ARTÍCULO Nº 710 (CVE: BOME-A-2022-710) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5988 - viernes, 5 de agosto de 2022 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD
Resolución nº 923 de fecha 29 de julio de 2022, relativa a convocatoria del Concurso Mejor Rinconcito de Feria 2022.
La Excma. Sra. Consejera de
Educación, Cultura, Festejos e Igualdad, mediante Resolución núm. 2022000923 de
fecha 29 de julio de 2022, ha resuelto lo siguiente:
ÚNICO: La aprobación de la
Convocatoria CONCURSO MEJOR RINCONCITO DE FERIA 2022, que se regirá con arreglo
a lo siguiente:
B
A S E S
La Ciudad Autónoma de
Melilla, a través del área de Festejos de la Consejería de Educación, Cultura,
Festejos e Igualdad, convoca el concurso mejor Rinconcito de Feria, con arreglo
a las siguientes
BASES DEL CONCURSO
1º.- Podrán participar en
este concurso todos las casetas instaladas en el Recinto Ferial.
2º.- La temática será libre.
Se deberá decorar con elementos decorativos que hagan referencia a la Feria y
su ambiente. (Ejemplo: farolillos, macetas, mantones, etc). La terraza y/o
local deberá estar adornado para disfrute de los ciudadanos mínimo desde el 03
al 11 de septiembre, ambos inclusive.
3º.- Se podrán utilizar
cualquier material para su confección (madera, pintura, papel, lonas, etc). La
inscripción se podrá realizar a través del correo electrónico certamenescultura@melilla.es.
En el email deberá constar el nombre completo del responsable de la caseta, DNI
del participante y nombre de la Caseta. Una vez recibido el correo electrónico,
se enviará un acuse de recibo que confirme la participación en el concurso.
4º.- El plazo para la
inscripción comenzará en el momento de la publicación en el BOME de la presente
convocatoria y finalizará el día 31 de agosto a las 13:30 horas.
5º.- Jurado. El Órgano
Colegiado competente para efectuar la propuesta de concesión de los premios
estará constituido por un Jurado integrado por la Consejera de Educación,
Cultura, Festejos e Igualdad o persona en quien delegue, que actuará como
Presidente, y por un número impar de profesionales o expertos de prestigio en
la rama o disciplina del certamen.
Actuará como Secretario del
Jurado, con voz y sin voto, el Secretario Técnico de la Consejería de
Educación, Cultura, Festejos e Igualdad, u otro funcionario habilitado para dar
fe de las actuaciones.
La designación del Jurado se
efectuará mediante Orden de la Consejera de Educación, Cultura, Festejos e
Igualdad y su composición podrá hacerse pública en el momento de la emisión del
fallo.
6º.- La visita del jurado se
producirá durante la celebración de las Fiestas Patronales previo aviso a las
casetas participantes.
7º.- Criterios de
valoración. El Jurado puntuará a los candidatos en función a la decoración,
ingenio, innovación, colorido, ambiente y estética en relación con la temática
del concurso.
8º.- Fallo. El fallo del
Jurado será inapelable y se hará público a través de las redes sociales de la
Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad durante la celebración de
las Fiestas Patronales. El mismo, de conformidad con la Base 30ª del apartado
II de las Bases Reguladoras de las Subvenciones para el Desarrollo de Proyectos
de Interés General y de Certámenes o Concursos en el ámbito de actuación de la
Consejería de Educación, Juventud y Deportes (BOME 4460 de 14/12/07), se
publicará en el Boletín Oficial de Melilla.
9º.- Se concederán, a juicio
del Jurado, los siguientes premios:
1
premio 900 €
2
premio 800 €
3
premio 700 €
El personal de la
Consejería, contactará con los ganadores a fin de que proporcionen una copia
del documento de identidad y un certificado de titularidad bancaria donde
aparezca como titular.
Al importe de dichos premios
se les aplicará las retenciones previstas en la vigente legislación.
10º.- Los premios podrán ser
declarados desiertos si no reúnen una calidad mínima según el jurado.
11º.- Para cualquier
información adicional del presente CONCURSO, el teléfono de contacto es
95.269.92.90.
12º.- El área de Festejos y
el Jurado se reservan el derecho de adoptar cualquier iniciativa que, sin estar
regulada en las presentes bases, contribuya al mayor éxito del Concurso sin que
contra sus decisiones pueda formularse reclamación alguna.
13º.- La convocatoria del
presente concurso se regirá por las BASES REGULADORAS DE LAS SUBVENCIONES PARA
EL DESARROLLO DE PROYECTOS DE INTERÉS GENERAL Y DE CERTÁMENES O CONCURSOS EN EL
ÁMBITO DE ACTUACIÓN DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN U COLECTIVOS SOCIALES (BOME
núm. 4460, de 14 de diciembre de 2007). La inscripción en esta edición del
concurso implica la total aceptación por sus participantes de las presentes
bases y convocatoria, así como la resolución por la organización de cualquier
problema no recogido en éstas.
Estando la presente
convocatoria destinada a una pluralidad indeterminada de personas que pudieran
estar interesadas en concurrir a la misma, se ordena su publicación, en
aplicación del art. 45, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento
Administrativos Común de las Administraciones Públicas.
La presente Orden no aborta
la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recursos de alzada
en el plazo de un mes, a computar al día siguiente de su publicación, ante el
Presidente de la Ciudad Autónoma de Melilla, como Órgano Competente para
resolverlos o ante esta Consejera, que deberá elevarlo con su informe a la
Presidencia, de acuerdo con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, de Procedimiento Administrativos Común de las Administraciones
Públicas y artículo quinto del Reglamento de Organización Administrativa de la
Ciudad Autónoma de Melilla (BOME extraordinario nº 13 de 7 de mayo de 1999).
Melilla 1 de agosto de 2022,
El Secretario Técnico de Educación, Cultura,
Festejos e Igualdad,