ARTÍCULO Nº 555 (CVE: BOME-A-2022-555) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5974 - viernes, 17 de junio de 2022 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.


Orden nº1908 de fecha 13 de junio de 2022 relativa a la inclusión de D. Mohamed Dris Abdelkader en el listado definitivo de aspirantes admitidos en el proceso selectivo para la provisión en propiedad de 10 plazas de auxiliar administrativo.

BOME-P-2022-1975 Descargar página

 

La titular de la Consejería de Presidencia y Administración Pública, mediante Orden de 13/06/2022, registrada al número 2022001908, en el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería ha dispuesto lo siguiente:

 

En virtud de la estimación del recurso de alzada interpuesto por D. Mohamed Dris Abdelkader, en el que solicita su admisión como aspirante en el proceso selectivo para la provisión en propiedad de 10 plazas de Auxiliar Administrativo (BOME nº 5790, de 11 de septiembre de 2020), 

 

De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 19418/2020, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER

 

La inclusión en el listado definitivo de aspirantes admitidos en el proceso selectivo mencionado anteriormente de D. Mohamed Dris Abdelkader.

 

Contra esta ORDEN, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la presente.

 

Dicho recurso podrá presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).

 

El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada interpuesto.

 

No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.

 

Lo que se traslada para su publicación.

 

Melilla 14 de junio de 2022,

La Secretaria Técnica de Presidencia y Administración Pública P.A.,

Francisca Torres Belmonte