ARTÍCULO Nº 357 (CVE: BOME-A-2022-357) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5958 - viernes, 22 de abril de 2022 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES, SALUD PÚBLICA Y BIENESTAR ANIMAL - CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES, SALUD PÚBLICA Y BIENESTAR ANIMAL
Rectificación de error material de anuncio publicado en el bome nº 5891 de fecha 31 de agosto de 2021, relativo a convenio de colaboración entre la Ciudad Autónoma de Melilla y la Asociación Adopciones de Melilla (ADOMEL), para el desarrollo del proyecto de divulgación y concienciación sobre la implementación de colonias felinas e intervención no agresiva para el descenso de la reproducción de gatos ferales año 2021.
RECTIFICACIÓN
DE ERROR MATERIAL RELATIVO A CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CIUDAD AUTÓNOMA
DE MELILLA Y LA ASOCIACIÓN ADOPCIONES DE MELILLA (ADOMEL), PARA DESARROLLO DEL
PROYECTO DE DIVULGACIÓN Y CONCIENCIACIÓN SOBRE LA IMPLEMENTACIÓN DE COLONIAS
FELINAS E INTERVENCIÓN NO AGRESIVA PARA EL DESCENSO DE LA REPRODUCCIÓN DE GATOS
FERALES AÑO 2021, publicado en el BOME núm. 5891 de 31 de agosto de 2021.
La
Excma. Sra. Consejera de Políticas Sociales, Salud Pública y Bienestar Animal,
mediante Orden de fecha 18 de abril de 2022, registrada con fecha 18 de abril
de 2022 al núm. 2022001221 del Libro de Resoluciones no Colegiadas de esta
Consejería, ha tenido a bien disponer lo siguiente:
“En el Boletín Oficial de Melilla nº 5891 de
31 de agosto de 2021, en el que aparece la publicación del CONVENIO DE
COLABORACIÓN ENTRE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA ASOCIACIÓN ADOPCIONES DE
MELILLA (ADOMEL), PARA DESARROLLO DEL PROYECTO DE DIVULGACIÓN Y CONCIENCIACIÓN
SOBRE LA IMPLEMENTACIÓN DE COLONIAS FELINAS E INTERVENCIÓN NO AGRESIVA PARA EL
DESCENSO DE LA REPRODUCCIÓN DE GATOS FERALES AÑO 2021, se detecta el siguiente
error material:
Donde
dice:
TERCERA. SUBCONTRATACIÓN
Atendiendo al art. 29.2 de la Ley 38/2003, de
17 de noviembre, General de Subvenciones, por la naturaleza de las actividades,
la Ciudad de Melilla, podrá llevar a cabo la subcontratación parcial (hasta el
20%) de las actividades subvencionadas”,
debe
decir:
TERCERA. SUBCONTRATACIÓN
Atendiendo al art. 29.2 de la Ley 38/2003, de
17 de noviembre, General de Subvenciones, por la naturaleza de las actividades,
la Ciudad de Melilla, podrá llevar a cabo la subcontratación total (hasta el
100%) de las actividades subvencionadas”.
El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
públicas, que establece que las Administraciones Públicas podrán, asimismo,
rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados,
los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.
De acuerdo con lo anterior, y visto el
expediente 18434/2021, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER
La publicación en el Boletín Oficial de la
Ciudad Autónoma de Melilla de la rectificación del error material observado.”
Melilla 18 de abril de 2022,
El Secretario Técnico de Políticas Sociales y Salud Pública,
Victoriano Juan Santamaría Martínez