ARTÍCULO Nº 451 (CVE: BOME-A-2022-451) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5966 - viernes, 20 de mayo de 2022 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.
Orden nº 1649 de fecha 13 de mayo de 2022, relativa abstención de Dª. Francisca Torres Belmonte como secretaria suplente y D. José M. Ferrer Martín como vocal suplente, en el tribunal calificador para la provisión en propiedad de diez plazas de auxiliar administrativo, por el sistema de oposición libre.
La titular de la Consejería de Presidencia y
Administración Pública, mediante Orden de 13/05/2022, registrada al
número 2022001649, en el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería ha
dispuesto lo siguiente:
Visto el escrito de abstención formulado por Dª.
Francisca Torres Belmonte y D. José M. Ferrer Martín, designados por Orden nº
1547 de 29 de abril 2022, Secretaria Suplente y Vocal Suplente,
respectivamente, en el Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para la
provisión en propiedad de diez plazas de Auxiliar Administrativo, por el
sistema de oposición libre, y considerando que concurren causas justificadas
para la abstención, según lo previsto en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente
19418/2020, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER
1º.- Aceptar la abstención de Dª. Francisca Torres
Belmonte y D. José M. Ferrer Martín.
2º.- El nombramiento como Secretario Suplente de D.
Juan L. Villaseca Villanueva .
3º.- El nombramiento como Vocal Suplente de D. José L.
Gámez Gómez.
Contra esta ORDEN, que no agota la vía administrativa,
podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día
siguiente al de la notificación o publicación de la presente.
Dicho recurso podrá presentarse ante esta Consejería o
ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior jerárquico
del que dictó la Resolución recurrida, de conformidad con lo establecido en el
artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad
Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y
121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de
octubre de 2015).
El plazo máximo para dictar y notificar la resolución
será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se
podrá entender desestimado el recurso de alzada interpuesto.
No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si
así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.
Lo que se notifica para su publicación.
Melilla
16 de mayo de 2022,
P.A. La
Secretaria Técnica Acctal. de Infraestructuras, Urbanismo y Deportes,
Francisca
Torres Belmonte