ARTÍCULO Nº 424 (CVE: BOME-A-2022-424) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5963 - martes, 10 de mayo de 2022 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, URBANISMO Y DEPORTE - CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, URBANISMO Y DEPORTE


Orden nº 947 de fecha 5 de mayo de 2022, por la que se declara la perdida de derecho al cobro de las subvenciones que se indican en el anexo en la convocatoria del procedimiento de concesión de subvenciones para el pago del alquiler de viviendas privadas.

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El titular de la Consejería, mediante Orden de 05/05/2022, registrada al número 2022000947, en el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería ha dispuesto lo siguiente:

 

ORDEN DEL CONSEJERO

 

En relación con los expedientes incluidos en el anexo, al amparo de lo dispuesto en la convocatoria del procedimiento de concesión de subvenciones para el pago del alquiler de viviendas privadas, aprobada mediante Orden del Consejero de Infraestructuras, Urbanismo y Deporte de fecha 26/04/2021, registrada al número 2021000953 (BOME n.º 5856, de 30 de abril), y en atención a los siguientes,

 

HECHOS

 

PRIMERO.- Mediante la citada orden se convocaron las subvenciones para el pago del alquiler de viviendas privadas correspondientes al segundo semestre de 2020 y primer semestre de 2021, con arreglo a lo dispuesto en el art. 8.m del Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla.

SEGUNDO.- Por Orden del Consejero de Infraestructuras, Urbanismo y Deporte de 11/10/2021, registrada al número 2021002346 (BOME nº 5904, de 15 de octubre), se reconocieron las subvenciones de alquiler indicadas en el anexo.

TERCERO.- Con fecha 20/01/2022 se remite por Emvismesa relación de expedientes de subvención que no han presentado los recibos justificantes en los plazos establecidos, esto es, antes del pasado día 27 de enero.

CUARTO.- Con fecha 8 de marzo se publicaba en el boletín oficial de esta ciudad acuerdo de inicio para la declaración de la pérdida del derecho respecto de los expedientes que ahí se indicaban y se otorgaba, al mismo tiempo, trámite de audiencia por un plazo de diez días a los interesados.

QUINTO.- Con fecha 6/4/2022 se notifica nuevo de trámite de audiencia a la Sra. Casaña Camacho al amparo del art. 88 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas en el que se le ponen de manifiesto cuestiones conexas no planteadas durante la sustanciación de su expediente.

SEXTO.- Agotados los plazos conferidos, no consta que se hayan presentado alegaciones en ninguno de los expedientes afectados por la presente orden.

 

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

 

PRIMERO. - En virtud de lo dispuesto en el artículo 37.1.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se producirá la pérdida del derecho al cobro de la subvención en el caso de “incumplimiento de la obligación de justificación o la justificación insuficiente, en los términos establecidos en el artículo 30 de esta Ley, y en su caso, en las normas reguladoras de la subvención”.

SEGUNDO.– En el mismo sentido, el artículo 89.1 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el reglamento de la citada ley de subvenciones, establece que ‘se producirá la pérdida del derecho al cobro total o parcial de la subvención en el supuesto de falta de justificación o de concurrencia de algunas de las causas previstas en el artículo 37 de la Ley General de Subvenciones’.

TERCERO.– Por último, según el criterio decimoquinto, apartado 4, de la convocatoria, transcurrido el plazo para la presentación de los recibos correspondientes a las mensualidades objeto de subvención, comenzará el procedimiento de reintegro de la subvención.

CUARTO.- En relación con lo dispuesto en esta orden, el Sr. Consejero de Infraestructuras, Urbanismo y Deporte es competente por razón de la materia en virtud del art. 33 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de esta ciudad y del Decreto de distribución de competencias entre consejerías aprobado por acuerdo de Consejo de Gobierno de fecha 19 de diciembre de 2019 (Bome del mismo día).

 

De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 6313/2022, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER

 

UNO.- Declarar la pérdida del derecho al cobro de las subvenciones que se indican en el anexo adjunto y demás efectos que procedan con arreglo a la normativa aplicable.

DOS.- Publicar esta orden en el boletín oficial de la ciudad a los efectos previstos en el art. 45.1.a) de la Ley 39/2015.

 

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Contra esta Orden, que agota la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo hubiese dictado, o bien, directamente recurso de contencioso-administrativo ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la presente, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015 y el artículo 93 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017). No se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto en su caso. El plazo máximo para dictar y notificar la resolución del recurso potestativo será de un mes. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado. No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.

 

Lo que se notifica para su conocimiento y efectos oportunos.

 

Melilla 7 de mayo de 2022,

La Secretaria Técnica Acctal. de Infraestructuras, Urbanismo y Deportes,

Francisca Torres Belmonte

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ANEXO

 

 

 

 

 

 

 

SUBVENCIÓN

 

 

EXP

NOMBRE

APELLIDO (1)

APELLIDO (2)

DNI/NIE

VVDA. SUBVENCIONADA

MENSUAL

TOTAL CONCEDIDA

JUSTIFICADA

DIFERENCIA SIN JUSTIFICAR

Recibos SIN

Justificar

7

MARINA

CRESPO

GUIRADO

4531*****

ARAGÓN Nº 33. entreplanta B

200

2400

6

1200

6

69

SONIA

CARREÑO

AHMED

4530*****

BILBAO Nº 12  2º

225

2700

10

450

2

72

SONIA

CRESPO

GUIRADO

4531*****

PEDRO MADRIGAL, FALANGISTA Nº

300

3600

6

1800

6

74

JORGE

AMARUCH

BEN ABDEL-

LAH

4526*****

MARISCAL SCHERLOCK Nº 19 BAJO

275

2200

0

2200

8

78

MOUSSA

BENTALEB

 

X237*****

MATÍAS MONTERO Nº 7 3º

250

3000

11

250

1

102

LOUIZA

MOHAMED

BUZZIAN

*****913G

VILLA GLORIA Nº 7 DCH

213.01

2556.12

0

2556.12

12

112

OMAR

EL AMRAOUI

EL AMRAOUI

*****001B

HONDURAS Nº8

48.61

583.32

0

583.32

12

114

SALUA

AHMED

MIMUN

*****651W

ALVARO DE BAZÁN Nº28 bajo-izda.

156.32

1719.52

10

156.32

1

118

HIKMAT

EL BOUKHARI

HOUMMANI

*****465W

ALMERÍA Nº 5  1º

46.27

555.24

0

555.24

12

136

Mª NATIVIDAD

RAMOS

ESTEBAN

*****908N

SARGENTO ARBUCIAS Nº 60

300

1800

3

900

3

145

ANISA

TOUHAMI

MIMUN

*****169L

CABRERIZAS Nº 88 2º

200

1200

5

200

1

 205

SAMIR

EL GHADEF

MOHAMED

*****991P

GRUPOS GOMEZ JORDANA Nº3

175.58

2106.96

10

351.16

2

236

LAURA

MUÑOZ

SIMÓN

*****344F

ANTONIO SAN JOSÉ Nº 2  4 entreplanta

150

1800

6

900

6

278

IMANE

BELHARCH

 

X598*****

DE LA DEMOCRACIA Nº 15  1ºIZQ

300

3600

11

300

1

287

EKRAM

EL OUZMAN

EL BAY

4532*****

CONSTITUCIÓN Nº 25 ESC 1   3ºA

300

3600

11

300

1

290

OUAHID

CHIKRI

BOUFDAN

4535*****

TOLEDO Nº 15

300

3600

9

900

3

291

TOURIA

GUENDOUZI

ABCHIR

*****913B

ALICANTE Nº 80 BAJO I

182.10

2185.20

10

364.20

2

311

ABDEKWAFI

HANTIT

 

*****298M

JULIO RUIZ DE ALDA Nº 24

300

2100

6

300

1

340

HASSAN

DOUAY

EL OUTMANI

4517*****

GENERAL LAZAGA Nº 24  1º DCH

300

2100

0

2100

7

351

SALOUA

EZZAYDI

 

Y062*****

PRADILLA Nº 30  2º

300

3600

10

600

2

362

SARA

CASAÑA

CAMACHO

*****455K

F. FRANCISCO SOPESÉN Nº 51 1ºB

300

3600

11

300

1

367

NADIA

ESSOUSSI

 

*****176I

CONSTANCIA Nº 9  2º

300

3600

9

900

3

387

ABDELOUAHID

BOUBDELLATI

 

*****724B

PUERTO RICO Nº 14

275

3300

5

1925

7

415

SAID

UARDA

 

*****172W

CATALUÑA Nº 6  2ºD

81.70

980.4

0

980.4

12

424

HIND

EL KHAMUCHI

 

*****839N

GENERAL PINTOS Nº 30  2º IZQ

300

3000

9

300

1

425

RACHID

BOUHNOUF

BERRAHMA

*****665H

INFANTA ELENA DE ESPAÑA Nº 2

225

2700

3

2025

9