ARTÍCULO Nº 612 (CVE: BOME-A-2022-612) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5978 - viernes, 1 de julio de 2022 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES, SALUD PÚBLICA Y BIENESTAR ANIMAL - CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES, SALUD PÚBLICA Y BIENESTAR ANIMAL
Emplazamiento y remisión de expediente en procedimiento ordinario nº008/2022 seguido a instancias por el Colegio Oficial de Farmacéuticos de Melilla.
ASUNTO: NOTIFICACIÓN
POSIBLES INTERESADOS EN PROCEDIMIENTO ORDINARIO Nº 008/2022, INSTADO POR EL
COLEGIO OFICIAL DE FARMACÉUTICOS DE MELILLA CONTRA LA CIUDAD AUTÓNOMA DE
MELILLA.
El Juzgado de lo
Contencioso-Administrativo núm. 3 de Melilla en providencia de fecha 22 de
junio de 2022, dictada en Procedimiento Ordinario nº 0008/2022, ha dispuesto lo
siguiente:
Conforme a lo acordado en
resolución de esta fecha dictada en el recurso contencioso-administrativo con
los datos al margen, interpuesto por el a COLEGIO OFICIAL DE FARMACÉUTICOS DE
MELILLA contra resolución de esa administración de fecha 21 de febrero de 2022
dictada en expediente sobre RESOLUCIÓN DEL DIRECTOR GENERAL DE SALUD PÚBLICA Y
CONSUMO 981/22, y en cumplimiento de lo
dispuesto en el Arts. 48 de la LJCA, siendo necesarios el/los expediente/s que
motivaron la/las resolución/ones impugnada/s, solicito a V. I.:
-
-Ordene la remisión a este órgano judicial de aquellos a que se refiere
el acto impugnado, en el plazo improrrogable de veinte
días, o bien
copia autentificada del mismo, debidamente foliado, y en su caso, con los
documentos e índices correspondientes, interesándole, de conformidad con lo
dispuesto en el Art. 49 de la LJCA, que la resolución administrativa que se dicte a tal fin se notifique, en los cinco
días siguientes a su adopción, a cuantos aparezcan como interesados en dicho,
expediente, emplazándoles para que puedan personarse como demandados ante
este órgano judicial en el plazo de nueve días. La notificación se
practicara con arreglo a lo dispuesto a la Ley que regule el procedimiento
administrativo común. Hechas las notificaciones se incorporaran al expediente
administrativo, y todo ello con el apercibimiento expreso contenido en el art.
48.7 de la LJ, en el supuesto de que transcurra el plazo concedido sin que haya
sido remitido. El expediente administrativo con la implantación de la Justicia Digital
deberá llegar al Órgano Judicial de forma digitalizada a través del cargador de
expedientes administrativos (INSIDE), en el que se contendrá un índice
detallado de los documentos remitidos; en caso de no poder remitir el
expediente a través del cargador, deberá remitirse en soporte informativo.
-
De conformidad con lo dispuesto en el Art. 38 de la LJCA, deberá, al
remitir el expediente administrativo, comunicar a este órgano judicial si tiene
conocimiento de la existencia de otro recursos contencioso-administrativos en
los que puedan concurrir los supuestos de acumulación que previene el Capitulo III de la Ley
Procesal.
Lo que se publica a efecto
del Emplazamiento Previsto en el artículo 48 LJ CA
Melilla 27 de junio de 2022,
El Secretario Técnico de Políticas Sociales y Salud
Pública,
Victoriano Juan Santamaría Martínez