ARTÍCULO Nº 285 (CVE: BOME-A-2022-285) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5952 - viernes, 1 de abril de 2022 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD
Resolución nº 424 de fecha 30 de marzo de 2022, relativa a convocatoria del Concurso Mural Infantil "Melilla En Ramadán" 2022.
La Excma. Sra.
Consejera de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad, mediante Resolución núm. 2022000424 de fecha 30 de
marzo de 2022, ha resuelto lo siguiente:
La aprobación de
las Bases que regirán la convocatoria del CONCURSO MURAL INFANTIL "MELILLA
EN RAMADÁN" 2022 por un importe de 1.500 € (MIL QUINIENTOS
EUROS) con arreglo a las siguientes:
BASES
1º.- Podrán
participar en el Concurso Centros Educativos encuadrados en la categoría de
Colegios o Institutos, pudiendo presentar varias propuestas por centro.
El lugar donde
se instale el/los mural/es presentado/s deberá ser el propio Centro Educativo.
2º.- Se establecen
tres (3) premios. Aquellas propuestas que no tengan un mínimo de calidad
artística, a criterio del Jurado, podrán ser descalificados.
3º.- Todas los centros que
concurran tendrán la obligación de mostrar sus trabajos a los ciudadanos que
así lo requieran.
4º.- Jurado. El Órgano Colegiado
competente para efectuar la propuesta de concesión de los premios estará
constituido por un Jurado integrado por la Consejera de Educación, Cultura,
Festejos e Igualdad o persona en quien delegue, que actuará como Presidente, y
por un número impar de profesionales o expertos de prestigio en la rama o
disciplina del certamen.
Actuará como Secretario del
Jurado, con voz y sin voto, el Secretario Técnico de la Consejería de
Educación, Cultura, Festejos e Igualdad, u otro funcionario habilitado para dar
fe de las actuaciones.
La designación del Jurado se
efectuará mediante Orden de la Consejera de Educación, Cultura, Festejos e
Igualdad y su composición podrá hacerse pública en el momento de la emisión del
fallo.
5º.- El fallo del Jurado será
inapelable y se hará público a través de las redes sociales de la Consejería de
Educación, Cultura, Festejos e Igualdad. El mismo, de conformidad con la Base 30ª
del apartado II de las Bases Reguladoras de las Subvenciones para el Desarrollo
de Proyectos de Interés General y de Certámenes o Concursos en el ámbito de
actuación de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes (BOME 4460 de
14/12/07), se publicará en el Boletín Oficial de Melilla.
6º.- Los premios podrán ser
declarados desiertos si no reúnen una calidad mínima según el Jurado.
7º.- El Jurado, en su labor de
selección de los premiados del presente concurso, valorará fundamentalmente los
siguientes factores:
·
Originalidad
·
Laboriosidad y materiales utilizados
·
Creatividad
·
Presentación
·
Variedad y colorido
8º.- La fecha prevista para la
visita del Jurado es la siguiente:
- Viernes 29 de abril de 2022
·
Colegios e institutos. (Turno de Mañana)
9º.- La inscripción se realizará
a través del correo electrónico concursointercultura@melilla.es, finalizando la
misma el jueves 28 de abril de 2022 a las 23:59h, indicando el Nombre del
Centro Educativo, y el número de murales que se presentan.
10º.- Los premios serán los
siguientes:
·
Primer premio de 600 €
·
Segundo premio de 500 €
·
Tercer premio de 400 €
Los premios de buena
elaboración serán elegidos por el Jurado, el cuál deberá tener un mínimo de
calidad artística. También podrá calificarse como desierto si las propuestas
presentadas no poseen una calidad mínima. Al importe de dichos premios se les
aplicará las retenciones previstas en la vigente legislación.
El abono de dichos premios
se realizará a la cuenta corriente cuya titularidad corresponda con el Centro
Educativo y previamente se requerirá el certificado de titularidad de la misma
y copia de la Tarjeta de Identificación Fiscal del Centro.
11º.- El área de Relaciones
Interculturales de la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad y
el Jurado se reservan el derecho de adoptar cualquier iniciativa que, sin estar
regulada en las presentes bases, contribuya al mayor éxito del Concurso, sin
que contra sus decisiones pueda formularse reclamación alguna.
12º.- La convocatoria
del presente concurso se regirá por las BASES REGULADORAS DE LAS SUBVENCIONES
PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DE INTERÉS GENERAL Y DE CERTÁMENES O CONCURSOS
EN EL ÁMBITO DE ACTUACIÓN DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN U COLECTIVOS SOCIALES
(BOME núm. 4460, de 14 de diciembre de 2007). La inscripción en esta edición
del concurso implica la total aceptación por sus participantes de las presentes
bases y convocatoria, así como la resolución por la organización de cualquier
problema no recogido en éstas.
Estando la
presente convocatoria destinada a una pluralidad indeterminada de personas que
pudieran estar interesadas en concurrir a la misma, se ordena su publicación,
en aplicación del art. 45, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento
Administrativos Común de las Administraciones Públicas.
La presente
Orden no aborta la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse
recursos de alzada en el plazo de un mes, a computar al día siguiente de su
publicación, ante el Presidente de la Ciudad Autónoma de Melilla, como Órgano
Competente para resolverlos o ante esta Consejera, que deberá elevarlo con su
informe a la Presidencia, de acuerdo con los artículos 121 y 122 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativos Común de las
Administraciones Públicas y artículo quinto del Reglamento de Organización
Administrativa de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME extraordinario nº 13 de 7
de mayo de 1999).
Melilla 30 de marzo de 2022,
El Secretario Técnico de Educación, Cultura,
Festejos e Igualdad,
Juan León Jaén Lara