ARTÍCULO Nº 699 (CVE: BOME-A-2022-699) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5988 - viernes, 5 de agosto de 2022 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, URBANISMO Y DEPORTE - CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, URBANISMO Y DEPORTE
Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 25 de julio de 2022, relativa a estudio de detalle correspondiente a la parcela 6 del sector s-10.
El Consejo de Gobierno, en sesión ejecutiva Ordinaria
celebrada el 25 de julio de 2022, ha procedido a la aprobación de la propuesta
de Consejería Infraestructuras, Urbanismo y Deporte, adoptando el siguiente
acuerdo registrado al número 2022000421:
“
INTERESADO: JARDÍN MELILLENSE, S.L.
I.- ANTECEDENTES.-
a)
Con fecha de
Registro de 14/02/2022 se presenta borrador del Estudio de Detalle
correspondiente a la Parcela 6 del Sector S-10, firmado digitalmente el 13 de
febrero de 2022.
b)
Tras los informes
técnicos correspondientes, se presenta el ejemplar definitivo de Estudio de
Detalle con fecha 15/07/2022.
c)
La parcela objeto
de este Estudio de Detalle tiene una superficie total de 4.848,00 m2, con un
techo edificable de 4.640,00 m2 (0,957 m2t/m2s), y un máximo de 32 Viviendas.
d)
El Plan Parcial,
como ordenación superior que rige este Sector, fue aprobado definitivamente por
el Pleno de la Excma. Asamblea de la CAM en sesión de 19/05/2006.
II.- OBJETO DEL ESTUDIO DE DETALLE.-
Como se especifica en el Estudio de Detalle, éste
tiene por objeto establecer y precisar la subparcelación de la manzana
afectada, que en el PPO se incluyó de forma no vinculante, redistribuyendo y
asignando la edificabilidad de la parcela en las diferentes subparcelas
resultantes. La finalidad del mismo es doble: por un lado facilitar la
construcción individual de cada una de las parcelas que integran la Unidad
Mínima Diferenciada, pero manteniendo las características esenciales de la
Tipología T6 establecida en el Plan Parcial, que la define como vivienda
unifamiliar agrupada horizontalmente en manzana abierta o cerrada con parcela individual
o común a todas las viviendas, generando un proyecto único y, por otro,
posibilitar que se puedan agrupar dos parcelas como máximo para materializar en
ellas una única vivienda.
Surge la necesidad de aprobar este estudio de detalle
porque la tipología edificatoria del Plan Parcial es la de Vivienda Unifamiliar
adosada, en hilera, generando un proyecto único y el promotor desea cambiar
algunos de los parámetros no básicos del Plan Parcial.
Respondiendo a este objeto, en el Estudio de Detalle
se proponen 32 subparcelaciones, en las que se materializa la edificabilidad de
la manzana según se asignó en el Plan Parcial. Se establece, asimismo, un
límite mínimo de 24 Viviendas, teniendo en cuenta el dimensionamiento de los
servicios urbanísticos del Sector.
Las parcelas que se crean van de los 149,90 m2 hasta
los 158,50 m2, asignándoseles el mismo techo edificatorio a cada una de ellas,
es decir, 145 m2c, de tal forma que se pretende continuar con una construcción
homogénea, siendo distinto, exclusivamente, la diferente zonificación del
espacio libre privado, que quedará vinculado, no obstante, por unas
alineaciones vinculantes a lindero público y a fondo de parcela, cuyo objeto es
dotar al conjunto de una homogeneidad edificatoria aunque se construyan
parcelas individuales.
III.- PARÁMETROS URBANÍSTICOS DEL ESTUDIO DE DETALLE.-
IV.- JUSTIFICACIÓN DE NO AFECTACIÓN POR SUSPENSIÓN DE LICENCIAS Y PLANEAMIENTO.-
Como se justifica en el informe técnico emitido, el
presente Estudio de Detalle es compatible con el PGOU vigente y con la Revisión
del mismo, sometido a un segundo período de información pública con fecha
29/04/2022, tanto con respecto a la normativa urbanística incluida en el
artículo 2.5 del nuevo documento, como con respecto a las condiciones
urbanísticas de la Sección 29 en la que se ubica la parcela objeto de este
Estudio de Detalle, que se remite a la ordenación del Plan Parcial del Sector
S-10 “Jardín Melillense”.
Por ello, no estaría afectado por la suspensión de
licencias y tramitación de Planeamiento que se acordó por la Excma. Asamblea de
la CAM en sesión de fecha 20/04/2022.
Por todo lo anterior y de conformidad con los
documentos aportados al expediente, vengo en proponer al Consejo de Gobierno lo
siguiente.
1º.- La
aprobación inicial del Estudio de Detalle cuya finalidad es concretar la subparcelación
de la Manzana 6 del Plan Parcial del Sector S-10, definiendo las
características de la edificación en agrupación de un máximo de dos parcelas.
El documento cuya aprobación se propone tiene el
siguiente CSV:
- 14156107116375577332
2º.- La
apertura de trámite de información pública, por plazo de un mes, durante el
cual el Estudio de Detalle podrá ser examinado por cualquier persona y
presentarse las alegaciones que procedan.
3º.- La
publicación del presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Ciudad y en uno de
los diarios de mayor circulación de la Provincia.
4º.-
Declarar
la obligación de la propiedad de cada parcela, ya que se ha ejecutado la
urbanización con una determinada distribución de la edificación, de efectuar
las modificaciones en la urbanización que sean necesarias para la nueva
ubicación del volumen, así como la eliminación de los aspectos de la
urbanización innecesarios ante la nueva distribución del mismo: rebajes del
acerado, ubicación de pasos de peatones, ubicación de arquetas de suministros,
alumbrado público y mobiliario urbano, etc..
5º.- Esta
aprobación inicial deberá ser notificada personalmente a los propietarios y
demás interesados directamente afectados, comprendidos en el ámbito territorial
del Estudio de Detalle.
”
Lo que le traslado para su conocimiento y efectos
oportunos.
Melilla 2
de agosto de 2022,
La
Secretaria Técnica Acctal. de Infraestructuras, Urbanismo y Deportes,
Francisca
Torres Belmonte