ARTÍCULO Nº 612 (CVE: BOME-A-2022-612) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5978 - viernes, 1 de julio de 2022 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES, SALUD PÚBLICA Y BIENESTAR ANIMAL - CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES, SALUD PÚBLICA Y BIENESTAR ANIMAL


Emplazamiento y remisión de expediente en procedimiento ordinario nº008/2022 seguido a instancias por el Colegio Oficial de Farmacéuticos de Melilla.

BOME-P-2022-2166 Descargar página

ASUNTO: NOTIFICACIÓN POSIBLES INTERESADOS EN PROCEDIMIENTO ORDINARIO Nº 008/2022, INSTADO POR EL COLEGIO OFICIAL DE FARMACÉUTICOS DE MELILLA CONTRA LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA.

 

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 3 de Melilla en providencia de fecha 22 de junio de 2022, dictada en Procedimiento Ordinario nº 0008/2022, ha dispuesto lo siguiente:

 

Conforme a lo acordado en resolución de esta fecha dictada en el recurso contencioso-administrativo con los datos al margen, interpuesto por el a COLEGIO OFICIAL DE FARMACÉUTICOS DE MELILLA contra resolución de esa administración de fecha 21 de febrero de 2022 dictada en expediente sobre RESOLUCIÓN DEL DIRECTOR GENERAL DE SALUD PÚBLICA Y CONSUMO 981/22, y en  cumplimiento de lo dispuesto en el Arts. 48 de la LJCA, siendo necesarios el/los expediente/s que motivaron la/las resolución/ones impugnada/s, solicito a V. I.:

 

-       -Ordene la remisión a este órgano judicial de aquellos a que se refiere el acto impugnado, en el plazo improrrogable de veinte días, o bien copia autentificada del mismo, debidamente foliado, y en su caso, con los documentos e índices correspondientes, interesándole, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 49 de la LJCA, que la resolución administrativa que  se dicte a tal fin se notifique, en los cinco días siguientes a su adopción, a cuantos aparezcan como interesados en dicho, expediente, emplazándoles para que puedan personarse como demandados ante este órgano judicial en el plazo de nueve días. La notificación se practicara con arreglo a lo dispuesto a la Ley que regule el procedimiento administrativo común. Hechas las notificaciones se incorporaran al expediente administrativo, y todo ello con el apercibimiento expreso contenido en el art. 48.7 de la LJ, en el supuesto de que transcurra el plazo concedido sin que haya sido remitido. El expediente administrativo con la implantación de la Justicia Digital deberá llegar al Órgano Judicial de forma digitalizada a través del cargador de expedientes administrativos (INSIDE), en el que se contendrá un índice detallado de los documentos remitidos; en caso de no poder remitir el expediente a través del cargador, deberá remitirse en soporte informativo.

-       De conformidad con lo dispuesto en el Art. 38 de la LJCA, deberá, al remitir el expediente administrativo, comunicar a este órgano judicial si tiene conocimiento de la existencia de otro recursos contencioso-administrativos en los que puedan concurrir los supuestos de acumulación  que previene el Capitulo III de la Ley Procesal.

 

Lo que se publica a efecto del Emplazamiento Previsto en el artículo 48 LJ CA

 

Melilla 27 de junio de 2022,

El Secretario Técnico de Políticas Sociales y Salud Pública,

Victoriano Juan Santamaría Martínez