ARTÍCULO Nº 602 (CVE: BOME-A-2022-602) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5978 - viernes, 1 de julio de 2022 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.
Resolución nº2002 de fecha 27 de junio de 2022, relativa a la sustitución como vocal suplente de Dª Natalia Martínez Ladaga por D. Juan Luis Villaseca Villanueva en el tribunal calificador de las pruebas selectivas para la provisión en propiedad de 2 plazas de técnico economista, por el sistema de oposición libre.
La titular de la Consejería
de Presidencia y Administración Pública, mediante Orden de 27/06/2022, registrada al número 2022002002, en
el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería ha dispuesto lo siguiente:
Visto el escrito de
abstención formulado por Dª. Natalia Martínez Ladaga, designada por Orden nº
1859, de 5 de junio 2022, Vocal Suplente en el Tribunal Calificador de las
pruebas selectivas para la provisión en propiedad de dos plazas de Técnico
Economista, por el sistema de oposición libre, y considerando que concurren
causas justificadas para la abstención, según lo previsto en el artículo 23 de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
De acuerdo con lo anterior,
y visto el expediente 8561/2021, en virtud de las competencias que tengo
atribuidas, VENGO EN DISPONER
1º.- Aceptar la abstención
de Dª. Natalia Martínez Ladaga.
2º.- La
sustitución, como Vocal Suplente, de Dª. Natalia Martínez Ladaga por D. Juan
Luis Villaseca Villanueva.
Contra esta ORDEN, que no
agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo
de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la
presente.
Dicho recurso podrá
presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad
Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de
conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno
y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario
número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).
El plazo máximo para dictar
y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que
recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada
interpuesto.
No obstante, podrá utilizar
cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.
Lo que se notifica para su
publicación.
Melilla 28 de junio de 2022,
La Secretaria Técnica de Presidencia y Administración
Pública P.A.,
Francisca Torres Belmonte