ARTÍCULO Nº 695 (CVE: BOME-A-2022-695) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5987 - martes, 2 de agosto de 2022 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES, SALUD PÚBLICA Y BIENESTAR ANIMAL - CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES, SALUD PÚBLICA Y BIENESTAR ANIMAL
Orden nº 2280 de fecha 28 de julio de 2022, relativa a relación de entidades admitidas y excluidas en la convocatoria de subvenciones destinadas a financiar los programas de interés general con cargo a la asignación del 0,7 por 100 del impuesto sobre la renta de las personas físicas, año 2022.
ORDEN DE LA CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES,
SALUD PÚBLICA Y BIENESTAR ANIMAL Nº 2280 DE FECHA 28 DE JULIO DE 2022, RELATIVA
A RELACIÓN DE ENTIDADES ADMITIDAS Y EXCLUIDAS EN LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES
DESTINADAS A FINANCIAR LOS PROGRAMAS DE INTERÉS GENERAL CON CARGO A LA
ASIGNACIÓN DEL 0,7 POR 100 DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS,
AÑO 2022.
La titular de la Consejería,
mediante Orden de fecha 28 de julio de 2022, registrada al número 2022002280
del Libro Oficial de Resoluciones No Colegiadas de la Consejería ha dispuesto
lo siguiente:
Vistos los expedientes de
solicitud presentados por las entidades que se relacionan en los Anexos I y II
adjuntos, correspondientes a la convocatoria aprobada mediante Orden de 29 de
abril de 2022 de la Consejería de Políticas Sociales, Salud Pública y Bienestar
Animal, por la que se convocan subvenciones destinadas a financiar los
programas de interés general con cargo a la asignación del 0,7 por 100 del
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, con sujeción a las bases
reguladoras de subvenciones a programas de interés general dirigidas a fines de
interés social a desarrollar por entidades del tercer sector de la Ciudad
Autónoma de Melilla (BOMe núm. 5963 de 10 de mayo de 2022), resulta:
I.
Mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Ciudad de Melilla de
fecha 31 de mayo de 2019, se aprueban las Bases reguladoras de las subvenciones
a programas de interés general dirigidas a fines de interés social a
desarrollar por entidades del tercer sector en la Ciudad Autónoma de Melilla,
con cargo a la asignación tributaria del 0,7 % del Impuesto sobre la Renta de
las Personas Físicas, disponiéndose su publicación mediante Decreto de
Presidencia n.º 499 de fecha 3 de junio de 2019 (BOMe núm 5669 de 16 de julio
de 2019).
II.
Por Orden de 29 de abril de 2022 de la Consejería de Políticas Sociales,
Salud Pública y Bienestar Animal, se efectúa la convocatoria de dichas
subvenciones para el año 2022 (BOMe núm. 5963 de 10 de mayo de 2022).
III.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes al que se refiere el
artículo 11, apartado 1 de la Convocatoria, el instructor del expediente
procede, mediante publicación en el BOME núm. 5980 de 8 de julio de 2022, a
notificar a las entidades que no reúnen los requisitos necesarios para
continuar con la tramitación de las solicitudes de subvención la subsanación o
mejora de las mismas en los términos que establece el el artículo 11, apartado
3 de la Convocatoria,
IV.
Concluido el plazo de subsanación y mejora de las solicitudes el día 26
de julio de 2022, este órgano instructor emite informe comprensivo de la
relación de solicitantes que han aportado la documentación exigida en la
Convocatoria (ANEXO I), así como de aquellas otras solicitudes que, por las
razones que se motivan, han de quedar excluidas de la misma (ANEXO II).
V.
De acuerdo con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los actos
integrantes de un procedimiento de concurrencia competitiva serán objeto de
publicación, surtiendo ésta los efectos de la notificación.
De acuerdo con lo anterior,
y visto el expediente 3705/2022, en virtud de las competencias que tengo
atribuidas, VENGO
EN DISPONER
Admitir a trámite las
solicitudes de las entidades relacionadas en el Anexo I y excluir de la
convocatoria las solicitudes de las entidades relacionadas en el Anexo II por
los motivos que se especifican en el mismo.
Publicar en el Boletín
Oficial de la Ciudad, en el Tablón Digital de Edictos y en la web oficial de la
Ciudad Autónoma de Melilla las listas de entidades admitidas y excluidas de la
presente convocatoria de subvenciones destinadas a financiar los programas de
interés general con cargo a la asignación del 0,7 por 100 del Impuesto sobre la
Renta de las Personas Físicas.
ANEXO
I - LISTA DE ENTIDADES QUE CUMPLEN CON LOS REQUISITOS DOCUMENTALES
CIF |
NOMBRE DE LA ENTIDAD |
G82260282 |
FUNDACIÓN
YEHUDI MENUHIN ESPAÑA |
G80409105 |
CONFEDERACIÓN
NACIONAL DE MUJERES EN IGUALDAD |
G29962412 |
ASOCIACIÓN
FAMILIARES DE ALZHEIMER |
R5200017A |
COLEGIO ESCLAVAS DE
LA INMACULADA NIÑA DIVINA INFANTITA DE MELILLA |
G82040684 |
FUNDACION MENSAJEROS DE LA PAZ |
G52034238 |
OXÍGENO
LABORATORIO CULTURAL |
G52035367 |
ASOCIACIÓN MELILLA
INTEGRA |
G29901907 |
CENTRO
ASISTENCIAL DE MELILLA |
G52039658 |
ASOCIACIÓN TUTELAR Y
ACCIÓN SOCIAL MELILLA (CAPACES) |
G52006871 |
FEAFES MELILLA |
G28838001 |
MOVIMIENTO POR LA
PAZ EL DESARME Y LA LIBERTAD (MPDL) |
G83273284 |
FUNDACIÓN
ESTUDIO Y PROMOCIÓN DE LA ACCIÓN SOCIAL (FEPAS) |
G79362497 |
FUNDACIÓN SAVE THE
CHILDREN |
G52019189 |
ASOCIACIÓN
AUTISMO MELILLA |
Q2866001G |
CRUZ ROJA ESPAÑOLA |
G52014347 |
AMLEGA |
G29950813 |
ASPANIES PLENA
INCLUSIÓN MELILLA |
G79408852 |
MEDICOS DEL
MUNDO |
G52015443 |
BANCO DE ALIMENTOS
DE MELILLA |
G52021706 |
ASOCIACION
MARE NOSTRUM |
G29957495 |
ASOCIACIÓN MELILLA
ACOGE |
G52020187 |
FUNDACIÓN
SOCIOCULTURAL Y DEPORTIVA DE LA FEDERACIÓN MELILLENSE DE FUTBOL |
G73038457 |
FUNDACIÓN DIAGRAMA
INTERVENCIÓN PSICOSOCIAL |
G52030327 |
ASOCIACIÓN
TRASTORNO DE ESPECTRO AUTISTA MELILLA AVANZA (TEAMA) |
G52026432 |
ASOCIACIÓN EVOLUTIO |
G52021227 |
ASOCIACIÓN
MILVER |
G52023231 |
ASOCIACIÓN PROYECTO
ALFA |
G52033784 |
ASOCIACIÓN
MELILLENSE PARA LA INTERVENCIÓN SOCIAL |
ANEXO II - LISTA DE ENTIDADES EXCLUIDAS POR LAS CAUSAS
QUE SE MOTIVAN
CIF |
NOMBRE DE LA ENTIDAD |
MOTIVO DE EXCLUSIÓN |
G520409 61 |
ASOCIACIÓN DE
CENTROS DE FORMACIÓN DE MELILLA (ACEFOME) |
No haber
aportado en tiempo y forma la
documentación preceptiva requerida (BOMe núm. 5980 de 8-07-22) |
G520394 92 |
ASOCIACIÓN
COMENZAMOS |
No haber aportado en
tiempo y forma la documentación
preceptiva requerida (BOMe núm. 5980 de 8-07-22) |
G520220 19 |
ASOCIACIÓN
"ASIS" |
No haber
aportado en tiempo y forma la
documentación preceptiva requerida (BOMe núm. 5980 de 8-07-22) |
G29963915 |
ASOCIACIÓN DE SORDOS
DE MELILLA (ASOME) |
Solicitud realizada
fuera de plazo |
Contra esta ORDEN, que no
agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo
de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la
presente.
Dicho recurso podrá
presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad
Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de
conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno
y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla(BOME Extraordinario
número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).
El plazo máximo para dictar
y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que
recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada
interpuesto.
No obstante, podrá utilizar
cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.
Melilla 28 de julio de 2022,
El Secretario Técnico de Políticas Sociales y Salud
Pública,
Victoriano Juan Santamaría Martínez