ARTÍCULO Nº 706 (CVE: BOME-A-2022-706) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5988 - viernes, 5 de agosto de 2022 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD


Orden nº 928 de fecha 31 de julio de 2022, relativa a convocatoria pública, en régimen de concurrencia, de subvenciones a asociaciones de índole cultural domiciliadas en Melilla para la realización de actividades interculturales 2022.

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LA EXCMA. SRA. CONSEJERA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD, MEDIANTE ORDEN Nº 928 DE FECHA 31 DE JULIO DE 2022, HA RESUELTO LO SIGUIENTE:

 

La aprobación de la siguiente CONVOCATORIA  PÚBLICA, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA, DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES DE ÍNDOLE CULTURAL DOMICILIADAS EN MELILLA PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES INTERCULTURALES 2022, así como su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad para su general conocimiento y efectos.

 

CONVOCATORIA PÚBLICA, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA, DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES DE ÍNDOLE CULTURAL DOMICILIADAS EN MELILLA PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES INTERCULTURALES

 

BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA:

 

La presente Convocatoria se regirá por las Bases Reguladoras publicadas en el BOME núm. 5888 de viernes 20 de agosto de 2021 “BASES QUE HAN DE REGIR LAS SUBVENCIONES A ASOCIACIONES DOMICILIADAS EN MELILLA PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES INTERCULTURALES ”.

 

IMPORTE TOTAL A SUBVENCIONAR Y APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:

Máximo de 60.000 €, con cargo a la partida 14/33701/48900, subvenciones a entidades culturales.

 

OBJETO Y FINALIDAD DE LA SUBVENCIÓN:

En materia de relaciones interculturales, el objeto de la Ciudad Autónoma es el impulso de actividades que conlleven y fomenten el conocimiento y la participación, por todos los melillenses, de las culturas de cada comunidad, a modo de interrelación más profunda entre todas ellas. Así como, el fomento de la cultura en todas sus manifestaciones, con especial y prioritaria atención a aquellas acciones que tengan en cuenta la especial pluralidad y diversidad de expresiones culturales de Melilla. Por tanto, se dará prioridad a las programaciones o actividades que contengan este principio en su formalización y que supongan:

 

-       Acciones que posibiliten y fomenten, en la medida de lo posible, la participación de la ciudadanía melillense mediante actividades relacionadas con la multiculturalidad melillense.

-       Actividades promuevan, desde una perspectiva intercultural, el conocimiento, por todos los melillenses, de las distintas culturas que conviven en la ciudad.

-       Acciones dirigidas al desarrollo y promoción de la cultura en todas sus manifestaciones, así como el establecimiento de mecanismos y estrategias que contribuyan eficazmente a la preservación y desarrollo del acervo cultural de las comunidades que integran la población melillense, como patrimonio común.

-       Acciones para  la creación de fondos documentales compuestos por libros, fotos, videos, grabaciones de toda índole, documentales, películas, postales, ediciones filatélicas, pinturas, colecciones y demás objetos relacionados con las distintas culturas de la Ciudad.

-       Actuaciones y/o demostraciones artísticas (música y danza, teatro, cuenta cuentos, proyección de películas y documentales etc.), gastronómicas, y demás acciones que contribuyan a la divulgación y conocimiento de las distintas culturas.

-       Actividades para la defensa, estudio, investigación y divulgación de los valores culturales melillenses, así como la difusión, tanto en el ámbito de la Ciudad como fuera de ella, de las tradiciones y costumbres más significativas que los conforman.

-       Actividades que conlleven trasladar los resultados de un diálogo intercultural a la ciudadanía, rompiendo estereotipos y prejuicios, resaltando lo transcultural.

-       Actividades que promuevan la conservación y el enriquecimiento del Patrimonio Cultural Inmaterial desde la perspectiva específica de la diversidad cultural que convive en la Ciudad de Melilla, con espacial atención a las catalogadas por la UNESCO y en general en atención al cumplimiento de la Ley 10/2015, de 26 de mayo de Salvaguarda del Patrimonio Cultural Inmaterial.

 

CONCURRENCIA COMPETITIVA:

La concesión de las subvenciones se efectuarán mediante régimen de concurrencia competitiva.

 

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REQUISITOS DE LOS SOLICITANTES:

§   Podrán solicitar las subvenciones o ayudas económicas reguladas en la Base Primera de las que rigen la convocatoria de subvenciones (BOME núm. 5888 de 20/08/2021)

 

-       Asociaciones que carezcan de ánimo de lucro, con domicilio fiscal en Melilla.

-       Asociaciones que hayan sido constituidas antes del 01 de enero de 2021 y que hayan mantenido su actividad como mínimo hasta el 31 de diciembre 2021.

-       Asociaciones culturales, juveniles, sociales y educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades relacionadas con las distintas culturas que integran el patrimonio de la Ciudad en cualquiera de sus manifestaciones.

 

No podrán solicitar las subvenciones de la presente convocatoria aquellas Asociaciones y Entidades cuyos proyectos han sido subvencionados en cantidad que sobrepase el 50 % del total de las actividades programadas por cualquier otra Administración o Entidad particular o sean objeto de alguna otra convocatoria de subvenciones o le haya sido concedida una ayuda económica concreta por la misma.

 

Tampoco podrán ser beneficiarios de las subvenciones de la presente convocatoria, quien haya sido beneficiario, durante el año 2022, mediante concesión directa, de cualquier subvención en materia de cultura, mediante convenio o cualquier otro instrumento.

 

Quedan expresamente excluidas de la presente convocatoria las Asociaciones de Vecinos y las Federaciones de esta índole.

 

ÓRGANOS COMPETENTES:

El Órgano competente para la instrucción del procedimiento de concesión de las subvenciones corresponderá al Secretario Técnico de la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad, que realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe formularse la propuesta de resolución.

 

La propuesta de concesión se formulará al órgano concedente, que será la Consejera de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad, por el órgano colegiado (que estará formado por el Director General de Relaciones Interculturales y dos empleados públicos de la misma) a través del órgano instructor. Una vez examinado el expediente, se resolverá mediante Orden de la Consejera de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad. Contra la citada resolución, cabría interponer recurso de alzada dirigida al Presidente de la Ciudad Autónoma de Melilla.

 

SOLICITUD DE CONCESIÓN:

De conformidad con el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las solicitudes se formalizarán mediante instancia dirigida a la Excma. Sra. Consejera de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad de la Ciudad Autónoma a través de SEDE ELECTRÓNICA, pudiendo acceder desde www.melilla.es, necesitando para su utilización un certificado digital válido o cl@ve firma (https://firmaelectronica.gob.es/Home/Descargas.html). Pueden utilizar el trámite online “SOLICITUD GENERAL"

 

Dicha Sede cuenta con un servicio de ayuda y asesoramiento mediante correo electrónico soportesede@melilla.es o el teléfono 952976261 y dispone además de una plataforma de ayuda a la que podrá acceder desde https://tramitamelilla.es Este acceso aporta el soporte necesario para prestar asistencia técnica en la utilización de las herramientas y procedimientos para tramitación electrónica relacionados con la Ciudad Autónoma de Melilla.

 

Las solicitudes deberán ajustarse al modelo que aparece en el Anexo I de estas Bases, debiendo presentar junto a la expresada instancia la documentación que se indica.

 

En la presente convocatoria no se prevé reformulación de solicitudes.

 

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES:

Treinta días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente resolución.

 

REQUISITOS ESPECÍFICOS DE LA DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR LOS SOLICITANTES:

Los establecidos en los Anexos I a III de la presente resolución.

 

SUBSANACIÓN DE LAS SOLICITUDES:

De conformidad con el artículo 12.3 del Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME nº 4213 de viernes 02 de agosto de 2005), si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la norma de convocatoria, el instructor requerirá al interesado para que subsane en el plazo máximo e improrrogable de diez días, indicándole que si no lo hiciese se le tendrá por desistido de su solicitud.

 

 

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PLAZO DE RESOLUCIÓN Y NOTIFICACIÓN:

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento no podrá exceder de seis meses y se computará a partir de la publicación de la presente convocatoria. Las resoluciones se publicarán a su vez en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla y en los términos previstos en los artículos 42 y 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

ÁMBITO TEMPORAL DE LOS GASTOS SUBVENCIONABLES:

Desde el 01 de enero hasta el 31 de diciembre de 2022.

 

CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS SOLICITUDES:

Serán criterios para la valoración de las solicitudes y que se tendrán en cuenta para la adjudicación de las ayudas económicas, los siguientes:

 

a)     Grado de adecuación del proyecto a las prioridades establecidas en la base 1 de la presente convocatoria (hasta un máximo de 80 puntos)

b)     El nivel de participación y trascendencia que alcancen las actividades previstas (hasta 10 puntos).

c)     Las actividades programadas que tuvieren una continuidad en el tiempo, respecto de las sean meramente ocasionales (hasta 5 puntos).

d)     La trayectoria del solicitante en cuanto a las actividades ya desarrolladas en la materia cultural para la que se solicita la ayuda (hasta 5 puntos).

 

El criterio especificado en la letra a), referente a la adecuación del proyecto a las prioridades establecidas en la Base Primera, se graduará atendiendo a lo siguiente:

 

-       En materia de música, teatro, cinematografía y difusión del conocimiento del patrimonio cultural y artístico, tendrán prioridad aquellas actividades que impliquen la celebración de conciertos y exposiciones, exhibición al público de obras teatrales o cinematográficas sobre otro tipo de actividades y proyectos relacionados con las respectivas materias.

-       En el ámbito de la promoción del libro y la creatividad literaria, se priorizará el fomento de los hábitos de lectura en el sector infantil y juvenil.

-       En materia de artes plásticas u otras formas de expresión artística, se considerará prioritaria la exposición de estas expresiones en forma de concursos, certámenes o exposiciones.

 

Valoradas las solicitudes, se otorgará la puntuación aplicando los criterios más arriba descritos. Esta puntuación será el porcentaje a aplicar sobre la valoración del proyecto o la actividad. Si la suma de las cantidades a asignar excediere la cuantía vinculadas a las subvenciones, se aplicará la siguiente fórmula:

 

Q’ = 60.000 · q / Q

 

Donde Q’ es la cantidad a conceder a cada asociación, q es la cantidad resultante de aplicar los criterios de valoración al proyecto o actividad a subvencionar y Q es la suma de las puntuaciones resultantes de todos los proyectos que se consideren subvencionables.

 

CONTRATACIÓN DE PERSONAL:

Se recuerda en materia de contratación de personal por parte de la posible entidad subvencionada, la obligación de cumplir con lo dispuesto en el artículo 29.7 d) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como lo recogido en el artículo 68.2 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el se aprueba el Reglamento de la citada Ley 38/2003.

 

Artículo 29.7 d) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones:

 

“7. En ningún caso podrá concertarse por el beneficiario la ejecución total o parcial de las actividades subvencionadas con:

 

d) Personas o entidades vinculadas con el beneficiario, salvo que concurran las siguientes circunstancias:

 

1.ª Que la contratación se realice de acuerdo con las condiciones normales de mercado.

2.ª Que se obtenga la previa autorización del órgano concedente en los términos que se fijen en las bases reguladoras.

 

Artículo 68.2 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones:

 

“2. A efectos de lo dispuesto en el artículo 29.7.d) de la Ley General de Subvenciones, se considerará que existe vinculación con aquellas personas físicas o jurídicas o agrupaciones sin personalidad en las que concurra alguna de las siguientes circunstancias:

 

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a)            Personas físicas unidas por relación conyugal o personas ligadas con análoga relación de afectividad, parentesco de consanguinidad hasta el cuarto grado o de afinidad hasta el segundo.

b)            Las personas físicas y jurídicas que tengan una relación laboral retribuida mediante pagos periódicos.

c)             Ser miembros asociados del beneficiario a que se refiere el apartado 2 y miembros o partícipes de las entidades sin personalidad jurídica a que se refiere el apartado 3 del artículo 11 de la Ley General de Subvenciones.

d)            Una sociedad y sus socios mayoritarios o sus consejeros o administradores, así  como los cónyuges o personas ligadas con análoga relación de afectividad y familiares hasta el cuarto grado de consanguinidad o de afinidad hasta el segundo.

e)            Las sociedades que, de acuerdo con el artículo 4 de la Ley 24/1988, de 28 de julio,  reguladora del Mercado de Valores, reúnan las circunstancias requeridas para formar parte del mismo grupo.

f)              Las personas jurídicas o agrupaciones sin personalidad y sus representantes legales, patronos o quienes ejerzan su administración, así como los cónyuges o personas ligadas con análoga relación de afectividad y familiares hasta el cuarto grado de consanguinidad o de afinidad hasta el segundo.

g)            Las personas jurídicas o agrupaciones sin personalidad y las personas físicas, jurídicas o agrupaciones sin personalidad que conforme a normas legales, estatutarias o acuerdos contractuales tengan derecho a participar en más de un 50 por ciento en el beneficio de las primeras.”

 

PLAZO Y FORMA DE JUSTIFICACIÓN:

Se establece como fecha límite para la presentación de la justificación de la subvención el día 31 de enero de 2023 y deberá realizarse mediante la presentación de la Cuenta Justificativa (cuyo modelo aparece en los Anexos V y VI de la presente resolución) a través de SEDE ELECTRÓNICA.

 


 

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ANEXO I

 

SOLICITUD DE SUBVENCIÓN PARA ACTIVIDADES INTERCULTURALES

 

D. _____________________________________________________________________ con D.N.I. nº _____________, en calidad de __________________ representando a la Asociación peticionaria, denominada ___________________________________________________ y con sede social en Melilla y domiciliada a efectos  de notificaciones en ____________________________________________________, código postal __________, C.I.F. nº ______________, teléfono de contacto _______________, e-mail de contacto ______________________________________enterado de la publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla nº _________, de la convocatoria de subvenciones para actividades interculturales, y estando interesado en la obtención de una ayuda económica, con cargo a los créditos que destine a tal fin esa Corporación, le adjunto la siguiente documentación:

 

1.- Memoria explicativa de las actividades que se pretenden llevar a cabo con la ayuda solicitada, detallando el contenido de las actividades así como, en su caso, del correspondiente presupuesto y la adecuación de los gastos efectuados con la finalidad de la concesión de la subvención. Esta memoria deberá contener un presupuesto detallado por actividades y partidas.

 

En la memoria se hará constar la fecha y hora en que se pretende realizar la actuación objeto de la subvención. En caso de no ser posible la determinación de la fecha y hora exacta en el momento de la presentación de la solicitud, dichos datos deberán facilitarse mediante escrito dirigido a la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad, con una antelación mínima de 15 días naturales a la celebración del evento.

 

Si las actividades ya han sido realizadas, por ser la fecha del evento, el desarrollo del programa o la festividad anterior a la fecha de convocatoria de esta subvención, deberá concretarse el día, la hora y el contenido concreto de la actividad.

 

2.- Acreditación, mediante las correspondientes certificaciones, de hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y fiscales ante la Agencia Tributaria y Ciudad Autónoma, así como de las obligaciones frente a la Seguridad Social.

3.- Declaración responsable de no tener deudas ni estar pendiente de justificar subvención alguna otorgada por la Ciudad Autónoma. Declaración formal de no haber percibido subvenciones para las mismas actividades. En el caso de haber solicitado otras subvenciones de órganos o entidades distintas para las mismas actividades, que estén pendientes de otorgar o bien que hayan sido denegadas deberá hacerse constar, especificándose el importe total de la actividad así como la cuantía otorgada. Número de asociados o componentes con que cuenta la Asociación o Entidad a 31 de diciembre de 2021. Declaración responsable en la que se expresa si la actividad para la que se solicita la ayuda es una actividad meramente ocasional o si se ha llevado a cabo en ejercicios anteriores. De ser así, deberá indicar cuándo se llevaron a cabo actividades similares y una valoración sobre el resultado de las mismas. Declaración responsable de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones. (ANEXO II).

 

4.- Representación del que firma (documento societario o certificación): documento en el que conste que el/la Presidente (o similar) actúa como representante legal de la entidad y que está autorizado/a para realizar los trámites necesarios para la concesión de la subvención otorgada por la Ciudad Autónoma, tras acuerdo de la Junta de Gobierno, siendo necesaria la firma del Secretario/a para que así conste.

5.- Fotocopia del DNI del/la Presidente de la entidad.

6.- Estatutos de la entidad compulsados: incluidas las posibles modificaciones.

7.- CIF: documento de la Agencia Tributaria donde comunique el NIF/CIF de la entidad.

8.- Certificado de la Entidad Bancaria: donde se especifique el Código Cuenta Cliente de la entidad solicitante.

 

Por ello,

 

SOLICITA

 

La concesión, previos los trámites pertinentes, de una ayuda económica por importe de ___________________ €, al objeto de poder realizar las actividades arriba indicadas.

 

Melilla, ______ de _________________ de 2.022

Fdo.: __________________________________

 

EXCMA. SRA. CONSEJERA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD.

 


 

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ANEXO II – DECLARACIONES RESPONSABLES

 

D./Dña ........................................................................................................ con DN.I. núm ..........................., en calidad de ....................................., representando a la Asociación peticionaria, denominada

.............................................................................................................................................................................., con C.I.F. núm .................................., y con sede social en Melilla y domiciliada a efectos de notificaciones

en.........................................................................................................................................................................., Código Postal ....................., teléfono de contacto ........................, dirección email ..........................................,

 

DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD QUE:

(marque con una X cuando proceda)

 

La entidad peticionaria no ha percibido subvenciones para las mismas actividades.

El número de asociados o componentes con los que cuenta la entidad a 31 de diciembre de 2021 es de

.............................. socios/as.

Las actividades para las que se solicita la ayuda son meramente ocasionales. En el caso de haberse llevado a cabo en ejercicios anteriores deberá indicar cuándo se llevaron a cabo actividades similares y una valoración del resultado de las mismas.

 

AÑO

ACTIVIDAD/ES

VALORACIÓN

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

La entidad peticionaria no concurre en las prohibiciones a las que se refiere el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

La entidad peticionaria no tiene pendiente de justificar subvención otorgada por la Ciudad Autónoma de Melilla (por cualquier Consejería).

 

Y para que conste y surta sus efectos oportunos en virtud del artículo 69, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

En Melilla, a           de                del año 2022.

Fdo.:

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ANEXO III

 

LOGOTIPO

 

Los logotipos que deberá utilizarse para la difusión de los programas o actividades subvencionados por la Ciudad Autónoma de Melilla para la correspondiente convocatoria serán los siguientes, que deberá reproducirse de acuerdo con las siguientes indicaciones:

 

PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES CULTURALES O FESTIVAS

 

Normas para la reproducción: para la reproducción del logotipo se utilizará la imagen institucional a la que los beneficiarios podrán tener acceso en la Página Web de la Ciudad Autónoma de Melilla.

 

La leyenda “PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES CULTURALES O FESTIVAS” se reproducirá en color negro, fuente “Times New Roman” pudiéndose aplicar sobre fondo blanco o, en su caso, de color y trama según convenga.

 

ANEXO – IV – SUBCONTRATACIÓN

 

DECLARACIÓN DE VINCULACIÓN CON TERCEROS DEL SOLICITANTE (ARTÍCULO 29.7 D) DE LA LEY 38/2003, DE 17 DE NOVIEMBRE, GENERAL DE SUBVENCIONES, DE ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO QUE SEAN BENEFICIARIAS DE SUBVENCIONES OTORGADAS POR LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA DURANTE EL AÑO 20__.

 

Don/Doña                          _______________________________________________                       con               DNI

_____________                                                   con                                              domicilio                                              en

_______________________________________________________ en representación de

______________________________________________________________

(Entidad que solicita subvención) con domicilio en___________________________ __________________________________________________ (domicilio de la Entidad que solicita subvención) con C.I.F. ____________________ (de la Entidad que solicita subvención).

 

DECLARO QUE:

 

 

La entidad beneficiaria no tiene vinculación con las entidades contratadas para la realización de las actividades a que se refiere la memoria técnica, tal y como se definen en el Reglamento de Subvenciones RD 887/2006 (art. 68.2) y en el Reglamento CE 800/2008 art. 3.3

 

O DECLARO QUE:

 

 

La entidad ha contratado, para la realización de las actuaciones para las que se solicita la ayuda, con empresas o entidades vinculadas con el beneficiario:

 

DECLARACIÓN DE VINCULACIÓN CON TERCEROS (ART. 29.7.d DE LA Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones).

 

Persona o entidad                                     Vinculación Importe  contratado ( €)

 

En Melilla a ,    de                   de 2022

( firma )

 

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ANEXO V – CUENTA JUSTIFICATIVA

 

BENEFICIARIO:

(Nombre de la entidad)                                                                         

CIF:

Domicilio Social:

Representante de la entidad

Nombre                                        Primer Apellido                            Segundo Apellido                        DNI/Pasaporte

 

 

 

 

Dirección a efectos de notificación

Tipo de Vía        Nombre de la Vía                                               Número   Esc/Piso  Pta./Letra  Código Postal

 

 

 

 

 

 

Población                                                       Municipio                                                      Provincia o País

 

 

 

Otros medios de Contacto

Teléfono Fijo                               Teléfono Móvil                             Dirección Correo Electrónico               Fax

 

 

 

 

 

Conforme a lo establecido en la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, AUTORIZO a la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad, en relación con la presente solicitud, a que me envíe:

 

Comunicaciones mediante llamadas al teléfono móvil especificado como medio de contacto.

Comunicaciones mediante mensajes a la dirección de correo electrónico especificada como medio de contacto.

 

El abajo firmante, beneficiario de una subvención:

 

EXPONE: Que habiéndole sido concedida por esa Consejería una subvención con el numero de expediente             .                 en su convocatoria del Año 2022 presenta la correspondiente justificación.

 

Por lo que SOLICITA:

 

Que se realice la verificación de la ejecución del proyecto subvencionado conforme a los documentos aportados junto a esta cuenta justificativa.

    

Y para que conste ante la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad a los efectos de la justificación de la subvención concedida, suscribo a presente, en:

 

MELILLA ,a                         de                                    de 2022

 

Fdo:

 

DOCUMENTACIÓN APORTADA

 

Declaración responsable (Anexo VII)

Relación de facturas

Memoria del proyecto subvencionado

Documentos a presentar junto a la Cuenta Justificativa

Otros................................................................................................................................................................................................................. .......

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ANEXO VI -  CUENTA JUSTIFICATIVA - DECLARACION RESPONSABLE

 

NUMERO DE EXPEDIENTE:

 

D./ Dña.                                                                                                 con DNI/NIE/Pasaporte                                como titular, o en representación de la entidad                                                                     con CIF                               

,y domicilio en                                                                                                                                                                 , en relación a la  justificación de la subvención concedida con el número de expediente arriba referenciado:

 

DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD que:

 

1.- El proyecto justificado cuenta con todas las licencias y autorizaciones legalmente establecidas.

2.- La entidad beneficiaria no concurre en las circunstancias a que se refiere el articulo 13, apartado 2, de la Ley 38/2003 , de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

3.- Que no se han producido anulaciones o rectificaciones distintas especificadas en la relación de facturas presentada.

4.- Conoce y acata lo dispuesto en el Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla BOME Nº 4213 del 2 de agosto de 2005. Y lo dispuesto en las bases de la presente ayuda publicadas en el BOME 5888 de viernes 20 de agosto de 2021                                      

 

SE COMPROMETE :

 

A comunicar a la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad, en el momento de presentar la presente justificación, o posteriormente si sobreviniera dicha circunstancia, la modificación de cualquier situación de la entidad, compromiso (Actividad, Inversión, Empleo, etc.)  y/o la existencia de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, durante el periodo de mantenimiento de los compromisos adquiridos.

 

MELILLA, a                          de                                de 2022

Fdo:

 

( A TÍTULO INFORMATIVO )

 

ARTICULO 29 DE Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones:

Subcontratación de las actividades subvencionadas por los beneficiarios.

1.A los efectos de esta Ley, se entiende que un beneficiario subcontrata cuando concierta con terceros la ejecución total o parcial de la actividad que constituye el objeto de la subvención. Queda fuera de este concepto la contratación de aquellos gastos en que tenga que incurrir el beneficiario para la realización por el mismo de la actividad subvencionada.

 

TRATAMIENDO DE LOS DATOS DE CARÁCTER PERSONAL.

 

En cumplimiento de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD), la Ciudad Autónoma de Melilla, informa a los peticionarios de las siguientes consideraciones: Los datos de carácter personal que le solicitamos, quedarán incorporados a un fichero cuya finalidad es el control de las subvenciones concedidas y constancia de datos de las entidades solicitantes para ulteriores actuaciones con la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad. Los campos indicados en los anexos I y II son de cumplimentación obligatoria, siendo imposible realizar la finalidad expresada si no aporta esos datos. Queda igualmente informado de la posibilidad de ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, de sus datos personales en la sede de la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad, sita en el Palacio de la Asamblea, Plaza de España, s/n.

 

Melilla 2 de agosto de 2022,

El Secretario Técnico de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad,

Juan León Jaén Lara