ARTÍCULO Nº 479 (CVE: BOME-A-2022-479) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5968 - viernes, 27 de mayo de 2022 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE HACIENDA, EMPLEO Y COMERCIO - CONSEJERÍA DE HACIENDA, EMPLEO Y COMERCIO


Resolución nº 1863 de fecha 25 de mayo de 2022, relativa aprobación provisional de la tasa por distribución y depuración de agua correspondiente al cuarto trimestre de 2021.

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En función de lo establecido en la Ordenanza Fiscal General de la Ciudad Autónoma de Melilla dada cuenta de la necesidad de aprobar el padrón correspondiente a la TASA POR DISTRIBUCIÓN Y DEPURACIÓN DE AGUA CORRESPONDIENTE AL CUARTO TRIMESTRE DE 2021 y en cumplimiento con lo establecido en Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLRHL) y en concordancia con los artículos 62.3 y 102.3 de la Ley 58/2003, General Tributaria (LGT), y 24 del Real Decreto 939/2005, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación (RGR),

 

De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 15021/2022, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER

 

Primero. – Aprobar provisionalmente el Padrón correspondiente a la TASA POR DISTRIBUCION Y DEPURACION DE AGUA CORRESPONDIENTE AL CUARTO TRIMESTRE DE 2021, por importe de UN MILLÓN CUATROCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL CIENTO CINCUENTA EUROS CON VEINTICINCO CÉNTIMOS. (1.496.150,25 €).

Segundo. — Aprobar los períodos de pago en período voluntario de las deudas de vencimiento periódico y notificación colectiva correspondiente a la Tasa por Distribución y Depuración de Agua correspondiente al cuarto trimestre del ejercicio 2021, establecido en el Calendario Fiscal aprobado con fecha 9 de noviembre de 2021 BOME 5911, que nos dice que se iniciará en periodo de cobro en periodo voluntario de pago con fecha 20 de junio de 2021 y finalizará el 16 de septiembre de 2021.

Tercero. — Aprobar la exposición pública correspondiente a la Tasa por Distribución y Depuración de Agua correspondiente al cuarto trimestre del ejercicio 2021.

 

El padrón correspondiente estará expuesto al público, en las dependencias municipales sito en Melilla Avenida Duquesa de la Victoria 21 Bajo 52004, por un período de quince días a partir de la fecha de publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA CIUDAD AUTONOMA DE MELILLA, mediante atención personalizada, debiendo los interesados acreditar tal condición, a efectos de facilitarles el acceso a la información tributaria correspondiente, en función de lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

 

La información relativa a los datos de los padrones o matrículas, en aplicación del deber de confidencialidad de la información tributaria, solamente se facilitarán al obligado tributario o su representante.

 

Para la consulta de los datos del padrón o matrícula se utilizarán medios informáticos siempre que las disponibilidades técnicas lo permitan. El acceso a dicha información se realizará de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

 

Contra los actos de aprobación de los padrones fiscales o matrículas y las liquidaciones tributarias que los mismos contienen, los interesados podrán interponer recurso de reposición, previo al recurso ContenciosoAdministrativo, ante el titular de la Consejería de Hacienda, Empleo y Comercio de la Ciudad Autónoma de Melilla, en el plazo de un mes contados desde el día siguiente al de finalización del período de exposición pública de los mismos, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.4 del TRLRHL, o cualquier otro que convenga a sus intereses.

 

Cuarto. — Aprobar el anuncio de cobranza.

El cobro de los tributos de carácter periódico por recibo se ajustará a los siguientes criterios:

 

A)      Plazos de ingreso: los plazos de ingreso en período voluntario serán los establecidos en el calendario fiscal aprobado con fecha 9 de noviembre de 2021 en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla 5911.

B)            Modalidades de cobro: la recaudación de los tributos municipales y demás ingresos derecho público que se gestionen mediante padrones fiscales o matrículas se realizará:

 

-   A través de las entidades bancarias colaboradoras en la recaudación.

-   Red de Cajeros del sistema automatizado de pago de la Ciudad Autónoma de Melilla situados en diversas dependencias de esta Administración.

-        En la Carpeta del Ciudadano de la Ciudad Autónoma de Melilla (www.melilla.es)

-        Mediante transferencia bancaria al número de cuenta ES45-0182-42208402-0000-7001, indicando NIF y Referencia/Número Recibo.

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C) Medios de pago:

 

       La domiciliación bancaria.

       En efectivo, mediante dinero de curso legal.

              Tarjeta de crédito o débito.

 

1.             El pago mediante domiciliación bancaria: la domiciliación bancaria para el pago de los recibos de padrón o matrícula podrá realizarse, hasta veinte días antes del cargo en cuenta, por cualquiera de los siguientes medios:

 

— Por escrito y presentado por Registro de Entrada.

— En la Carpeta del Ciudadano de la Ciudad Autónoma de Melilla (www.melilla.es).

 

2.             El pago mediante tarjeta de crédito o débito:

 

  En cajeros bancarios: serán a cargo del obligado al pago las comisiones o gastos que se produzcan como consecuencia de descuentos en la utilización de tales tarjetas.

  A través de las plataformas de pago disponibles en la web municipal en la dirección www.melilla.es sin cargo para el obligado al pago por las comisiones o gastos que se produzcan como consecuencia de descuentos en la utilización de tales tarjetas.

 

D) Los lugares, días y horas de ingreso:

 

1.     En las oficinas de las entidades bancarias colaboradoras en la recaudación, los días que sean laborables para estas durante el horario comercial habitual.

2.     En los cajeros de las entidades colaboradoras, cualquier día y hora, no obstante, el último día de pago, no se garantiza la disponibilidad de los sistemas tecnológicos correspondientes después de las quince horas, pudiendo incurrir el pago en extemporaneidad y sufrir el recargo ejecutivo del 5 por 100. Entidades colaboradoras en la recaudación: Unicaja, BBVA, La Caixa, Banco Santander, Banco Sabadell y Cajamar.

3.             En la web municipal www.melilla.es. En la web municipal, a cualquier día y hora; no obstante, el último día de pago no se garantiza la disponibilidad de los sistemas tecnológicos correspondientes después de las catorce horas, pudiendo incurrir el pago en extemporaneidad y sufrir el recargo ejecutivo del 5 por 100.

 

Pagos fuera de plazo: de acuerdo con lo establecido en el artículo 24.2.b) del RGR, se advierte que, transcurrido el plazo voluntario de ingreso sin haber realizado este, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio, devengándose los correspondientes recargos del período ejecutivo a que se refiere el artículo 28 de la LGT, los intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan.

 

Este anuncio tiene el carácter de notificación colectiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 102 de la LGT, y el artículo 24 del RGR.

 

Melilla 25 de mayo de 2022,

El Secretario Técnico de Hacienda, Empleo y Comercio,

Sergio Conesa Mínguez