ARTÍCULO Nº 308 (CVE: BOME-A-2022-308) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5955 - martes, 12 de abril de 2022 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.


Orden nº 1250 de fecha 4 de abril de 2022, relativa a renuncia de Dª Mimona Mohamed Haddu en el proceso para la provisión de un puesto de trabajo de gerente de instalaciones, culturales, mediante el sistema de concurso de méritos.

BOME-P-2022-1011 Descargar página

La titular de la Consejería de Presidencia y Administración Pública, mediante Orden de 04/04/2022, registrada al número 2022001250, en el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería ha dispuesto lo siguiente:

 

Visto escrito de renuncia formulado por Dª. Mimona Mohamed Haddu para participar en el proceso para la provisión de 1 puesto de trabajo de Gerente de Instalaciones Culturales, mediante el sistema de concurso de méritos (B.O.ME. 5916 de 26-11-2021), VENGO EN ORDENAR aceptar dicha renuncia, procediéndose a su exclusión de la lista de aspirantes admitidos al mencionado proceso.

 

De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 36278/2021, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER

 

Aceptar dicha renuncia, procediéndose a su exclusión de la lista de aspirantes admitidos al mencionado proceso.

 

Contra esta ORDEN, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la presente.

 

Dicho recurso podrá presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).

 

El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada interpuesto.

 

No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.

 

Lo que se notifica para su publicación.

 

 

Melilla, 6 de abril de 2022,

La Secretaria Técnica de Presidencia y Administración Pública P.A.,

La Secretaria Técnica de Economía, Empleo y Comercio,

Gema Viñas del Castillo