ARTÍCULO Nº 555 (CVE: BOME-A-2022-555) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5974 - viernes, 17 de junio de 2022 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.
Orden nº1908 de fecha 13 de junio de 2022 relativa a la inclusión de D. Mohamed Dris Abdelkader en el listado definitivo de aspirantes admitidos en el proceso selectivo para la provisión en propiedad de 10 plazas de auxiliar administrativo.
La titular de la Consejería de Presidencia y
Administración Pública, mediante Orden de 13/06/2022, registrada al
número 2022001908, en el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería ha dispuesto
lo siguiente:
En virtud de la estimación del recurso de alzada
interpuesto por D. Mohamed Dris Abdelkader, en el que solicita su admisión como
aspirante en el proceso selectivo para la provisión en propiedad de 10 plazas
de Auxiliar Administrativo (BOME nº 5790, de 11 de septiembre de 2020),
De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente
19418/2020, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER
La inclusión en el listado definitivo de aspirantes
admitidos en el proceso selectivo mencionado anteriormente de D. Mohamed Dris
Abdelkader.
Contra esta ORDEN, que no agota la vía administrativa,
podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día
siguiente al de la notificación o publicación de la presente.
Dicho recurso podrá presentarse ante esta Consejería o
ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior jerárquico
del que dictó la Resolución recurrida, de conformidad con lo establecido en el
artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad
Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y
121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de
octubre de 2015).
El plazo máximo para dictar y notificar la resolución
será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se
podrá entender desestimado el recurso de alzada interpuesto.
No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si
así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.
Lo que se traslada para su publicación.
Melilla
14 de junio de 2022,
La
Secretaria Técnica de Presidencia y Administración Pública P.A.,
Francisca
Torres Belmonte