ARTÍCULO Nº 598 (CVE: BOME-A-2022-598) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5977 - martes, 28 de junio de 2022 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DEL MENOR Y LA FAMILIA - CONSEJERÍA DEL MENOR Y LA FAMILIA


Resolución de fecha 21 de junio de 2022, relativa a convocatoria para la concesión mediante procedimiento de concurrencia competitiva de subvenciones destinadas a jóvenes extutelados por la Ciudad Autónoma de Melilla.

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Consejería: CONSEJERÍA DEL MENOR Y LA FAMILIA

 

Datos de Aprobación:

 

Órgano: CONSEJERA DEL MENOR Y LA FAMILIA

Número: ORDEN Nº 2022001556

Fecha: 23 de mayo de 2022.

Registro en la BDNS: 628763

 

De conformidad con el apartado 6 de la CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN MEDIANTE PROCEDIMIENTO DE CONCURRENCIA COMPETITIVA DE SUBVENCIONES PARA  PROGRAMAS DE PREPARACIÓN PARA LA VIDA ADULTA DE MENORES TUTELADAS DE EDADES COMPRENDIDAS ENTRE LOS 16 Y LOS 18 AÑOS DE EDAD, CON PROBLEMAS SOCIO FAMILIARES, SIN NINGÚN OTRO TIPO DE CARACTERÍSTICA O PROBLEMÁTICA ESPECÍFICA, CON UN PRESUPUESTO DE 205.000 €, SEGUNDO SEMESTRE DEL AÑO 2022, publicada en el BOME 5968, de 27 de mayo de 2022, el órgano colegiado referido en las Bases de dicha convocatoria,  ha formulado  propuesta de resolución provisional debidamente motivada, que de acuerdo con el artículo 45 y 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se notifica a los interesados mediante su publicación en el Boletín Oficial de Melilla, concediéndoles un plazo de diez días para presentar alegaciones. De existir éstas, el órgano colegiado deberá pronunciarse sobre las mismas antes de formular la propuesta definitiva“ACTA DE 20 DE JUNIO DE 2022 RELATIVA A LA  PROPUESTA DE  RESOLUCIÓN PROVISIONAL, CONCERNIENTE A LA CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN MEDIANTE PROCEDIMIENTO DE CONCURRENCIA COMPETITIVA DE SUBVENCIONES PARA  PROGRAMAS DE PREPARACIÓN PARA LA VIDA ADULTA DE MENORES TUTELADAS DE EDADES COMPRENDIDAS ENTRE LOS 16 Y LOS 18 AÑOS DE EDAD, CON PROBLEMAS SOCIO FAMILIARES, SIN NINGÚN OTRO TIPO DE CARACTERÍSTICA O PROBLEMÁTICA ESPECÍFICA, CON UN PRESUPUESTO DE 205.000 €, SEGUNDO SEMESTRE DEL AÑO 2022

 

Reunido, el 20 de junio de 2022,  en el despacho del Sr. Director General del Menor y la Familia, el órgano colegiado correspondiente a la CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN MEDIANTE PROCEDIMIENTO DE CONCURRENCIA COMPETITIVA DE SUBVENCIONES PARA  PROGRAMAS DE PREPARACIÓN PARA LA VIDA ADULTA DE MENORES TUTELADAS DE EDADES COMPRENDIDAS ENTRE LOS 16 Y LOS 18 AÑOS DE EDAD, CON PROBLEMAS SOCIO FAMILIARES, SIN NINGÚN OTRO TIPO DE CARACTERÍSTICA O PROBLEMÁTICA ESPECÍFICA, CON UN PRESUPUESTO DE 205.000 €, SEGUNDO SEMESTRE DEL AÑO 2022, publicada en el BOME 5968, de 27 de mayo de 2022, con la asistencia de  D. Joaquín Ledo Caballero, D. Eva Guerra Ferre y D. Íñigo Lucia Calleja, actuando D. Juan Luis Villaseca Villanueva como secretario, formula la propuesta de resolución provisional que a continuación se trascribe.

 

Se informa que únicamente  ha concurrido una asociación, la FUNDACIÓN SAMU, con CIF G41914243 a la convocatoria objeto de la presente Propuesta de Resolución,  que establece los documentos a presentar por los solicitantes:

 

a)     Solicitud de participación en la convocatoria. La citada solicitud se ajustará al modelo normalizado que figura en la presente convocatoria como ANEXO I. Se comprueba que dicho documento está presentado, con fecha de 09 de junio

b)             Estatutos de la entidad. Está presentado, así como el Certificado emitido por la Junta de Andalucía, relativo a que la Fundación SAMU se encuentra clasificada como de Asistencia Social, mediante Resolución del Instituto Andaluz de Servicios Sociales, de 01 de junio de 1998

c)            Escritura de propiedad o contrato de arrendamiento del inmueble referido en el apartado 5 de esta convocatoria y de la cédula de habitabilidad del inmueble. Presenta un contrato privado de arrendamiento, fechado el 04 de diciembre de 2020, de un local en la Calle ..............................de Madrid, por un canon mensual de 2500 €, que contiene cuatro planos de planta. Se observa que no aporta la cédula de habitabilidad de la vivienda

d)     Contratos de Trabajo.

e)     Acuerdo de los órganos representativos de la entidad solicitante, o escrito del representante o de la persona física, que justifique la necesidad de la subvención solicitada. Consta la presentación de este documento.

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f)     Copia de la documentación de la persona que vaya a actuar en representación de la entidad. Consta la presentación de  la elevación a escritura pública del apoderamiento a la persona titular del DNI nº 31.162.290-g, así como bastanteos emitidos por diversos órganos. Asimismo, entre la documentación remitida hay una copia del DNI antes referido.

g)     Memoria de las actividades para las que solicita subvención, con presupuesto detallado por actividades y partidas, en los términos descritos en el apartado 5 de la presente convocatoria. La citada solicitud se ajustará al modelo normalizado que figura en la presente convocatoria como ANEXO II. Consta que entre la documentación presentada hay un documento de 50  páginas que contiene una memoria económica.

h)     Declaración formal de las subvenciones solicitadas o percibidas de otras instituciones públicas o privadas para esa misma actividad. Consta un documento en el que se dice expresamente que no ha solicitado ni le han sido concedidas otras subvenciones y que no está incursa en ninguna de las causas del artículo 13.2 de la Ley General de Subvenciones para ser beneficiario de subvenciones públicas.

i)     Acreditación de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, así como no tener pendiente de justificación subvención alguna otorgada por la Ciudad Autónoma. La acreditación de estos requisitos podrá hacerse mediante la presentación de los certificados de la Agencia Tributaria, Tesorería de la Seguridad Social y Tesorería de la Ciudad Autónoma de Melilla o bien, la autorización a la Dirección General del Menor y la Familia de recabar los referidos certificados. En la documentación adjunta a la solicitud, se adjuntan tres certificados sobre los extremos citados, fechados todos ellos el día 11 de mayo de 2022.

j)            Cualquier otra documentación o justificación que a efectos de comprobación o concreción de datos pueda acordarse en las respectivas convocatorias de concesión de las subvenciones.

 

Se da lectura del  punto décimo  de la  convocatoria, relativo a los criterios de valoración:

 

Criterios de Valoración de las solicitudes: El órgano colegiado al que se refiere el apartado 6 de la presente convocatoria aplicará los siguientes criterios a la hora de valorar las solicitudes:

 

-          Idoneidad de la memoria o proyecto presentado para el cumplimiento de los fines y objetivos definidos en el apartado 5 de esta convocatoria: Máximo 34 puntos.

-          Cada trabajador que esté contratado para el desarrollo del proyecto, además de la plantilla definida en el apartado 5: Se valorará con 11 puntos cada puesto de trabajo para cuyo ejercicio precise una titulación universitaria y 5,5 puntos el resto de los trabajadores/as. Máximo 33 puntos.

-          Cuando se trate de un recurso habitacional compartimentado en habitaciones,  que exceda de 3 habitaciones. Las referidas habitaciones deberán contar con ventilación exterior e iluminación suficiente: 11 puntos por habitación que exceda de 3, hasta un máximo de 33 puntos.

 

El Órgano Colegiado procede a examinar la documentación presentada, a la luz de los criterios de valoración antes citados:

 

PRIMER CRITERIO DE VALORACIÓN: IDONEIDAD DE LA MEMORIA O PROYECTO PRESENTADO PARA EL CUMPLIMIENTO DE LOS FINES Y OBJETIVOS DEFINIDOS EN EL APARTADO 5 DE ESTA CONVOCATORIA: PUNTUACIÓN PROPUESTA 34 puntos.

 

La memoria aportada por  la única asociación que se presenta a la presente convocatoria, se considera que se adecua de manera plena a los fines y objetivos de esta convocatoria, que son, básicamente la asunción de la guarda de aquellas menores tuteladas de edades comprendidas entre los 16 y los 18 años de edad, con problemas socio familiares, sin ningún otro tipo de característica o problemática específica, cuya guarda haya sido delegada por la Consejería del Menor y Familia en su función de Entidad Pública competente en materia de protección de menores en el ámbito territorial de Melilla .

 

El objeto descrito en la memoria se considera que se adecua a los propósitos generales de la convocatoria y, asimismo, se considera que los medios se detallan para el cumplimiento de dichos fines son adecuados. Por ello, el Órgano Colegiado, le concede la máxima puntuación por este concepto

 

SEGUNDO CRITERIO DE VALORACIÓN: CADA TRABAJADOR QUE ESTÉ CONTRATADO PARA EL DESARROLLO DEL PROYECTO, ADEMÁS DE LA PLANTILLA DEFINIDA EN EL APARTADO 5: SE VALORARÁ CON 11 PUNTOS CADA PUESTO DE TRABAJO PARA CUYO EJERCICIO PRECISE UNA TITULACIÓN UNIVERSITARIA Y 5,5 PUNTOS EL RESTO DE LOS TRABAJADORES/AS. MÁXIMO 33 PUNTOS. PUNTUACIÓN PROPUESTA 5´5  Puntos.

 

El apartado 5 de la convocatoria establece una plantilla mínima que debe ser la destinada al proyecto:

 

-       Un/a Director/a que tendrá una titulación mínima de diplomatura o grado.

-       Un coordianador/a, con el mismo requisito de titulación académica.

 

 

 

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              EQUIPO DE ATENCIÓN DIRECTA.

 

-       Un/a Educador/a social en cada uno de los tres turnos.

-       Un/a Trabajador/a social.

-       Un/a Cocinero/a.

-       Un/a Limpiador/a

 

La Fundación presenta los siguientes contratos de trabajo:

 

-          1 mediadora intercultural.

-          1 Auxiliar Técnico Educativo.

-          1 Educadora Social.

-          Otro Auxiliar Técnico Educativo.

-          Otra Educadora Social.

-          Otra Educadora Social

-          Otra Mediadora Intercultural

-          Otra Auxiliar Técnico Educativo

-          Otra Mediadora Intercultural

-          Una Auxiliar de Servicios Generales.

 

TERCER CRITERIO DE VALORACIÓN: CUANDO SE TRATE DE UN RECURSO HABITACIONAL COMPARTIMENTADO EN HABITACIONES,  QUE EXCEDA DE 3 HABITACIONES. LAS REFERIDAS HABITACIONES DEBERÁN CONTAR CON VENTILACIÓN EXTERIOR E ILUMINACIÓN SUFICIENTE: 11 PUNTOS POR HABITACIÓN QUE EXCEDA DE 3, HASTA UN MÁXIMO DE 33 PUNTOS. PUNTUACIÓN PROPUESTA 11 PUNTOS.

 

En la documentación presentada, junto a la copia del contrato de arrendamiento, presentan un plano de planta de una vivienda estructurada en tres plantas:

 

-       En la planta sótano existe un aseo y una habitación.

-       En la planta baja, existe una cocina, un baño completo, un salón y una habitación, destinada a dormitorio.

-       En la planta primera, hay tres dormitorios y dos baños completos.

 

Por tanto, el número total de las piezas dedicadas a dormitorios es de cuatro, por lo que obtendría una puntuación de 11 puntos

 

Por todo ello, el Órgano Colegiado al que se refieren la CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN MEDIANTE PROCEDIMIENTO DE CONCURRENCIA COMPETITIVA DE SUBVENCIONES DESTINADAS A JÓVENES EXTUTELADOS POR LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA, emite la siguiente Propuesta de Resolución Provisional:

 

1º Requerir a la Asociación FUNDACIÓN SAMU, CON CIF G41914243 para que en el plazo de diez días aporte la Cédula de Habitabilidad correspondiente a la vivienda donde se desarrollará el proyecto o, en su defecto, el resguardo de haber solicitado dicho documento.

2º Conceder a la única solicitante de la presente convocatoria, la FUNDACIÓN , FUNDACIÓN SAMU, CON CIF G41914243, la puntuación  50,5 puntos y, por tanto, conceder una subvención de 205.000 € para el proyecto denominado PREPARACIÓN PARA LA VIDA ADULTA DE MENORES TUTELADAS DE EDADES COMPRENDIDAS ENTRE LOS 16 Y LOS 18 AÑOS DE EDAD, CON PROBLEMAS SOCIO FAMILIARES, SIN NINGÚN OTRO TIPO DE CARACTERÍSTICA O PROBLEMÁTICA ESPECÍFICA, CON UN PRESUPUESTO DE 205.000 €, SEGUNDO SEMESTRE DEL AÑO 2022”.

 

Melilla 21 de junio de 2022,

El Director General Acctal. del Menor y Familia

(BOME 5897 del 21/09/2021),

Joaquín M. Ledo Caballero