alzada interpuesto.
No
obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente
bajo su responsabilidad.
Lo
que se notifica para su conocimiento y efectos oportunos.
Melilla 4 de marzo de 2022,
El Secretario Técnico de Presidencia y Administraciones
Públicas P.A.,
Juan Luis Villaseca Villanueva