ARTÍCULO Nº 687 (CVE: BOME-A-2022-687) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5986 - viernes, 29 de julio de 2022 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.


Resolución nº 2165 de fecha 21 de julio de 2022, relativa a abstención, sustitución como vocal titular y nombramiento como vocal suplente en el tribunal calificador para la provisión en propiedad de dos plazas de técnico economista, por el sistema de oposición libre.

BOME-P-2022-2452 Descargar página

La titular de la Consejería de Presidencia y Administración Pública, mediante Orden de 21/07/2022, registrada al número 2022002165, en el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería ha dispuesto lo siguiente:

 

Visto el escrito de abstención formulado por D. Sebastián Martínez López, designado por Orden nº 1859, de 5 de junio 2022, Vocal Titular en el Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para la provisión en propiedad de dos plazas de Técnico Economista, por el sistema de oposición libre, y considerando que concurren causas justificadas para la abstención, según lo previsto en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, 

 

De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 8561/2021, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER

 

1º.- Aceptar la abstención de D. Sebastián Martínez López.

2º.- La sustitución, como Vocal Titular, de D. Sebastián Martínez López por Dª. Francisca Torres Belmonte (que actúa en el mismo Tribunal como Vocal Suplente).

3º.- El nombramiento, como Vocal Suplente, de D. Victoriano Santamaría Martínez.

 

Contra esta ORDEN, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la presente.

 

Dicho recurso podrá presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).

 

El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada interpuesto.

 

No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.

 

Lo que se notifica para su publicación.

 

Melilla 22 de julio de 2022

P.A. La Secretaria Técnica Acctal. de Infraestructuras, Urbanismo y Deportes,

Francisca Torres Belmonte