ARTÍCULO Nº 697 (CVE: BOME-A-2022-697) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5987 - martes, 2 de agosto de 2022 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD


Resolución nº 921 de fecha 28 de julio de 2022, relativa a convocatoria de Concurso de Sevillanas Feria 2022.

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La Excma. Sra. Consejera de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad, mediante Resolución núm. 2022000921 de fecha 28 de julio de 2022, ha resuelto lo siguiente:

 

ÚNICO: La aprobación de la Convocatoria CONCURSO DE SEVILLANAS FERIA 2022, que se regirá con arreglo a lo siguiente:

 

B A S E S

 

La Ciudad Autónoma de Melilla, a través del área de Festejos de la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad, convoca el concurso de baile por Sevillanas, con arreglo a las siguientes

 

BASES DEL CONCURSO DE SEVILLANAS FERIA 2022

 

1º.- Podrán participar en este concurso de baile por Sevillanas las parejas compuestas por dos personas de igual o distinto sexo. Para la participación en este concurso, cada uno de los miembros de la pareja deberá tener al menos 14 años cumplidos (a fecha de inscripción en el concurso).

2º.- Todas aquellas parejas que deseen concursar, deberán inscribirse en las dependencias de la Dirección General de Cultura y Festejos (C/ Miguel de Cervantes número 7. En horario de 09:30 h – 13:30 h de lunes a viernes). Se establece como fecha límite de recepción de solicitudes el día 31 de agosto de 2022 a las 13:30 horas. Ninguna persona podrá formar parte en más de una pareja.

3º.- El Concurso se desarrollará en la Caseta Municipal, situado en el Recinto Ferial, el día 06 de septiembre, dando comienzo a las 20:00 horas. Los participantes deberán presentarse el día del concurso con una antelación de al menos 30 minutos para que se puedan contrastar los datos de las inscripciones y para que el personal de la Consejería disponga el orden de participación y haga entrega de los dorsales. Aquellas parejas que no se encuentren al menos con una antelación de 30 minutos resultarán descalificadas.

 

La fecha y lugar de celebración del concurso, así como la hora en la que se realice, podrá sufrir variaciones en función a la programación de la Caseta Municipal, circunstancia que se notificaría a los concursantes con la debida antelación.

 

Las parejas interpretarán un baile por sevillanas de estilo actual, flamencas o tradicionales; comprendiendo cuatro estrofas con su correspondiente estribillo, pudiendo llevar también introducción en las estrofas.

 

4º.- Jurado. El Órgano Colegiado competente para efectuar la propuesta de concesión de los premios estará constituido por un Jurado integrado por la Consejera de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad o persona en quien delegue, que actuará como Presidente, y por un número impar de profesionales o expertos de prestigio en la rama o disciplina del certamen.

 

Actuará como Secretario del Jurado, con voz y sin voto, el Secretario Técnico de la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad, u otro funcionario habilitado para dar fe de las actuaciones.

 

La designación del Jurado se efectuará mediante Orden de la Consejera de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad y su composición podrá hacerse pública en el momento de la emisión del fallo.

 

5º.- No podrán formar parte del jurado aquellas personas que tengan relación de familiaridad, hasta segundo grado, con alguno de los participantes del concurso. En el caso de que resultara ganadora alguna pareja en la que se demostrara la relación de familiaridad, ésta resultaría descalificada del concurso.

6º.- Criterios de valoración. El jurado valorará con una nota (del 1 al 10), teniendo en cuenta los siguientes criterios:

 

-   Técnica

-   Ortodoxia en coreografía

-   Complementación con la pareja

-   Vestuario

-   Arte en la ejecución

 

El veredicto del jurado se comunicará tras la finalización del conjunto de actuaciones. En caso de empate, los grupos a desempatar bailarán una sola vez de nuevo y serán valoradas por el jurado nuevamente.

 

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7º.- Fallo. El fallo del Jurado será inapelable y se hará público a través de las redes sociales de la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad durante la celebración de las Fiestas Patronales. El mismo, de conformidad con la Base 30ª del apartado II de las Bases Reguladoras de las Subvenciones para el Desarrollo de Proyectos de Interés General y de Certámenes o Concursos en el ámbito de actuación de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes (BOME 4460 de 14/12/07), se publicará en el Boletín Oficial de Melilla.

8º.- Se concederán, a juicio del Jurado, los siguientes premios:

 

Primer premio de 600 €.

Segundo premio de 400 €.

Tercer premio de 200 €.

 

El personal de la Consejería, contactará con los ganadores a fin de que proporcionen una copia del documento de identidad y un certificado de titularidad bancaria donde aparezca como titular al menos uno de los participantes de la pareja.

 

Al importe de dichos premios se les aplicará las retenciones previstas en la vigente legislación.

 

9º.- Los premios podrán ser declarados desiertos si no reúnen una calidad mínima según el jurado.

10º.- Para cualquier información adicional del presente CONCURSO, el teléfono de contacto es 95.269.91.93.

11º.- El área de Festejos y el Jurado se reservan el derecho de adoptar cualquier iniciativa que, sin estar regulada en las presentes bases, contribuya al mayor éxito del Concurso sin que contra sus decisiones pueda formularse reclamación alguna.

 

Estando la presente convocatoria destinada a una pluralidad indeterminada de personas que pudieran estar interesadas en concurrir a la misma, se ordena su publicación, en aplicación del art. 45, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativos Común de las Administraciones Públicas.

 

La presente Orden no aborta la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recursos de alzada en el plazo de un mes, a computar al día siguiente de su publicación, ante el Presidente de la Ciudad Autónoma de Melilla, como Órgano Competente para resolverlos o ante esta Consejera, que deberá elevarlo con su informe a la Presidencia, de acuerdo con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativos Común de las Administraciones Públicas y artículo quinto del Reglamento de Organización Administrativa de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME extraordinario nº 13 de 7 de mayo de 1999).

 

Melilla 28 de julio de 2022,

El Secretario Técnico de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad,

Juan León Jaén Lara