ARTÍCULO Nº 340
(CVE: BOME-A-2022-340)
DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5958 - viernes, 22 de abril de 2022 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD
Orden nº 110 de fecha 10 de marzo de 2022, relativa a concesión de subvención directa al CEIP Pintor Eduardo Morillas.

El Consejo de Gobierno, en sesión
ejecutiva Extraordinaria de urgencia celebrada el día 10 de marzo de 2022, adoptó,
entre otros, el siguiente acuerdo registrado al número 2022000110:
“ Aprobar Propuesta de la
Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad relativa a SUBVENCIÓN
DIRECTA AL CEIP PINTOR EDUARDO MORILLAS
PARA GASTOS DE CONSERVACIÓN, con el siguiente tenor literal:
Instruido el expediente
administrativo pertinente, de conformidad con lo el artículo 16 apartado 27 del
Vigente Reglamento de Gobierno y Administración de la Ciudad Autónoma de
Melilla ( BOME extraord. 2, del lunes 30 de enero de 2017), en virtud de las
atribuciones que tengo conferidas VENGO EN PROPONER AL CONSEJO DE GOBIERNO, la
concesión de una subvención directa al colegio CEIP PINTOR EDUARDO MORILLAS, con CIF S-5200026-B, por importe de 23.343,89 euros,
al objeto de la conservación de la totalidad de edificios que integran el
centro educativo durante el año 2022, con cargo a la aplicación
14/32306/48000, RC nº 120220000004343,
debiendo destinarse a sufragar los siguientes gastos, sin perjuicio de que
tratándose de estimaciones determinados apartados requieran una mayor
aportación que se atendería detrayendo cantidades previstas para los otros,
previa autorización de la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e
Igualdad:
Actuación |
Importe estimado / € |
Reparaciones de averías necesarias derivadas del
uso de las instalaciones del centro, en actuaciones de electricidad,
fontanería y otras labores. |
6.850,00 € |
Arreglos que se precisen en mobiliario y otros enseres. |
1.750,00 € |
Reparaciones de albañilería y pintura que dichos
edificios precisen para el optimo estado de funcionamiento tanto interiores
como exteriores de los edificios. |
6.679,91 € |
Trabajos de conservación de las zonas ajardinadas
existentes en el colegio. |
2.500 € |
Reparaciones de cerrajería que dichos edificios
precisen para el optimo estado de funcionamiento de los edificios |
650,00 € |
Suministros precisos con motivo de las actuaciones
anteriormente precitadas. |
4.913,98 € |
TOTAL |
23.343,89 € |
La subvención se abonará a tras la
adopción del presente acuerdo mediante un pago único a justificar, dispensándose de la constitución de garantía
en atención al objeto de la subvención.
Al adoptarse el acuerdo de
concesión una vez iniciada la presente anualidad, parte de las
actuaciones objeto de la subvención
han podido haber sido realizadas ya,
por lo que el pago a realizar tras el acuerdo tendrá un doble carácter,
pudiéndose considerar pago a cuenta de las actividades ya realizadas y
asimismo, prepagable, con respecto a las actividades aún por realizar en el
periodo de vigencia que resta del año.
La percepción de la subvención es
compatible con los ingresos que para el mismo objeto pueda percibir la entidad
beneficiaria, procedentes de cualesquiera personas o entidades tanto públicas
como privadas, si bien su importe no podrá superar el coste total de la
actividad subvencionada, en cuyo caso se minorará la subvención en la cantidad
correspondiente.
Se deberá aportar declaración de
otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada
con indicación de su importe y procedencia.
El beneficiario podrá subcontratar
totalmente la actividad subvencionada, en los términos y condiciones
establecidos en la Ley General de Subvenciones.
En atención a la instrucción
1/2019 de la ORIESCON en lo concerniente a la petición de tres ofertas en
contratación menor ( igual o mayor a 15.000 euros) , y tratándose del manejo
por el citado centro educativo de fondos públicos, salvo que de forma justificada
no se pueda, se formulará la petición de tres ofertas cuando se trate de
contratar por al entidad suministros o servicios externos de cualquier tipo sin
perjuicio de lo dispuesto en la normativa subvencional.

De conformidad con el artículo 18
de la Ley 38/2003 y 31 del Real Decreto
887/2006, el citado colegio dará la adecuada publicidad del carácter público de
la financiación de actuaciones de cualquier tipo que sean objeto de subvención.
La justificación se realizará
mediante rendición de cuenta justificativa que comprenderá el coste total
anual 2022 de la actividad subvencionada
y la totalidad de ingresos y los justificantes de gastos imputados a sufragar
dicha actividad.
La memoria económica justificativa
deberá aportar relación clasificada de los gastos con identificación del
acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión, y fecha de pago.
Las facturas que se aporten
deberán reunir los requisitos mínimos conforme al Real Decreto 1619/2012 que
regula las obligaciones de facturación y deberán acompañarse de las
acreditaciones de pago mediante transferencia bancaria en su caso.
De conformidad con el artículo 7
de la Ley 7/2012, de 29 de octubre, no podrán pagarse en efectivo las
operaciones en las que algunas de las partes intervinientes actúe en calidad de
empresario o profesional, con un importe igual o superior a 2.500 euros o su
contravalor en moneda extranjera.
La cuenta justificativa se
presentará en el plazo máximo de tres meses desde la conclusión de la actividad
subvencionada, ante la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad,
que una vez conformada la remitirá, si así se le requiriese, a la Intervención
General de la Ciudad para el ejercicio de la función fiscalizadora que tiene
encomendada.”
De conformidad con el artículo 123
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de 2015, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, y demás normas concordantes, contra el
presente acuerdo, que agota la vía administrativa, cabe recurso potestativo de
reposición a interponer ante el propio
Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla, en el plazo de un
mes desde su publicación, o bien
directamente recurso contencioso administrativo ante la jurisdicción
Contencioso Administrativa, en el plazo de dos meses desde la publicación.
Lo que se publica en el Boletín
Oficial de Melilla para general conocimiento.
Melilla 23 de marzo de 2022,
El Secretario Acctal. del Consejo de Gobierno,
Antonio Jesús García Alemany