ARTÍCULO Nº 479 (CVE: BOME-A-2022-479) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5968 - viernes, 27 de mayo de 2022 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE HACIENDA, EMPLEO Y COMERCIO - CONSEJERÍA DE HACIENDA, EMPLEO Y COMERCIO
Resolución nº 1863 de fecha 25 de mayo de 2022, relativa aprobación provisional de la tasa por distribución y depuración de agua correspondiente al cuarto trimestre de 2021.
En función de lo
establecido en la Ordenanza Fiscal General de la Ciudad Autónoma de Melilla dada cuenta de la necesidad
de aprobar el padrón correspondiente a la TASA POR DISTRIBUCIÓN Y DEPURACIÓN DE AGUA
CORRESPONDIENTE AL CUARTO TRIMESTRE DE 2021 y en cumplimiento con lo establecido en Real
Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que aprueba el texto
refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLRHL) y en
concordancia con los artículos 62.3 y 102.3 de la Ley 58/2003, General Tributaria
(LGT), y 24 del Real Decreto 939/2005, por el que se aprueba el Reglamento
General de Recaudación (RGR),
De acuerdo con
lo anterior, y visto el expediente 15021/2022, en virtud de las competencias
que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER
Primero. – Aprobar provisionalmente el Padrón
correspondiente a la TASA POR DISTRIBUCION Y DEPURACION DE AGUA CORRESPONDIENTE AL CUARTO
TRIMESTRE DE 2021, por importe de UN MILLÓN
CUATROCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL CIENTO CINCUENTA EUROS CON VEINTICINCO
CÉNTIMOS. (1.496.150,25 €).
Segundo. — Aprobar los períodos de
pago en período voluntario de las deudas de vencimiento periódico y
notificación colectiva correspondiente a la Tasa por Distribución y Depuración
de Agua correspondiente al cuarto trimestre del ejercicio 2021, establecido en
el Calendario Fiscal aprobado con fecha 9 de noviembre de 2021 BOME 5911, que
nos dice que se iniciará en periodo de cobro en periodo voluntario de pago con
fecha 20 de junio de 2021 y finalizará el 16 de septiembre de 2021.
Tercero. — Aprobar la exposición
pública correspondiente a la Tasa por Distribución y Depuración de Agua
correspondiente al cuarto trimestre del ejercicio 2021.
El padrón
correspondiente estará expuesto al público, en las dependencias municipales
sito en Melilla Avenida Duquesa de la Victoria 21 Bajo 52004, por un período de
quince días a partir de la fecha de publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
CIUDAD AUTONOMA DE MELILLA, mediante atención personalizada, debiendo los
interesados acreditar tal condición, a efectos de facilitarles el acceso a la
información tributaria correspondiente, en función de lo dispuesto en la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y
garantía de los derechos digitales.
La información relativa a
los datos de los padrones o matrículas, en aplicación del deber de
confidencialidad de la información tributaria, solamente se facilitarán al
obligado tributario o su representante.
Para la consulta de los
datos del padrón o matrícula se utilizarán medios informáticos siempre que las
disponibilidades técnicas lo permitan. El acceso a dicha información se
realizará de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de
diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
Contra los actos de
aprobación de los padrones fiscales o matrículas y las liquidaciones
tributarias que los mismos contienen, los interesados podrán interponer recurso
de reposición, previo al recurso ContenciosoAdministrativo, ante el titular de
la Consejería de Hacienda, Empleo y Comercio de la Ciudad Autónoma de Melilla,
en el plazo de un mes contados desde el día siguiente al de finalización del
período de exposición pública de los mismos, todo ello de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 14.4 del TRLRHL, o cualquier otro que convenga a sus
intereses.
Cuarto. — Aprobar el anuncio de
cobranza.
El cobro de los tributos de
carácter periódico por recibo se ajustará a los siguientes criterios:
A)
Plazos de ingreso: los plazos de ingreso en período voluntario serán los
establecidos en el calendario fiscal aprobado con fecha 9 de noviembre de 2021
en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla 5911.
B)
Modalidades de cobro: la recaudación de los tributos municipales y demás
ingresos derecho público que se gestionen mediante padrones fiscales o
matrículas se realizará:
-
A través de las entidades bancarias colaboradoras en la recaudación.
-
Red de Cajeros del sistema automatizado de pago de la Ciudad Autónoma de
Melilla situados en diversas dependencias de esta Administración.
-
En la Carpeta del Ciudadano de la Ciudad Autónoma de Melilla (www.melilla.es)
-
Mediante transferencia bancaria al número de cuenta
ES45-0182-42208402-0000-7001, indicando NIF y Referencia/Número Recibo.
C) Medios de pago:
•
La domiciliación bancaria.
•
En efectivo, mediante dinero de curso legal.
•
Tarjeta de crédito o débito.
1.
El pago mediante domiciliación bancaria: la domiciliación bancaria para
el pago de los recibos de padrón o matrícula podrá realizarse, hasta veinte
días antes del cargo en cuenta, por cualquiera de los siguientes medios:
— Por escrito y presentado
por Registro de Entrada.
— En la Carpeta del
Ciudadano de la Ciudad Autónoma de Melilla (www.melilla.es).
2.
El pago mediante tarjeta de crédito o débito:
— En cajeros bancarios: serán a cargo del
obligado al pago las comisiones o gastos que se produzcan como consecuencia de
descuentos en la utilización de tales tarjetas.
— A través de las plataformas de pago
disponibles en la web municipal en la dirección www.melilla.es sin cargo para el obligado
al pago por las comisiones o gastos que se produzcan como consecuencia de
descuentos en la utilización de tales tarjetas.
D) Los lugares, días y horas
de ingreso:
1.
En las oficinas de las entidades bancarias colaboradoras en la recaudación,
los días que sean laborables para estas durante el horario comercial habitual.
2.
En los cajeros de las entidades colaboradoras, cualquier día y hora, no
obstante, el último día de pago, no se garantiza la disponibilidad de los
sistemas tecnológicos correspondientes después de las quince horas, pudiendo
incurrir el pago en extemporaneidad y sufrir el recargo ejecutivo del 5 por
100. Entidades colaboradoras en la recaudación: Unicaja, BBVA, La Caixa, Banco
Santander, Banco Sabadell y Cajamar.
3.
En la web municipal www.melilla.es. En la web municipal, a
cualquier día y hora; no obstante, el último día de pago no se garantiza la
disponibilidad de los sistemas tecnológicos correspondientes después de las
catorce horas, pudiendo incurrir el pago en extemporaneidad y sufrir el recargo
ejecutivo del 5 por 100.
Pagos fuera de plazo: de
acuerdo con lo establecido en el artículo 24.2.b) del RGR, se advierte que,
transcurrido el plazo voluntario de ingreso sin haber realizado este, las
deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio, devengándose los
correspondientes recargos del período ejecutivo a que se refiere el artículo 28
de la LGT, los intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan.
Este anuncio tiene el
carácter de notificación colectiva, de conformidad con lo previsto en el
artículo 102 de la LGT, y el artículo 24 del RGR.
Melilla 25 de mayo de 2022,
El Secretario Técnico de Hacienda, Empleo y
Comercio,
Sergio Conesa Mínguez