ARTÍCULO Nº 708 (CVE: BOME-A-2022-708) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5988 - viernes, 5 de agosto de 2022 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD
Resolución nº 930 de fecha 2 de agosto de 2022, relativa a convocatoria del Concurso de Camisetas de Feria 2022.
La Excma. Sra. Consejera de
Educación, Cultura, Festejos e Igualdad, mediante Resolución núm. 2022000930 de
fecha 02 de agosto de 2022, ha resuelto lo siguiente:
ÚNICO: La aprobación de la
Convocatoria CONCURSO DE CAMISETAS DE FERIA 2022, que se regirá con arreglo a lo siguiente:
B A S E S
1º.- Podrán participar en
este concurso todos los grupos de personas que lo deseen, formados por un
mínimo de 6 personas y un máximo de 20.
2º.- Para la inscripción en
el concurso, algún miembro del grupo deberá inscribirse en las dependencias de
la Dirección General de Cultura y Festejos (C/ Miguel de Cervantes número 7. En
horario de 09:30 h – 13:30 h de lunes a viernes). Se establece como fecha
límite de recepción de solicitudes el día 31 de agosto de 2022 a las 13:30
horas. Ninguna persona podrá formar parte en más de un grupo.
Los participantes de los
grupos deberán portar el mismo diseño de prenda de vestir (camisetas, camisas,
vestidos, etc.). La composición y la temática serán libres. El diseño puede
estar creado en base a dibujos, imágenes, tipografías, palabras, frases,
números o cualquier otro elemento gráfico y deberá aparecer en algún lugar la
alusión a la FERIA 2022.
Resultarán excluidos del
concurso aquellos grupos que porten diseños de prendas de vestir con imágenes o
textos que puedan resultar hirientes u ofensivos, de contenido sexista o
discriminatorio o que puedan resultar controvertidos.
Los grupos participantes
realizarán una puesta en escena para que el Jurado pueda valorar el diseño de
sus prendas.
3º.- El Concurso se
desarrollará en la Caseta Municipal, situado en el Recinto Ferial, el día 07 de
septiembre, dando comienzo a las 20:00 horas. Los participantes deberán
presentarse el día del concurso con una antelación de al menos 30 minutos para
que se puedan contrastar los datos de las inscripciones y para que el personal
de la Consejería disponga el orden de participación. Aquellos grupos que no se
encuentren al menos con una antelación de 30 minutos resultarán descalificados.
La fecha y lugar de
celebración del concurso, así como la hora en la que se realice, podrá sufrir
variaciones en función a la programación de la Caseta Municipal, circunstancia
que se notificaría a los concursantes con la debida antelación.
4º.- Jurado. El Órgano
Colegiado competente para efectuar la propuesta de concesión de los premios
estará constituido por un Jurado integrado por la Consejera de Educación,
Cultura, Festejos e Igualdad o persona en quien delegue, que actuará como
Presidente, y por un número impar de profesionales o expertos de prestigio en
la rama o disciplina del certamen.
Actuará como Secretario del
Jurado, con voz y sin voto, el Secretario Técnico de la Consejería de
Educación, Cultura, Festejos e Igualdad, u otro funcionario habilitado para dar
fe de las actuaciones.
La designación del Jurado se
efectuará mediante Orden de la Consejera de Educación, Cultura, Festejos e
Igualdad y su composición podrá hacerse pública en el momento de la emisión del
fallo.
6º.- Criterios de
valoración. El jurado valorará con una nota (del 1 al 10), teniendo en cuenta
los siguientes criterios:
-
Diseño de la camiseta.
-
Alusión a las Fiestas Patronales
-
Puesta en escena.
El veredicto del jurado se
comunicará tras la finalización del visionado de camisetas. En caso de empate,
el Jurado valorará de nuevo las propuestas empatadas.
7º.- Fallo. El fallo del Jurado será inapelable y se hará público a través de las redes sociales de la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad durante la celebración de las Fiestas Patronales. El mismo, de
conformidad con la Base 30ª
del apartado II de las Bases Reguladoras de las Subvenciones para el Desarrollo
de Proyectos de Interés General y de Certámenes o Concursos en el ámbito de
actuación de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes (BOME 4460 de
14/12/07), se publicará en el Boletín Oficial de Melilla.
8º.- Se concederán, a juicio
del Jurado, los siguientes premios:
Primer premio: Entradas para
los integrantes del grupo para el concierto que se celebrará con motivo del Día
de Melilla (a mediados de septiembre).
Segundo y Tercer premio:
Entradas para los integrantes del grupo para alguno de los conciertos que se
celebrarán durante las Fiestas Patronales. Pudiendo elegir el concierto que
prefieran.
9º.- Los premios podrán ser
declarados desiertos si no reúnen una calidad mínima según el jurado.
10º.- Para cualquier
información adicional del presente CONCURSO, el teléfono de contacto es
95.269.91.93.
11º.- El área de Festejos y
el Jurado se reservan el derecho de adoptar cualquier iniciativa que, sin estar
regulada en las presentes bases, contribuya al mayor éxito del Concurso sin que
contra sus decisiones pueda formularse reclamación alguna.
12º.- La convocatoria del
presente concurso se regirá por las BASES REGULADORAS DE LAS SUBVENCIONES PARA
EL DESARROLLO DE PROYECTOS DE INTERÉS GENERAL Y DE CERTÁMENES O CONCURSOS EN EL
ÁMBITO DE ACTUACIÓN DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN U COLECTIVOS SOCIALES (BOME
núm. 4460, de 14 de diciembre de 2007). La inscripción en esta edición del
concurso implica la total aceptación por sus participantes de las presentes
bases y convocatoria, así como la resolución por la organización de cualquier
problema no recogido en éstas.
Estando la presente
convocatoria destinada a una pluralidad indeterminada de personas que pudieran
estar interesadas en concurrir a la misma, se ordena su publicación, en
aplicación del art. 45, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento
Administrativos Común de las Administraciones Públicas.
La presente Orden no aborta
la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recursos de alzada
en el plazo de un mes, a computar al día siguiente de su publicación, ante el
Presidente de la Ciudad Autónoma de Melilla, como Órgano Competente para
resolverlos o ante esta Consejera, que deberá elevarlo con su informe a la
Presidencia, de acuerdo con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, de Procedimiento Administrativos Común de las Administraciones
Públicas y artículo quinto del Reglamento de Organización Administrativa de la
Ciudad Autónoma de Melilla (BOME extraordinario nº 13 de 7 de mayo de 1999).
Melilla 3 de agosto de 2022,
El Secretario Técnico de Educación, Cultura,
Festejos e Igualdad,
Juan León Jaén Lara