ARTÍCULO Nº 697 (CVE: BOME-A-2022-697) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5987 - martes, 2 de agosto de 2022 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD
Resolución nº 921 de fecha 28 de julio de 2022, relativa a convocatoria de Concurso de Sevillanas Feria 2022.
La Excma. Sra. Consejera de
Educación, Cultura, Festejos e Igualdad, mediante Resolución núm. 2022000921 de
fecha 28 de julio de 2022, ha resuelto lo siguiente:
ÚNICO: La aprobación de la
Convocatoria CONCURSO DE SEVILLANAS FERIA 2022, que se regirá con arreglo a lo siguiente:
B
A S E S
La Ciudad Autónoma de
Melilla, a través del área de Festejos de la Consejería de Educación, Cultura,
Festejos e Igualdad, convoca el concurso de baile por Sevillanas, con arreglo a
las siguientes
BASES
DEL CONCURSO DE SEVILLANAS FERIA 2022
1º.- Podrán participar en
este concurso de baile por Sevillanas las parejas compuestas por dos personas
de igual o distinto sexo. Para la participación en este concurso, cada uno de
los miembros de la pareja deberá tener al menos 14 años cumplidos (a fecha de
inscripción en el concurso).
2º.- Todas aquellas parejas
que deseen concursar, deberán inscribirse en las dependencias de la Dirección
General de Cultura y Festejos (C/ Miguel de Cervantes número 7. En horario de
09:30 h – 13:30 h de lunes a viernes). Se establece como fecha límite de
recepción de solicitudes el día 31 de agosto de 2022 a las 13:30 horas. Ninguna
persona podrá formar parte en más de una pareja.
3º.- El Concurso se
desarrollará en la Caseta Municipal, situado en el Recinto Ferial, el día 06 de
septiembre, dando comienzo a las 20:00 horas. Los participantes deberán
presentarse el día del concurso con una antelación de al menos 30 minutos para
que se puedan contrastar los datos de las inscripciones y para que el personal de
la Consejería disponga el orden de participación y haga entrega de los
dorsales. Aquellas parejas que no se encuentren al menos con una antelación de
30 minutos resultarán descalificadas.
La fecha y lugar de
celebración del concurso, así como la hora en la que se realice, podrá sufrir
variaciones en función a la programación de la Caseta Municipal, circunstancia
que se notificaría a los concursantes con la debida antelación.
Las parejas interpretarán un
baile por sevillanas de estilo actual, flamencas o tradicionales; comprendiendo
cuatro estrofas con su correspondiente estribillo, pudiendo llevar también
introducción en las estrofas.
4º.- Jurado. El Órgano
Colegiado competente para efectuar la propuesta de concesión de los premios
estará constituido por un Jurado integrado por la Consejera de Educación,
Cultura, Festejos e Igualdad o persona en quien delegue, que actuará como
Presidente, y por un número impar de profesionales o expertos de prestigio en
la rama o disciplina del certamen.
Actuará como Secretario del
Jurado, con voz y sin voto, el Secretario Técnico de la Consejería de
Educación, Cultura, Festejos e Igualdad, u otro funcionario habilitado para dar
fe de las actuaciones.
La designación del Jurado se
efectuará mediante Orden de la Consejera de Educación, Cultura, Festejos e
Igualdad y su composición podrá hacerse pública en el momento de la emisión del
fallo.
5º.- No podrán formar parte
del jurado aquellas personas que tengan relación de familiaridad, hasta segundo
grado, con alguno de los participantes del concurso. En el caso de que
resultara ganadora alguna pareja en la que se demostrara la relación de
familiaridad, ésta resultaría descalificada del concurso.
6º.- Criterios de
valoración. El jurado valorará con una nota (del 1 al 10), teniendo en cuenta
los siguientes criterios:
-
Técnica
-
Ortodoxia en coreografía
-
Complementación con la pareja
-
Vestuario
-
Arte en la ejecución
El veredicto del jurado se
comunicará tras la finalización del conjunto de actuaciones. En caso de empate,
los grupos a desempatar bailarán una sola vez de nuevo y serán valoradas por el
jurado nuevamente.
7º.- Fallo. El fallo del
Jurado será inapelable y se hará público a través de las redes sociales de la
Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad durante la celebración de
las Fiestas Patronales. El mismo, de conformidad con la Base 30ª del apartado
II de las Bases Reguladoras de las Subvenciones para el Desarrollo de Proyectos
de Interés General y de Certámenes o Concursos en el ámbito de actuación de la
Consejería de Educación, Juventud y Deportes (BOME 4460 de 14/12/07), se
publicará en el Boletín Oficial de Melilla.
8º.- Se concederán, a juicio
del Jurado, los siguientes premios:
Primer premio de 600 €.
Segundo premio de 400 €.
Tercer premio de 200 €.
El personal de la
Consejería, contactará con los ganadores a fin de que proporcionen una copia
del documento de identidad y un certificado de titularidad bancaria donde
aparezca como titular al menos uno de los participantes de la pareja.
Al importe de dichos premios
se les aplicará las retenciones previstas en la vigente legislación.
9º.- Los premios podrán ser
declarados desiertos si no reúnen una calidad mínima según el jurado.
10º.- Para cualquier
información adicional del presente CONCURSO, el teléfono de contacto es
95.269.91.93.
11º.- El área de Festejos y
el Jurado se reservan el derecho de adoptar cualquier iniciativa que, sin estar
regulada en las presentes bases, contribuya al mayor éxito del Concurso sin que
contra sus decisiones pueda formularse reclamación alguna.
Estando la presente
convocatoria destinada a una pluralidad indeterminada de personas que pudieran
estar interesadas en concurrir a la misma, se ordena su publicación, en
aplicación del art. 45, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento
Administrativos Común de las Administraciones Públicas.
La presente Orden no aborta
la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recursos de alzada
en el plazo de un mes, a computar al día siguiente de su publicación, ante el
Presidente de la Ciudad Autónoma de Melilla, como Órgano Competente para
resolverlos o ante esta Consejera, que deberá elevarlo con su informe a la
Presidencia, de acuerdo con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, de Procedimiento Administrativos Común de las Administraciones
Públicas y artículo quinto del Reglamento de Organización Administrativa de la
Ciudad Autónoma de Melilla (BOME extraordinario nº 13 de 7 de mayo de 1999).
Melilla 28 de julio de 2022,
El Secretario Técnico de Educación, Cultura,
Festejos e Igualdad,
Juan León Jaén Lara