ARTÍCULO Nº 374 (CVE: BOME-A-2022-374) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5959 - martes, 26 de abril de 2022 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES, SALUD PÚBLICA Y BIENESTAR ANIMAL - CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES, SALUD PÚBLICA Y BIENESTAR ANIMAL
Rectificación de error material de anuncio publicado en el bome nº 5946 de fecha 11 de marzo de 2022, relativo a convenio de colaboración entre la Consejería de Políticas Sociales, Salud Pública y Bienestar Animal de la Ciudad Autónoma de Melilla y la Asociación Tutelar y Acción Social de Melilla (CAPACES MELILLA) para el desarrollo del proyecto de "tutela y acción social para personas adultas en la Ciudad Autónoma de Melilla".
RECTIFICACIÓN DE ERROR MATERIAL RELATIVO A CONVENIO DE COLABORACIÓN
ENTRE LA CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES, SALUD PÚBLICA Y BIENESTAR ANIMAL DE
LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA ASOCIACIÓN TUTELAR Y ACCIÓN SOCIAL DE
MELILLA (CAPACES MELILLA) PARA EL DESARROLLO DEL PROYECTO DE “TUTELA Y ACCIÓN
SOCIAL PARA PERSONAS ADULTAS EN LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA”, publicado en el
BOME núm. 5946 de 11 de marzo de 2022.
La Excma. Sra. Consejera de Políticas Sociales, Salud Pública y
Bienestar Animal, mediante Orden de fecha 18 de abril de 2022, registrada con
fecha 18 de abril de 2022 al núm. 2022001220 del Libro de Resoluciones no
Colegiadas de esta Consejería, ha tenido a bien disponer lo siguiente:
“En el Boletín Oficial de Melilla nº 5946 de
11 de marzo de 2022, en el que aparece la publicación del CONVENIO DE COLABORACIÓN
ENTRE LA CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES, SALUD PÚBLICA Y BIENESTAR ANIMAL DE
LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA ASOCIACIÓN TUTELAR Y ACCIÓN SOCIAL DE MELILLA
(CAPACES MELILLA) PARA EL DESARROLLO DEL PROYECTO DE “TUTELA Y ACCIÓN SOCIAL
PARA PERSONAS ADULTAS EN LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA”, se detecta el
siguiente error material:
Donde dice:
“TERCERA. SUBCONTRATACION
Atendiendo al art. 29.2 de la Ley 38/2003, de
17 de noviembre, General de Subvenciones, por la naturaleza de las actividades,
la Ciudad de Melilla, podrá llevar a cabo la subcontratación total de las
actividades subvencionadas.”
Debe decir:
“TERCERA. SUBCONTRATACION
Atendiendo al art. 29.2 de la Ley 38/2003, de
17 de noviembre, General de Subvenciones, por la naturaleza de las actividades,
la entidad beneficiaria podrá llevar a cabo la subcontratación total (hasta el
100%) de las actividades subvencionadas.”
El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
públicas, que establece que las Administraciones Públicas podrán, asimismo,
rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados,
los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.
De acuerdo con lo anterior, y visto el
expediente 40083/2021, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER:
La publicación en el Boletín Oficial de
Melilla de la rectificación del error material observado.”
Melilla
20 de abril de 2022,
El Secretario
Técnico de Políticas Sociales y Salud Pública,
Victoriano
Juan Santamaría Martínez